El exministro Álvarez Cascos no volverá a ser juzgado por desvío de fondos de Foro Asturias a gastos personales
El exministro y expresidente del Principado de Asturias Francisco Álvarez Cascos no tendrá que volver a sentarse en el banquillo de la Audiencia Provincial de Asturias por la querella que le interpuso Foro Asturias por un delito continuado de apropiación indebida del que fue absuelto. La Fiscalía y Foro Asturias le acusaron del desvío de fondos del partido regionalista -que él mismo fundó en 2011 tras abandonar tres décadas de militancia en el PP- para gastos personales suyos y de su entorno, unas imputaciones de las que fue absuelto.
La sentencia absolutoria ha sido ratificada ahora por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) que entiende que la resolución fue “correcta” en su motivación y derivó en el descarte de “cualquier actividad delictiva imputada”.
Los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal aseguran en la sentencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es Asturias, que Álvarez Cascos fue absuelto sobre la base de que “no han resultado suficientemente acreditados, con la necesaria certeza que debe presidir todo fallo penal condenatorio los delitos cuya comisión se atribuye”.
La argumentación del tribunal
Un resultado absolutorio al que llegó el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Oviedo, tras analizar “pormenorizadamente” las pruebas practicadas, unidas a las declaraciones testificales y el soporte documental.
Además, el TSJA suma a estas circunstancias los argumentos que aportó la Audiencia para sostener este fallo absolutorio que, en su opinión, fueron “más que razonables, lógicos y ajustados a las máximas de experiencia”, señala la sentencia.
El acuerdo para no perder estatus
A través de 32 páginas, la Sala de lo Civil y Penal va descartando una a una todas las alegaciones presentadas por la Fiscalía en su recurso de apelación y al que se adhirió la acusación particular ejercitada por el abogado Luis Llanes en representación de Foro Asturias. Las acusaciones mantenían que el expolítico tuvo “una conducta delictiva, con ánimo de lucrarse y descapitalizar a Foro Asturias”.
Por el contrario, el TSJA incide en que Álvarez Cascos llegó a un acuerdo con dirigentes de Foro Asturias cuando le propusieron que se incorporara a este partido para presentarse a las elecciones autonómicas, por el que aceptaba su oferta a cambio de que “no experimentase pérdida de capacidad económica respecto a su estatus previo a retomar la actividad política con la adhesión a la formación política en proyecto de constitución”.
Los gastos
Una versión del acusado que, según el TSJA, “es confirmada con claridad por las declaraciones de una serie de testigos destacados en la génesis del partido y que otros testigos que no la refrendan se limitan a decir que no la conocían y precisa que tal versión -añade el fallo- cuenta además con el aval de un dato empírico, que los gastos fueron abonados al acusado conforme a un mecanismo temporalmente dilatado de liquidación y control”.
Unos gastos que el expolítico gijonés pagaba inicialmente de su peculio y que posteriormente presentaba al partido con los tickets y facturas; unos documentos que una vez contabilizados por la organización se unían a una hoja de gastos.
Posteriormente, los apoderados autorizados en las cuentas bancarias aprobaban el reintegro de su importe y estaban a disposición de los integrantes de la Comisión Directiva.
Sin cuestionamiento
El tribunal hace hincapié además en esta sentencia en que las cuentas anuales fueron sucesivamente aprobadas “sin cuestionamiento alguno de las partidas de gastos ahora controvertidas”.
Otra de las cuestiones debatidas por la Sala de lo Civil y Penal se referían al control absoluto que ejercía supuestamente Álvarez Cascos en el partido, según declararon algunos testigos, lo que facilitaría a priori que no tuviera oposición alguna a la hora de desviar presuntamente fondos de Foro Asturias para sus gastos personales. En este tema concreto, el tribunal también entra a fondo.
Los magistrados entienden que “semejante circunstancia carece de sustento privatorio”, ya que Álvarez Cascos no ocultaba los gastos discutidos, que presentaba para su contabilización, revisión y liquidación, “siendo de general conocimiento”.
“No cabe hablar -afirma el TSJA- de ruptura dolorosa del principio de confianza en base al que se entregaba el dinero, ni de ninguna deslealtad o incumplimiento de encargo recibido, que es una característica del delito de apropiación indebida, en cualquiera de sus variantes dinámicas y que distancia también la conducta enjuiciada del tipo de administración desleal”.
Juicios de valor
Todas estas argumentaciones han sido suficientes para que el TSJA desestime íntegramente el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía y al que se adhirió la acusación particular que ejercitó Foro Asturias.
El propio Álvarez Cascos recurrió el fallo absolutorio, a través de su abogado defensor Luis Tuero, para que su nombre no quedara “manchado con insinuaciones o hechos tergiversados” que, según explicó en su día, “se apoyan en relatos basados en juicios de valor contradichos por las evidencias”.
Una desestimación que ha llevado a la Sala de lo Civil y Penal a confirmar la sentencia absolutoria que dictó el tribunal de la Sección Tercera de Oviedo el pasado 4 de febrero y que ha confirmado en todos sus extremos.
Entradas al tenis y una cama
En el turno de última palabra del juicio, Álvarez Cascos no desaprovechó la ocasión e intervino para afirmar que era víctima de una “campaña de alquitrán mediático” sobre su persona.
Las facturas que se dirimieron en este juicio eran de todo tipo: desde comidas y cenas en restaurantes con su familia, viajes a Córdoba o a Madrid para ver a sus hijos, entradas para ellos a ver la Copa Davis, gastos de un procurador en un proceso judicial por un tema personal ajeno a la actividad política, estancias en hoteles, tickets de comida a domicilio, un videojuego, billetes de AVE, una cama completa, una moqueta, tapicería y visillos.
La dedicación a Foro
Para el expolítico, eran unos gastos “normales” como compensación a su dedicación a la actividad política que desarrollaba, según su versión, las 24 horas del día al servicio del partido y de Asturias.
“Tuve plena dedicación a Foro Asturias y nula voluntad de enriquecimiento. En todos los gastos que pagó el partido no hay ni uno solo suntuario ni que salga fuera de lugar”, llegó a decir; una argumentación que ha convencido primero a la Audiencia Provincial y ahora al TSJA, que ha ratificado la sentencia absolutoria.
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