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La jueza concluye que la ocupación de las vías del AVE de Sants en la huelga independentista de 2017 fue “pacífica y sosegada”

Renfe y Adif denunciaron los cortes de vías de AVE y Cercanías en la huelga 8-N

Oriol Solé Altimira

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La jueza que investigaba el corte ferroviario en la estación de Sants de Barcelona durante la huelga independentista de 2017 ha exculpado a los nueve imputados y ha archivado el caso al concluir que la ocupación de las vías del AVE fue “pacífica, sosegada, sin incidencias y se llevó a cabo sin ningún tipo de violencia”.

En un auto, la magistrada María Antonia Coscollola, que ya había archivado el caso en 2018 pero lo había reabierto a instancias de la Fiscalía, da carpetazo a la causa y constata que la investigación de los Mossos d'Esquadra no ha permitido situar en las vías a cuatro de los nueve investigados. Los que sí bajaron del andén a las vías, agrega la jueza, no causaron daños en la infraestructura ni colocaron obstáculos en las mismas ni derramaron ninguna sustancia para torpedear la circulación de trenes.

La causa se abrió a raíz de un atestado que los Mossos d'Esquadra remitieron al juzgado, en el que identificaban a nueve manifestantes por su presunta relación con la invasión de la línea del AVE en Sants, que permaneció cortada entre las 16.45 y las 22:30 horas del 8 de noviembre de 2017, en la huelga general convocada en protesta por el ingreso en prisión de los líderes del procés.

Pese a resultar identificados por los Mossos d'Esquadra el día de la protesta y estar acusados de ocupar las vías, el análisis de las cámaras de seguridad efectuado por la instructora arroja que dos de los nueve investigados solo aparecen entrando en la estación de Sants. En el momento en que fueron identificados, recalca la jueza, “se limitaban simplemente a salir de la estación”. Otros dos identificados por los Mossos, además, ni aparecen en las grabaciones de las cámaras de seguridad de las vías.

Respecto a los cinco investigados que sí bajaron a las vías, dos de ellos lo hicieron por menos de un minuto y de los otros tres el informe de los Mossos “no determina el lapso temporal en el que se mantuvieron” en ellas. Tampoco hay indicio alguno que dirigieran o coordinaran al grupo que ocupó las vías. “Lo único acreditado es que la permanencia de los investigados en el interior de la vía del AVE fue meramente puntual”, zanja la instructora.

Descartado el delito de desórdenes públicos, la jueza también rechaza el de coacciones precisamente por la presencia “efímera” de los investigados en las vías. “No se observa que su conducta ocasionara importantes restricciones [...] ni ningún atisbo de violencia o intimidación”, abunda.

Además, la jueza indica que los Mossos d'Esquadra no han concretado a los agentes de la unidad de información que supuestamente también estaban en los andenes, presenciaron los hechos e identificaron a los jóvenes. Al ser agentes “esenciales” en la instrucción del caso pero no saber qué agentes de los Mossos participaron en el operativo policial del 8 de noviembre de 2017 en Sants e identificaron a los investigados, la jueza cierra el caso.

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