¿Quién vigila a los vigilantes de los bous al carrer? Reforzar el paradigma.
Los colaboradores voluntarios retirarán del recinto a los menores de 16 año, y también a los que evidencien falta de condiciones para intervenir en la fiesta por minusvalías físicas o psíquicas, embriaguez, intoxicación por drogas o cualquier otra causa que disminuya su capacidad. Asimismo, velarán para evitar que se maltraten las reses.
Corresponderá al organizador o promotor de la fiesta asumir la responsabilidad que se derive de la presencia en el recorrido, recinto o plaza de los colaboradores voluntarios (...) sobre todo, en cuanto al cumplimiento de las funciones asignadas a ellos.
Reglamento vigente de bous al carrer [1]. Artículo 39.
Que la ley designe a la misma industria de explotación para que aplique las normas de “bienestar animal” es un viejo recurso. La sociedad evoluciona, crece la conciencia respecto al trato que reciben los otros animales por parte de quien los explota y se presta atención a formas de abuso que se habían hecho, desde que surgieron y hasta ese momento, de manera abierta y sin miedo. Quien realiza esas prácticas, sin embargo, ostenta la propiedad de los animales y los quiere precisamente para hacer lo que hace.
Quien cría animales para la carne, los quiere hacer engordar lo más rápido posible y con el menor coste posible, y los quiere hacer matar. Quién caza quiere disfrutar del acto de matar con toda clase de armas, más allá de las agonías y sufrimientos de los animales. Quien los utiliza para la experimentación quiere hacer toda clase de pruebas y prácticas que harán sufrir las víctimas, y se quiere deshacer de ellas cuando el experimento ha terminado. Quien se aprovecha de los animales en espectáculos, quiere que hagan su papel más allá de su sufrimiento... El uso está por encima de los animales, propiedades despojadas de consideración y de derechos, a diferencia de quien las explota.
Frente a este choque entre propiedad y legitimidad, las personas que nos representan se rinden rápidamente ante la primera. Suelen encontrar genial que un reglamento haga de escudo, pretexto y disfraz de la explotación, diferenciando el “sufrimiento inevitable” de aquél que se puede evitar. El “bienestar animal” maquilla las prácticas de la industria, que siempre se defenderá diciendo que está sometida a esas reglamentaciones, presentadas como interventoras y garantistas.
Durante el proceso de elaboración o de reforma de la reglamentación, la industria mantiene su presión. Uno de sus objetivos principales es que el reglamento la continúe designando como garante de la aplicación de las normas de bienestar animal, sometida en última instancia a un sistema de inspecciones falto siempre de presupuesto y medios, para que brille por su ausencia.
Gary Francione lo explicaba en Lluvia sin truenos[2], publicado en 1996. La experimentación con animales, por ejemplo, no se reguló en EEUU hasta 1966, ochenta años después de la primera ley británica. Una reforma de 1970 dio lugar a la Animal Welfare Act (AWA) que, a su vez, ha conocido varias reformas desde entonces. Las resistencias de la industria se han centrado siempre en mantener la autorregulación y evitar controles externos efectivos, porque “no se puede regular ni el propósito, ni el proyecto, ni las directrices de la experimentación”.
La administración no debe “interferir en la ejecución de la propia investigación o experimentación, ya que la determina el centro investigador”. Así, la ley impone un “Comité para el cuidado de los animales” de cada centro de investigación, y cada persona investigadora debe presentar un informe por escrito donde justifica los sufrimientos de los animales víctimas de sus experimentos como única alternativa viable, y donde garantiza que ese sufrimiento tendrá la intensidad y durará el tiempo estrictamente necesario. El comité acata el informe y, de este modo, se garantiza el “bienestar animal” en los laboratorios estadounidenses[3].
Nuestro ejemplo más evidente, para ocupar asiduamente páginas de periódicos, es el del reglamento de bous al carrer, con su tarea imposible de lavar la cara del linchamiento de toros (y también matanza de cerriles[4]) por diversión. El espectáculo deja muy claro que hablamos de una “norma” que se promulga y reforma a medida de los explotadores, sin que importe hasta qué punto llegan a ser evidentes las incongruencias que recoge[5] y llegando a revisar las medidas de maquillaje que los taurinos ven excesivas[6].
Cabe destacar el asunto de la declaración favorable[7], una herramienta política que el reglamento pone a disposición de los ayuntamientos que quieran decir no a los linchamientos. Fue una manzana envenenada del PP[8] para que siempre jugara a su favor, ya que pueden, allí donde no se conceda la declaración, teatralizar cínicamente su defensa del mundo taurino, y allí donde los gobiernos del cambio miran hacia otro lado, los dejan en evidencia ante las personas votantes animalistas.
