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La Justicia confirma que sienta en el banquillo a 45 policías del 1-O “si es que el juicio llega a celebrarse”

Agentes se llevan de las puertas de un colegio a una votante del 1-O

Oriol Solé Altimira

Barcelona —

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Un entrecomillado que ha hecho arquear más de una ceja. Así se podría definir la duda que ha puesto la Audiencia de Barcelona a que se celebre el juicio a 45 policías por las cargas del referéndum del 1-O de 2017. Los magistrados han confirmado que hay suficientes indicios para que los agentes se sienten en el banquillo “si es que el juicio llega a celebrarse”, en una velada referencia a la ley de amnistía.

Por partes. La Audiencia de Barcelona, en una auto al que ha tenido acceso elDiario.es, ha resuelto los numerosos recursos que los agentes interpusieron contra su procesamiento del mes de enero de 2023, que el juez instructor confirmó en abril. Son los tempos habituales de la Justicia en causas complejas sin presos. La resolución del recurso, sin embargo, ha llegado en plena negociación de la ley de amnistía, que afectaría de lleno a los 45 agentes procesados en Barcelona.

Aunque no hace referencia explícita a la amnistía, que los magistrados planteen la posibilidad de que el juicio no llegue a celebrarse en un auto por el que confirman los indicios para sentar en el banquillo a los agentes ha hecho que varias fuentes jurídicas lo relacionen con la ley de olvido penal del procés, que se encuentra en discusión en el Congreso después de que su aprobación fuera frenada por Junts.

Más allá de la eventual aprobación de la amnistía, que supondría el archivo de la causa penal para los 45 agentes, el juicio contra varios de los uniformados también está en discusión por un argumento técnico, ya que varios de los uniformados no podrían ser acusados por delitos graves de lesiones o contra la integridad moral sino tan solo de haber provocado heridas leves a los votantes. Ello abriría la puerta a que sus casos estuvieran ya prescritos.

Respaldo al juez instructor

En su auto, los magistrados de la sección 3ª de la Audiencia de Barcelona confirman la decisión del juez de sentar en el banquillo a los agentes al concluir que las imágenes apuntan a que pudieron incurrir no solo en delitos leves de lesiones sino también contra la integridad moral. Los magistrados respaldan la instrucción del juez Francisco Miralles y su rechazo a los recursos de todas las partes.

La Audiencia se ratifica en el “criterio objetivo” del juez instructor, ya que no se basa en “meras conjeturas o sospechas”, sino que se apoya en las imágenes y vídeos. Los magistrados destacan la “extensa y nada fácil investigación” en la que el juez Miralles ha actuado “con criterios racionales, coherentes, objetivos y desapasionados, sin atisbo alguno de contaminación política o ideológica, que es más de lo que puede decirse del contenido de algunos recursos”.

En este sentido, subraya que el juez, para acordar dejar a un paso de juicio a los 45 policías, archivar la causa para 18 –entre ellos algunos mandos– y sobreseerla definitivamente a otros tres, se ha basado en parámetros como la existencia o no de advertencia o de intentos de mediación previos a las cargas, la mayor o menor violencia con las que éstas se llevaron a cabo, el tipo de medios empleados, especialmente las porras, y su forma de uso, e incluso la edad y condición de los lesionados.

“Y lo ha hecho con un análisis detallado de cada uno de los hechos por separado, de una forma que sólo podemos calificar como impecable”, insiste la Audiencia, para desestimar todos los recursos en contra de la resolución del instructor.

Para la Audiencia, el auto que impugnaron tanto las defensas como las acusaciones cumple de forma “exquisita” con las exigencias de la ley, pues ofrece una “descripción detallada e individualizada” de los hechos imputados, de las personas contra las que se dirige el procedimiento y de los indicios que justifican mantenerles en la causa, con unas conclusiones “racionales, coherentes y motivadas” que la sala “comparte plenamente”.

Los jueces respaldan al 100% el criterio del juez instructor frente a las pretensiones de las defensas, que querían archivar el caso, y de las acusaciones, que querían imputar a más policías. Reprochan los magistrados la “obsesiva pretensión” de algunas de las acusaciones –en el caso están personados entre otros la ANC, Òmnium Cultural e Irídia–, para extender la imputación a todos los mandos de la Policía Nacional que actuaron el 1-O.

La Audiencia también ha avalado la decisión del juez de apartar a la Generalitat como acusación particular, al concluir que los daños materiales en los accesos a las escuelas públicas en que se celebró el 1-O quedan amparados por la orden judicial que ordenaba a los agentes impedir la votación.

Por otro lado, la Sala rechaza la pretensión de algunos policías para limitar los hechos a un delito leve de lesiones, que ya podría estar prescrito, postura apoyada parcialmente por la Fiscalía, ya que el instructor “va más allá” y “apunta claramente” a que algunas conductas podrían suponer un delito contra la integridad moral, “sin que ello suponga asumir la clasificación pretendida por algunas acusaciones”, que la Audiencia ve “injustificadamente expansiva”.

En un comunicado conjunto, Irídia y Òmnium Cultural han destacado que esta resolución de la Audiencia supone un “gran paso adelante” en la lucha contra la “impunidad de una actuación policial no solo desproporcionada sino delictiva” y ha apuntado que se ha llegado a este punto gracias al rol de la sociedad civil, ya que la Fiscalía ha jugado un papel “defensivo de la actuación policial”.

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