La Junta de Castilla y León defiende que actuó conforme a la ley en la trama eólica y pide no pagar si hay condena
Se acerca el final del juicio de la trama eólica, este martes, en la penúltima sesión la defensa de la Junta de Castilla y León, que figuran como responsable civil en el proceso, ha defendido que la tramitación y autorización de parques eólicos durante los años investigados se ajustó a la legalidad vigente. Es por eso que la letrada ha solicitado que el Ejecutivo autonómico quede al margen de cualquier responsabilidad civil, incluida el supuesto de que el tribunal dicte una sentencia condenatoria contra el exviceconsejero de Economía Rafael Delgado, principal acusado del proceso.
En la lectura de su informe final, la abogada de la Administración autonómica ha explicado que no se vulneró la normativa al concentrar determinadas competencias en la Viceconsejería de Delgado y que, en consecuencia, la Junta no debe responder económicamente por la posible actuación irregular de antiguos altos cargos.
La defensa ha señalado que si finalmente Delgado es condenado, es por haber actuado fuera de sus competencias propias. En ese escenario, la letrada se ha basado la jurisprudencia para explicar que se estaría ante un supuesto de “extralimitaciones notorias”, lo que situaría al alto cargo “al margen de la actividad o servicio asignados” y excluiría cualquier responsabilidad civil subsidiaria del ente público del que dependía. “Fuera de las funciones o competencias propias de su cargo no cabe hacer efectiva la responsabilidad del ente público”, ha remachado.
En este sentido, ha añadido que si la sala considera que la avocación no fue conforme a derecho y vulneró la legalidad vigente, ello implicaría que las autorizaciones de los parques eólicos fueron otorgadas por un órgano que no tenía legalmente atribuida esa función, es decir, fuera de sus competencias, lo que refuerza la exclusión de responsabilidad de la Junta.
La abogada de la Junta ha centrado su defensa en la figura de la avocación aplicada a partir de 2004, mediante la cual se trasladó al entonces viceconsejero de Economía la competencia para autorizar parques eólicos, que hasta ese momento correspondía a los jefes de los servicios territoriales de Industria, Comercio y Turismo, integrados en las delegaciones territoriales de la Junta. La letrada ha indicado que esa competencia no es rígida ni inamovible y que las leyes de procedimiento administrativo prevén mecanismos para su alteración cuando concurren circunstancias que lo justifiquen.
Entre esas circunstancias, algo que también se ha ido relatando durante todo el juicio, ha destacado el volumen “ingente” de solicitudes presentadas entre 2001 y 2004, que alcanzaron las 2.200, y el propio decreto 189/97, que establece como criterio de valoración la aportación de mayores ventajas socioeconómicas tanto para la zona concreta como para el conjunto de la Comunidad Autónoma. Según la defensa, este análisis solo podía realizarse desde un órgano central capaz de ponderar el impacto territorial de los proyectos en todas las provincias y en zonas limítrofes.
La letrada de la Junta señala que avocación era jurídicamente posible
Según ha relatado, en esos años llegó a la Asesoría Jurídica de la Consejería de Economía una consulta facultativa sobre la posibilidad de avocar la competencia para resolver las autorizaciones de explotación de parques eólicos por parte del exviceconsejero Rafael Delgado. La respuesta fue favorable, según ha recordado la letrada, que ha reiterado en que la avocación era jurídicamente posible.
La letrada de la Junta ha defendido que la instrucción 2/2004, dictada por la Dirección General de Energía y Minas y uno de los principales focos de la acusación, no avocó competencias ni alteró el reparto normativo, al carecer de rango suficiente para ello. Se trataba, según la defensa, de una simple orden de servicio que establecía un protocolo de actuación interno para que los nueve servicios territoriales de Industria tramitasen las autorizaciones de manera análoga. “Nada más”, ha apostillado, volviendo a incidir en que no se revocaron competencias ni modificó el decreto vigente.
