Obligada a trabajar pese a su ceguera legal: una sentencia revoca la incapacidad permanente de una mujer de Sevilla
La vida de Carmen Calderón (Sevilla, 1964) cambió en apenas dos segundos. El mismo tiempo en el que el desinfectante utilizado por el cirujano para la operación de ojos tardó en deslizarse fuera de la piel y caer en el interior de sus globos oculares. La intervención, sencilla y rápida, terminó con la quemadura de sus córneas en 2020 y, desde entonces, la pérdida de visión es imparable. Tras cinco años y un dictamen a favor, tendrá que recurrir la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía para lograr la incapacidad permanente absoluta.
“Trabajaba en la banca, conducía, era muy independiente, tenía vida social, me arreglaba, me ponía tacones... A partir de ese momento, mi vida cambió, pasé a ser dependiente y la visión cada vez la tengo peor, pero mi lucha ahora es con la Seguridad Social”, relata en diálogo con SevillaelDiario.es. Se mantiene entera, y detalla los hechos uno por uno desde su hogar, en Chiclana, acompañada por su familia y la perra guía que han educado para que la ayude en su día a día.
La operación quirúrgica en la zona de los ojos a la que se sometió el 16 de noviembre de 2020 tuvo unos resultados trágicos. En aquel entonces, demandaron a la clínica y al especialista responsable por la negligencia y, pese a que reconocían en conversaciones privadas con la paciente lo ocurrido, no lograron hasta el año pasado recibir una indemnización. “Me dieron 40.000 euros después de haberme destrozado la vida”, aunque se estima que los gastos podrían haber superado los 200.000 euros, “pero estaba agotada de pelear y pensé, hasta aquí”.
Reducción de la visión
Cuatro años para reconocer el fallo médico, mientras la visión se reducía paulatinamente. Veía borrones, siluetas desfiguradas, colores, fogonazos de luz, tropezaba, y tuvo varias caídas y lesiones a raíz de los impedimentos en movilidad. Tal y como muestra un informe oftalmológico al que ha tenido acceso este periódico, el 7 de enero de 2025 presentaba una agudeza visual (AV), sin corrección, del 0,05 en el ojo derecho y del 0,1 en el ojo izquierdo, así que, según la Escala Wecker, tendría una incapacidad permanente absoluta que la eximiría de trabajar.
En términos técnicos, Calderón tiene un leucoma corneal cicatricial central en el ojo derecho y otro central y paracentral en el izquierdo, es decir, tiene dañado el tejido que cubre el iris y la pupila de forma irremediable y definitiva. Además, se notifica que sufre una “fotofobia insoportable” que la hace extremadamente sensible a la luz, por lo que se recomienda no conducir ni realizar esfuerzos visuales, entre ellos, uso de ordenador o trabajo de oficina.
El documento añade: “Debería solicitar minusvalía”. Una sentencia para la que Calderón casi no tiene palabras. La paciente lleva en esta batalla un lustro, pero no logra el reconocimiento por parte de la Seguridad Social. Tras el incidente, estuvo dos años de baja laboral y, tras este período, le dieron el alta porque se consideraba que su patología no llegaba al grado de incapacidad permanente. Tomó sus vacaciones e, inmediatamente después, solicitó una segunda baja por enfermedad secundaria asociada a la afectación de sus ojos: un trastorno ansioso-depresivo.
Tras cuatro años de baja, el Instituto Nacional de la Seguridad Social decide aprobar su alta, y se reincorpora a su puesto de trabajo en el BBVA en septiembre de 2024. “Mis compañeros y mi jefe fueron muy empáticos”, asiente, “tengo un trabajo de nueve a seis de la tarde, metida en un edificio muy grande con luces y ordenadores, y lo que hacía era estar sentada en una silla, con una gorra y unas gafas de sol, bajo un paraguas, sintiéndome fatal, tanto físicamente por lo perjudicial del entorno y anímica y mentalmente, porque tienes la autoestima por los suelos”, recuerda con un hilo de voz. “Te sientes inútil, porque no puedes valerte por ti misma ni ayudar a tus compañeros...”, motivo por el que decidió pedir un mes de permiso sin sueldo. Huyó de aquel encierro que solo la hundía más.
