El PRC propone modificar el PGOU de Santander para limitar las licencias para las salas de juego
El PRC en el Ayuntamiento de Santander ha pedido al equipo de Gobierno (PP-Cs) que estudie una modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para activar una moratoria que conlleve la suspensión del otorgamiento de toda clase de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas a las salas de juego en las áreas en las que las nuevas determinaciones para ellas previstas supongan modificación del régimen urbanístico vigente.
Así lo ha planteado, en un comunicado, el grupo regionalista, que ha explicado que lo que propone es algo “similar” a lo que se está baranjando con las licencias de gasolineras.
El portavoz regionalista, José María Fuentes Pila, ha señalado que, a pesar de que las comunidades autónomas tiene competencia exclusiva en materia de juego, ayuntamientos como Zaragoza, Sevilla, Cádiz o Burgos han tramitado, o lo están haciendo, modificaciones de sus PGOU para la regulación de la implantación de establecimientos de juego.
Para el regionalista, el Ayuntamiento de Santander esta modificación podría frenar la actividad del juego a través de la vía urbanística, introduciendo restricciones a través del planeamiento “cuando existan razones imperiosas de interés general como orden público, seguridad pública y salud pública, mantenimiento del orden en la sociedad, objetivos de política social, protección de los destinatarios de los servicios, protección del consumidor y protección de los trabajadores, incluida su protección social.
“El Ayuntamiento, pues, tiene competencia para introducir limitaciones urbanísticas a la implantación de locales de juego en las inmediaciones de espacios frecuentados por la infancia, la adolescencia y la juventud, como los centros educativos, culturales, deportivos o juveniles”, ha defendido.
En este sentido, ha añadido la posibilidad de incluir en el PGOU que los establecimientos de juego solamente se puedan situar en las zonas de uso global residencial y de equipamiento si están a cierta distancia de los accesos de entrada o salida a las parcelas destinadas a usos de equipamiento escolar, deportivo o sociocultural, o crear una nueva categoría específica para conceder licencia a estos establecimientos de juego para separarla de otras actividades de naturaleza diferente y que no puedan situarse en ninguna zona residencial.
Fuentes Pila considera que dicha modificación urbanística supondría un régimen más restrictivo y se sumaría al régimen de distancias fijado en la Ley de Juego, que tiene el carácter de distancia mínima.
Además, ha señalado que a ello se suma que los artículos 8 y 14 de la Ley de Espectáculos posibilitan que los municipios puedan establecer otros límites, condiciones o requisitos específicos para aquellos establecimientos que puedan suponer una incidencia en las zonas residenciales o en la seguridad y salud de las personas afectadas.
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