Condenado el expresidente de la Comarca Campo de Cariñena a nueve años de inhabilitación por prevaricación
La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a José Luis Ansón Gómez, expresidente de la Comarca Campo de Cariñena, como autor de un delito de prevaricación. La sentencia le impone una pena de nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público.
Los hechos se remontan a 2021, cuando Ansón, en su condición de presidente comarcal, acordó la suspensión provisional de un funcionario de la administración local durante la tramitación de un procedimiento penal en el que este estaba implicado. Según el tribunal, el acusado actuó sin tener competencia para adoptar esa medida, que correspondía exclusivamente al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
En su resolución, la Sección Primera de la Audiencia sostiene que “concurren plenamente todos los elementos del delito de prevaricación”, y que Ansón actuó “con pleno conocimiento de que carecía manifiestamente de competencia para adoptar el acuerdo” y con el propósito de impedir que el funcionario se reincorporara a su puesto. Esa situación se prolongó hasta noviembre de 2021, cuando una resolución judicial anuló la suspensión y permitió su retorno.
Los magistrados rechazan los argumentos exculpatorios del acusado, que alegó desconocimiento jurídico y falta de formación universitaria. “El hecho de no tener una formación jurídica especializada no puede convertirse en una patente de corso para que quien ejerce una responsabilidad pública pueda dictar resoluciones injustas sustentándose únicamente en tal desconocimiento”, recoge la sentencia.
El tribunal subraya además que Ansón había sido advertido por las administraciones estatal y autonómica de que carecía de competencia para suspender al funcionario y que incluso contaba con informes jurídicos que no avalaban expresamente su actuación. “Pese a ello, adoptó el acuerdo totalmente ilegal por manifiesta falta de competencia”, señala el fallo.
Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de diez días.
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