A juicio contra la Seguridad Social
Cumplido el plazo legal, volvió a pedir una nueva baja laboral tras seis meses y le ofrecieron la única solución terapéutica: un trasplante de córnea. “Es un tratamiento agresivo y conlleva posibilidades de rechazo, se te hace en un ojo y, tras año y medio, en el otro, así que estás tres años esperando a que todo salga bien, por lo que es una opción que hemos decidido postergar hasta que no quede más remedio”, mantiene. Calderón, sin nada más que perseguir salvo la estabilidad para lograr una mejoría de la salud, fue a juicio contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el 4 de febrero de 2025.
“Mi abogado expone todos los hechos y los informes de estos años, llevamos un perito médico y el juez lo resolvió en una semana”, indica. El Juzgado de lo Social nº 1 de Sevilla sentencia el 10 de febrero que la demandante tiene una incapacidad permanente y un grado de incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio. Quedaba liberada. Parecía que, por fin, se había logrado terminar con la batalla legal, pero, en los cinco días hábiles que contempla la ley, el INSS decidió apelar el fallo ante el TSJA.
El informe médico pericial, que ha podido consultar esta cabecera, recoge hasta 30 expedientes en los que se detalla en el periodo comprendido entre 2020 y 2025 todos los padeceres a los que se ha visto abocada Calderón. El desinfectante que originó este rosario de problemas provocó hasta diez males numerados en el documento: úlcera corneal, queratitis punctata, blefaritis anterior seborreica, úlcera epilial y haze estromal, fibrosis corneal bilateral, disfunción de la glándula de Meibonio y síndrome de ojo seco, así como una catarata corticonuclear bilateral, un leucoma cicatricial central y paracetral bilateral, y un síndrome ansioso-depresivo.
Ceguera legal
“La situación óptica de Carmen Calderón Cid se clasifica dentro de visión gravemente disminuida (ceguera legal). La orientación y la movilidad son adecuadas, pero se presenta dificultad en distinguir signos de tráfico, números del autobús, etc. La lectura también se hace muy difícil”, recoge el peritaje médico en sus conclusiones. Por tanto, se recomienda la incapacidad permanente y absoluta a la examinada, debido a los “requerimientos físicos, biomecánicos y carga mental” que exige su puesto de trabajo.
Pese a la larga lista de pruebas, el INSS recurrió el fallo en base a dos cuestiones: un implante intraocular al que se sometió la afectada en febrero de 2022 con el que consiguió una agudeza visual del 0,9 y, así, registrando una menor valoración en la Escala de Wecker. Se ignoraba así los informes más recientes en los que se detalla que, en la actualidad, posee una AV del 0,1 y el 0,05, en cada ojo. El segundo argumento es que este incremento de la visión supuso ser “dada de alta como trabajadora del BBVA desde el 9 de julio de 2024”, omitiendo que era una reincorporación al alcanzar el límite legal de la baja laboral.
Con todo, el TSJA falló el 16 de octubre que se revocaba la anterior sentencia, absolviendo al INSS y a la Tesorería General de la Seguridad Social a todos los efectos. “Hemos presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, pero si lo admitieran, serían de dos a tres años para lograr un fallo... Todo ese tiempo, con una sensación de incertidumbre. Ahora mi prioridad no es preocuparme de mi enfermedad, sino de ver si me dan el alta; no entiendo a la Justicia”, lamenta. En un túnel cada vez más estrecho, “llevo sin salir días y días”, ahora queda lo más arduo: la espera.
A preguntas de este medio, el INSS solo ha determinado que acatarán “todas las resoluciones judiciales”. Por su parte, Calderón se pregunta por qué no se aceptó la primera sentencia, “tras 35 años cotizados contribuyendo a la financiación de las pensiones, se me niega una prestación” y, con ello, concluye que “quitan la poca paz y dignidad que queda con y contra una enfermedad grave y degenerativa”.
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