La defensa de la Junta choca contra la tesis del Ministerio Fiscal por la que se vulneró la normativa autonómica y que las cosas “podían haberse hecho de otra manera”. Ante esto, la letrada ha justificado que no se produjo tal vulneración y que ambos sistemas —el de autorización por avocación y el de los jefes de servicio— convivieron durante el periodo investigado. Incluso, ha matizado que las autorizaciones podrían haberse dictado sin necesidad de la instrucción 2/2004.
La defensa autonómica ha quitado importancia a la instrucción, al considerar que las acusaciones le han atribuido una importancia desproporcionada en el proceso. Según ha explicado, todo el peso de la tramitación de los expedientes recaía en cada servicio territorial, que preparaba la documentación técnica y administrativa. “Todas las autorizaciones concedidas en ese periodo cumplían los requisitos técnicos, ambientales y sectoriales exigidos por la normativa”, ha asegurado.
La abogada del Ejecutivo de Castilla y León también ha negado cualquier responsabilidad civil solidaria con empresas como Ibercyl, EDP Renovables o La Boga y ha señalado de que una eventual condena supondría un doble perjuicio para la Administración autonómica, que no obtuvo beneficio económico alguno de la explotación de los parques eólicos, frente a las mercantiles privadas que sí lograron lucro con su actividad.
En cuanto a las indemnizaciones reclamadas por empresas personadas como acusación particular —IDER, Augusta Wind y Altos del Rasero—, la Junta hizo suyo un informe pericial que concluye que no existe daño indemnizable. Según ese documento, estas sociedades actuaron como meros “promotores tramitadores” y recuperaron sus inversiones mediante la venta de sus participaciones, por lo que no acreditan un perjuicio económico resarcible.
La abogada de Iberdrola señala que la actuación del exdirectivo fue “impecable”
Tras la intervención de la abogada de la Junta, le tocó a la abogada de Iberdrola Renovables, también señalada como posible responsable civil subsidiaria por la actuación de su exdelegado institucional en Castilla y León, Ricardo Bravo, para quien se solicitan seis años de prisión y una multa de 100 millones de euros. La letrada ha calificado de “injusta” la acusación y ha defendido que la actuación del exdirectivo fue “impecable” y plenamente ajustada a la legalidad.
La defensa de Iberdrola ha reconocido la dificultad de obtener una sentencia absolutoria tras más de diez años de procedimiento judicial en los que, a su juicio, se ha instalado el relato de que existió una trama de corrupción. “Lo verdaderamente difícil es una absolución después de tanto tiempo diciendo que aquí hubo gente que se lo llevó”, ha apuntado.
La letrada ha enmarcado la búsqueda de socios locales para el desarrollo de parques eólicos en una política impulsada por la propia Junta de Castilla y León y habitual en otras comunidades autónomas, afirmación que se ha ido repitiendo durante todo el juicio. Según ha explicado, Iberdrola fue una de las primeras eléctricas en apostar por las energías renovables y llegó a asociarse en el sector eólico con más de una veintena de empresas, una práctica extendida en el sector y que no fue exclusiva de la compañía.
Por último, ha rechazado que Ricardo Bravo pueda ser acusado de prevaricación, al tratarse de un directivo privado y no de un cargo público, y ha negado también el delito de cohecho continuado por considerar prescritos los hechos. En consecuencia, ha defendido que Iberdrola no debe responder como responsable civil subsidiaria y ha cuestionado que la compañía siga sentada en el banquillo cuando otras empresas del sector que actuaron de forma similar no han sido enjuiciadas.
También en calidad de responsable civil subsidiario, la defensa de EDP Renovables ha criticado que las reclamaciones carecen de fundamento y no habría legitimidad para reclamar. Además, ha solicitado la imposición de costas a las acusaciones particulares por “actuación temeraria y mala fe”.
Este miércoles la Audiencia Provincial de Valladolid acoge la última sesión del juicio de la trama eólica con la defensa del último informe de conclusiones por parte de La Boga y con el derecho a la última palabra de los once encausados que dispondrán de 10 minutos por cada uno.
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