Una campaña pendiente de la Junta Electoral
En una sala del Congreso de los Diputados, 15 personas se reúnen a puerta cerrada de manera periódica durante la campaña electoral. Entre ellos hay ocho magistrados del Tribunal Supremo y cinco catedráticos propuestos por los partidos. Les acompañan dos personas más, sin derecho a voto: el secretario general de la Cámara Baja y el director de la Oficina del Censo electoral.
Así se configura la reunión de la Junta Electoral Central (JEC), donde se decide qué se puede hacer y qué no durante los días previos a unas elecciones. Su cometido es garantizar la neutralidad para todos los partidos durante el periodo electoral y sus integrantes son prácticamente desconocidos. Sus decisiones, sin embargo, marcan los comicios y generan encendidos debates.
Nadie recuerda unas elecciones en las que este organismo tuviera tanto protagonismo. La existencia de candidatos en la cárcel o fugados de la justicia y la proximidad de dos campañas en menos de un mes ha colocado a la JEC en el centro de todas las miradas. En el último mes ha tomado al menos 147 acuerdos.
El organismo ha dado una de cal y otra de arena en estos 30 días. Ordenó a los Mossos retirar los lazos amarillos de los edificios públicos y prohibió a TV3 y Catalunya Ràdio hablar de “presos políticos” y de “Gobierno en el exilio”. Al mismo tiempo, permitió que Oriol Junqueras y Jordi Sànchez ofrecieran ruedas de prensa desde la cárcel de Soto del Real. Desestimó la petición de PP y Ciudadanos de prohibir las ruedas de prensa posteriores al Consejo de Ministros y, a su vez, amenazó con sancionar a la vicepresidenta Carmen Calvo por el uso partidista de las redes sociales del Gobierno. Después impidió a Vox participar en el debate de Atresmedia y amplió el plazo del voto por correo.
Las decisiones durante la última campaña, adoptadas tras la presentación de sendos recursos (la JEC nunca actúa de oficio) han levantado polvareda en todos los flancos políticos. “Una cosa es no ser una democracia militante, y la otra que seamos una democracia estúpida”, dijo la candidata del PP en Barcelona, Cayetana Álvarez de Toledo, para criticar que se autorizase a los presos catalanes a realizar ruedas de prensa desde Soto del Real. Días antes, el presidente de la Generalitat, Quim Torra, se querelló contra todos los miembros de la JEC por prevaricación por haberle denunciado ante la Fiscalía por desobediencia.
Debate por el caso del expresident
Tras las elecciones generales, la JEC mantiene su protagonismo ante las municipales y europeas del 26 de mayo. El lunes prohibió a Íñigo Errejón y a la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, participar en debates televisados al entender que su plataforma, Más Madrid, no tiene representación en el Ayuntamiento. El nuevo partido de Errejón y Carmena ya ha anunciado que recurrirá la decisión. También ha apartado al sociólogo francés Sami Naïr de las listas al Parlamento Europeo del PSOE por no poder votar en España.
La decisión del lunes que más cola traerá, no obstante, es la de excluir a Carles Puigdemont, Clara Ponsatí y Toni Comín de las listas al Parlamento Europeo. La JEC tomó el acuerdo fuertemente dividida, con el presidente, el vicepresidente y dos vocales más en contra de la decisión. El organismo concedía a la candidatura de JxCAT unas pocas horas para presentar tres nombres alternativos y el partido ha anunciado que recurrirá la decisión.
“Es un acuerdo incorrecto, lesiona derechos fundamentales que todavía no se han suspendido”, opina Xavier Arbós, catedrático de Derecho Constitucional de la Universitat de Barcelona. “Confunde un elemento formal como es la inscripción en el censo con una cuestión de derecho como es ser elector”. Arbós considera que la JEC, además, no tiene potestad para excluir a estos candidatos del censo electoral. “Que estén fugados puede ser un elemento reprobable”, añade el catedrático, “pero la restricción del derecho a voto debe hacerse con un respeto escrupuloso a las normas, no por una especie de represalia disuasiva”.
El hecho de que la JEC sólo actúe tras la presentación de un recurso ha generado situaciones contradictorias. Clara Ponsatí, por ejemplo, no podrá presentarse a las elecciones europeas pero sí figura en la lista de las municipales de la candidatura de Jordi Graupera. Algo parecido sucedió con Lluís Puig. El exconseller de Cultura, también huido a Bruselas, figuraba en las listas de JxCat al Senado para el 28-A sin que nadie pusiera impedimento alguno. En las autonómicas catalanas de 2017 también se presentaron Puigdemont por JxCat y Comín por ERC estando en Bruselas huidos de la justicia.
La jornada de reflexión y el 15-M
El foco sobre la JEC es habitual durante las campañas electorales, pero en algunas contiendas sus decisiones han tenido más incidencia que en otras. En las generales de 2004, marcadas por los atentados del 11-M, la JEC se reunió los dos días que transcurrieron entre los atentados y los comicios, adoptando 37 acuerdos mientras planeaba incluso la posibilidad de suspender las elecciones.
El papel de la JEC también marcó las municipales del 20 de mayo de 2011, celebradas durante la eclosión del movimiento 15-M. En otra decisión que dividió al organismo prohibió las concentraciones durante la jornada de reflexión y el día de los comicios. Catalunya, Valencia, Canarias y Baleares optaron por desoír a la Junta Electoral y permitir las concentraciones, mientras que la Comunidad de Madrid vetó sin éxito la concentración en la Puerta del Sol y consiguió el efecto contrario: ese fin de semana fue el más concurrido en la plaza.
En las municipales y autonómicas que se celebraron en Catalunya en 2015, la JEC ordenó a muchos ayuntamientos retirar las banderas independentistas de los edificios. Algunos consistorios se negaron y tuvieron que pagar multas de hasta 500 euros. El caso que llegó más lejos fue el de la alcaldesa de la CUP en Berga, Montse Venturós, que se negó tanto a retirar la estelada como a comparecer ante los juzgados. Fue condenada a seis meses de inhabilitación y a una multa de 540 euros por un delito de desobediencia.