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El 'TC catalán' avisa de que la ley para limitar los alquileres es inconstitucional al invadir competencias estatales

Un piso que se alquila

Oriol Solé Altimira

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Estocada a la proposición de ley para limitar el precio de los alquileres que tramita el Parlament de Catalunya. El Consell de Garanties Estatutàries (CGE), equivalente el Tribunal Constitucional en asuntos autonómicos, ha advertido de que el grueso de la norma es contraria al Estatut y a la Constitución al invadir competencias estatales.

El dictamen, que no es vinculante para los grupos aunque sí muy contundente en sus conclusiones, llega en plena tormenta política entre JxCat y ERC sobre la normativa después de que los posconvergentes, que inicialmente apoyaban la ley, se enmendaran a sí mismos y propusieran cambios que descafeinaban la norma. JxCat ignoró incluso la llamada del president de la Generalitat, Quim Torra, para volver al redactado inicial de la ley. Este jueves el president se reunirá con el Sindicato de Inquilinos.

A nivel jurídico, el CGE es tajante: cualquier tipo de regulación sobre los alquileres es competencia estatal y por lo tanto del Gobierno central y no de una comunidad autónoma. Es el Estado, recuerda el CGE, quien tiene competencia exclusiva en las bases de las obligaciones contractuales como son los alquileres.

Los grupos favorables a la norma alegaban que la norma encajaba en la competencia de la Generalitat para desarrollar el derecho civil catalán así como para garantizar el derecho constitucional a la vivienda.

El CGE niega la mayor y concluye que la manera de encauzar la competencia autonómica en derecho a la vivienda es mediante la construcción de pisos protegidos o ampliar el parque público de vivienda, no mediante una regulación autonómica de los alquileres privados que solo puede hacerse, a juicio del CGE, mediante la ley estatal de Arrendamientos Urbanos (LAU).

En este sentido, el CGE recuerda que la última reforma de la LAU aprobada por el Gobierno del PSOE y Unidas Podemos no limitó el precio de los arrendamientos y mantuvo la libertad de estipulación de las rentas, por lo que la norma catalana que sí fija unos topes para los alquileres en 60 poblaciones “contradice” la legislación estatal y, en consecuencia, resulta inconstitucional.

En síntesis, para el CGE si se quiere limitar el precio del alquiler debería modificarse “la legislación estatal relativa al contrato de arrendamientos urbanos”, esto es la LAU, un cambio que generó enorme controversia entre el PSOE y Unidas Podemos y que finalmente se descartó.

El texto de la nueva normativa había logrado el consenso entre ERC, los 'comuns', la CUP y JxCat –quien finalmente se ha descolgado– tras más de un año de negociaciones que siguieron a un fracaso del Govern: en su anterior decreto sobre los alquileres el Ejecutivo no logró el apoyo de ningún grupo parlamentario de la oposición, por la que la norma no se aprobó.

Al margen de las enmiendas de JxCat, el PSC, el PP y Ciudadanos se oponen a la norma, y estos dos últimos grupos han dejado en suspenso su tramitación parlamentaria al recurrirla ante el Consell de Garanties Estatutàries, que ahora ha dado la razón a los dos grupos conservadores.

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