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Sánchez, sobre la condena por las cuotas de refugiados: “Vamos a cumplir los incumplimientos del Gobierno anterior”

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Desalambre

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha afirmado este jueves que el Gobierno cumplirá el fallo del Tribunal Supremo que condena a España por incumplir sus obligaciones administrativas de tramitación de solicitudes de asilo de refugiados pactadas en Bruselas.

“Vamos a cumplir los incumplimientos de la administración anterior. Los compromisos están para cumplirse”, ha asegurado en una rueda de prensa posterior a la Cumbre de la OTAN celebrada en Bruselas. “Este Gobierno ha demostrado empatía ante este problema desde el principio. No podemos mirar para otro lado”, ha agregado.

El ministro de Exteriores, Josep Borrell, ya había asegurado en una entrevista en Onda Cero que el Gobierno “cumplirá, como en todas las sentencias judiciales” con la sentencia del Supremo. Sin embargo, ha recalcado que “ningún tribunal ha recordado estas obligaciones” a los países del Este, el llamado grupo de Visegrado (Hungría, la República Checa, Eslovaquia y Polonia) que han reiterado en la UE su oposición a las cuotas de reparto de refugiados.

“Es curioso que España que ha cumplido poco, pero ha cumplido algo, sea objeto de una sentencia frente a países del este de Europa que se han negado a cumplir y a aceptar el acuerdo que imponía esa obligación y campan a sus anchas sin que nadie les reproche nada”, ha comentado el titular de Exteriores.

Para Borrell, la sentencia del alto tribunal, que obliga al Estado español a continuar tramitando las solicitudes, “demuestra que los compromisos que toma un país no son humo de paja, son obligaciones que pueden ser reivindicadas ante los tribunales”. “Va en serio, es como si se firmara un contrato y los contratos se cumplen”, ha agregado. Se trata de la primera vez que un tribunal nacional europeo condena a un estado de la UE por este asunto. 

El alto tribunal concluyó este miércoles que las decisiones comunitarias incumplidas --en este caso la Decisión 2015/1523 con vigencia desde septiembre de 2015 hasta septiembre de 2017-- sobre medidas provisionales para acoger los solicitantes de asilo procedentes de Italia y Grecia, eran de carácter vinculante y obligatorio, por lo que el incumplimiento de las mismas implica “la condena del Estado español a continuar la tramitación” en los términos previstos por el Consejo Europeo. 

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado de forma parcial el recurso contencioso-administrativo planteado por la Associació de Suport a Stop Mare Mortum contra la desestimación, por silencio administrativo, de la solicitud formulada el 21 de abril de 2017 ante el Gobierno de Mariano Rajoy. Pedían en su demanda que se declarase que España había incumplido las obligaciones sobre las ofertas de plazas de reubicados y que se ordenase al Ejecutivo a que cumpliese inmediatamente y con carácter urgente estas obligaciones.

De esta manera, el Supremo ha validado los argumentos de la organización, que defendía la obligatoriedad de España de recibir a 19.449 personas, la cuota total que le correspondía inicialmente de los 160.000 solicitantes de asilo a los que el Consejo Europeo se comprometió a redistribuir entre los diferentes Estados miembros, más allá de los compromisos específicos de los Gobiernos europeos. Según ha recalcado el Supremo, España solo ofreció un 12,85% de las plazas que tenía la obligación de ofertar.

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