Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
La guerra entre PSOE y PP bloquea el acuerdo entre el Gobierno y las comunidades
Un año en derrocar a Al Asad: el líder del asalto militar sirio detalla la operación
Opinión - Un tercio de los españoles no entienden lo que leen. Por Rosa María Artal
Sobre este blog

El blog Opinions pretende ser un espacio de reflexión, de opinión y de debate. Una mirada con vocación de reflejar la pluralidad de la sociedad catalana y también con la voluntad de explicar Cataluña al resto de España.

Llegir Opinions en català aquí.

La Constitución solo es inviolable cuando conviene

Xavier Febrés

El articulo 47 de la Constitución democrática española actualmente en vigor dice textualmente: “Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos”.

El redactado el articulo constitucional causa risa, después de los efectos de la burbuja inmobiliaria, de los recortes sociales de todo tipo y de los miles de desahucios hipotecarios, pero el articulo sigue perfectamente vigente. Según el informe presentado el 14 de octubre por la Mesa del Tercer Sector, tan solo el 2% del parque de viviendas de Cataluña se dedica a alquiler social, mientras que la media europea es del 15%. El mismo informe estima que en Cataluña hay actualmente 450.000 pisos vacíos, al mismo tiempo que 231.000 familias carecen de una vivienda asequible. Del total de pisos vacíos, 100.000 se hallan en manos de entidades bancarias (en muchos casos rescatadas con dinero público), 80.000 son de nueva construcción que no encuentran comprador y 27.000 son de propietarios particulares que no les dan ningún uso.

El pasado mes de enero el Ayuntamiento de Barcelona acordó multar en algunos casos a los propietarios que se negasen a alquilar sus pisos vacíos. Desde entonces no se ha impuesto ninguna multa. En cambio lo han hecho los ayuntamientos de Santa Coloma de Gramenet y Terrassa, por un importe de 5.000 euros que debe provocar tiernas cosquillas a los propietarios infractores.

Las cifras expuestas por el reciente informe constituyen una auténtica brutalidad, frente al artículo de la Constitución tranquilamente vulnerado y, asimismo, frente al desconcierto y la perplejidad que despiertan la telenovela cotidiana de la partitocracia y los rituales institucionales carentes de efecto concreto sobre problemas candentes, más candentes que otros que concentran la infinita gesticulación de la actualidad oficial y los sucedáneos de gestión pública de los intereses de la sociedad que vota.

Sobre este blog

El blog Opinions pretende ser un espacio de reflexión, de opinión y de debate. Una mirada con vocación de reflejar la pluralidad de la sociedad catalana y también con la voluntad de explicar Cataluña al resto de España.

Llegir Opinions en català aquí.

Etiquetas
stats