Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Feijóo se alinea con la ultra Meloni y su discurso de la inmigración como problema
Israel anuncia una “nueva fase” de la guerra en Líbano y crece el temor a una escalada
Opinión - Junts, el bolsillo y la patria. Por Neus Tomàs
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia Europa Press

Esta información es un teletipo de la Agencia Europa Press y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

El Gobierno de Cantabria deberá subvencionar la contratación de una desempleada por el Ayuntamiento de Castro

EUROPA PRESS

SANTANDER —

El Ejecutivo regional acordó retirar la subvención concedida para una trabajadora porque el Consistorio castreño había contratado a la misma persona en dos ocasiones bajo la misma convocatoria de subvenciones.

Estas ayudas se destinan a las corporaciones locales de Cantabria para la contratación de personas desempleadas en la realización de obras y servicios de interés general y social, subvenciones que están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

Según la orden que las regula, las personas seleccionadas --que deben estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo-- son contratadas para un único periodo de seis meses, por lo que no se puede contratar a quienes ya han disfrutado de un contrato de hasta seis meses en virtud de esta convocatoria.

CONTRATO RESUELTO

El motivo por el que el Gobierno de Cantabria decidió revocar la subvención al Ayuntamiento de Castro Urdiales es que la trabajadora fue contratada dos veces.

El 14 de febrero de 2015 lo hizo por primera vez, cuando la mujer no estaba inscrita como demandante de empleo el día anterior a la contratación, tal y como exigía la orden. Al constatar tal circunstancia, el consistorio resolvió el contrato el 16 de febrero.

Posteriormente, tras no poder cubrir la plaza por renuncia de los restantes aprobados, el Ayuntamiento convocó de nuevo la plaza y resultó adjudicada a la misma persona, a la que se contrató el 6 de marzo de 2015, previa comprobación del cumplimiento del requisito de inscripción como demandante de empleo.

REVOCAR LA SUBVENCIÓN RESULTA DESPROPORCIONADO

En una sentencia notificada recientemente, la Sala señala que lo relevante en este asunto es saber si la actuación del Ayuntamiento “frustra el sentido y la finalidad del límite de una única contratación a la misma persona”.

Entiende el tribunal que el objetivo de la subvención es promover la contratación de personas desempleadas y que con el límite de que sólo se puede contratar a una persona una única vez “se trata de impedir que una sola persona desempleada se beneficie de esa posibilidad de empleo, de promover, en definitiva, la igualdad de posibilidades”.

Es así como explica la Sala que debe interpretarse la orden, “evitando entendimientos formalistas que conduzcan a una negación desproporcionada de la subvención, desconectada de dicho fin”.

“En este caso, la Sala entiende que la revocación de la subvención desborda el cauce de la proporcionalidad”, señala la sentencia.

Y describe dos datos “relevantes”, como que el primer contrato duró tres días --sábado, domingo, y lunes--, “lo cual no es en absoluto baladí, pues es fácil convenir que en tal brevedad temporal impide afirmar que la trabajadora se benefició de la contratación a efectos de encontrar empleo”.

Y junto a ello, que la trabajadora no fue contratada de nuevo “de forma automática”, lo que “denota que no hubo preterición de otras personas desempleadas ni se hurtó a nadie la posibilidad de acceso al empleo”.

Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Etiquetas
stats