Esta última ha sido la opción de la mayoría de gobiernos de izquierda, debido a la presión del PSPV y, incluso, sin que ésta fuera necesaria[9]. Los pactos de gobierno han llevado a soterrar la firma de la declaración favorable haciendo como que no pasa nada, como que no se tiene nada que ver con los bous al carrer[10]. Después, cuando se les ha visto el plumero, han venido pretextos tan patéticos como que “la legislación estatal protege los toros”, que la normativa no permite negar una “licencia de actividad” en un negocio legal o que la firma de la declaración favorable es un “acto debido”.
La sentencia de Godella, el único municipio donde se optó por no otorgar la declaración favorable[11], los ha dejado claramente en evidencia. Se trata, pues, de la prueba definitiva de que el reglamento no se aplica si no es en beneficio de los taurinos: si incluso esconde el instrumento para la abolición, por obra y gracia del PP, la izquierda “sensible con el sufrimiento animal” hace como que no existe o se aferra a lecturas negacionistas que son una auténtica tomadura de pelo.
Con este contexto, y recordando Francione, podemos echar un vistazo a la figura de los colaboradores que cuidan las buenas condiciones de las personas participantes y evitan los malos tratos a los animales que están linchando. Hay que subrayar que este es uno de los argumentos estrella de los taurinos: que hay un reglamento que protege a los animales y que quien garantiza su aplicación... Son ellos. Llegan al punto de erigirse en autoridad definitiva sobre bienestar animal, a afirmar que su mera presencia lo garantiza.
Es decir, que las evidencias de abusos y malos tratos exigen una actuación, y ésta consiste en hacer un reglamento que les prohíbe taxativamente, pero desde la ambigüedad de no definir que son los abusos y malos tratos y que permite interpretaciones siempre favorables a la explotación. Después, designa a los responsables de organizar los linchamientos como responsables de vigilar y evitar los incumplimientos que se produzcan. Se deben vigilar ellos mismos y deben autolimitarse, si no quieren que la autoridad de un ayuntamiento que les firma las declaraciones favorables y mira hacia otro lado, cuando no les da un apoyo entusiasta, les suspenda los actos. O si no quieren que intervenga una policía autonómica falta de efectivos y que nunca suspendería este tipo de actos[12].
Las evidencia es que estos vigilantes, más que lo que deberían vigilar, vigilan la presencia de cámaras sospechosas que puedan mostrar sus incumplimientos y ocultaciones. Obviamente no sabemos de ningún incumplimiento del reglamento, y aún más con respecto al maltrato de los animales, que no haya sido destapado por la prensa (rara vez, porque también suele ser “amiga”), que no haya sido fruto de una denuncia en las redes sociales (generalmente, de taurinos que no miden las consecuencias de lo que hacen) o que no haya sido documentado por activistas animalistas.
Como ocurre siempre, sólo nos enteramos de lo que los vigilantes no pueden evitar que nos enteremos. Los vigilantes carecen de credibilidad, porque están para proteger la explotación, no para “mejorarla”. Por lo tanto, hay que negarle legitimidad al reglamento de bous al carrer, que no tiene otra función que la de reforzar el paradigma, y hay que vigilar a los vigilantes. Esta es la función de las personas animalistas que trabajan para conseguir evidencias de lo que ocurre realmente en los linchamientos, casi siempre escondiéndose entre los participantes y con un gran riesgo para ellas.
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[1] DECRETO 31/2015, de 6 de marzo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de festejos taurinos tradicionales en la Comunidad Valenciana (bous al carrer) [2015/2176] (DOGV 10/03/2015, nº 7,482)
[2] Francione, Gary, Lluvia sin truenos. LA IDEOLOGÍA del Movimiento por los Derechos Animales (1996), Punkwarriors (traducción al castellano no autorizada y edición de acceso libre), 2008,
[3] Lluvia sin truenos. Capítulo 4: resultados del nuevo bienestarismo; punto dos: el nuevo bienestarismo y campañas recientes; apartado 1: el decreto federal por el bienestar de los animales.
[4] Animalisme CAT, Jesús Frare, 13/11/2016, 800 salvatges 800 (animals que maten cada any als bous al carrer)
[5] Animalisme CAT, Jesús Frare, 03/06/2018, Línia de continuïtat: el nyap taurí
[6] Levante-EMV, E.D., 05/06/2018, Los veterinarios critican que se retrase a 2019 su inclusión en los “bous al carrer”
[7] Animalisme CAT, Jesús Frare, 12/07/2016, Potestats dels Ajuntaments per a decidir sobre la celebració de linxaments de bous al carrer,
[8] Jesús Frare, La via cap a l’abolició oberta pel PP. Animalisme CAT, 04/08/2016,
[9] Animalisme CAT, Jesús Frare, 20/01/2016,
[10] Facebook, Jesús Fraile, 23/06/2016, sobre el caso de Paiporta
[11] Diari La Veu, redacció, 20/06/2018, La justícia dóna la raó a Godella i avala la decisió de no autoritzar festejos
[12] El Temps, Moisés Pérez, 04/09/2017, El xotis dels Mossos valencians.