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El Gobierno aprobará este martes la regularización extraordinaria de migrantes

Varias personas se concentran frente al Congreso en defensa de la ILP RegularizaciónYa mientras se debate la iniciativa en el Congreso, a 9 de abril de 2024, en Madrid (España).

Gabriela Sánchez / José Enrique Monrosi

13 de abril de 2026 13:38 h

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El Gobierno aprobará este martes por real decreto la regularización extraordinaria de migrantes, según ha confirmado el ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños. Los técnicos del Ministerio de Migraciones apuran las modificaciones del texto definitivo tras el dictamen del Consejo de Estado, que aunque ha solicitado algunas correciones, el Ejecutivo considera que respalda la esencia de la norma, así como su aprobación por la vía exprés.

Desde el Ministerio de Migraciones han considerado positivo el análisis del Consejo de Estado. Su mayor temor se encontraba en la posiblidad de que el organo consultivo rechazase la fórmula elegida para su aprobación, a través de una reforma del reglamento de extranjería en vez de la Ley Órganica, lo que permitía sacarla adelante sin necesidad de respaldo parlamentario. “Se está trabajando con el texto para incorporar sus recomendaciones a la mayor brevedad”, sostienen desde la cartera liderada por Elma Saiz.

“El Consejo de Estado respalda la aprobación con carácter urgente de las modificaciones del Reglamento de Extranjería para dar comienzo al procedimiento de regularización extraordinaria que se anunció por parte del Gobierno de España y que beneficiará a miles de personas que se encuentran ya en nuestro país”, sostienen fuentes del departamento dirigido por Saiz. “Valora positivamente los objetivos generales de la regularización: integración social, seguridad jurídica y reducción de la irregularidad administrativa”, añaden.

El órgano consultivo no ha presentado objeciones al fondo del texto, pero sí ha señalado algunos detalles sobre cómo justificar los requisitos establecidos, como la carencia de antecedentes penales o la situación de vulnerabilidad. La inexistencia de antecedentes ha sido una exigencia clave para optar a la medida desde el primer borrador de la norma, pero las recomendaciones se centran en los trámites necesarios para demostrarlo, pues algunos de ellos han sido considerados laxos en la línea a las peticiones realizadas por el Ministerio del Interior.

El informe del organismo consultivo también solicita “aclarar la definición de vulnerabilidad”. Los primeros borradores de la norma eran confusos, como ya habían indicado algunos abogados de extranjería puesto que, si bien sostenían que todas las personas en situación irregularidad que estuviesen en España en el plazo establecido podrían optar a la norma, luego incluían como exigencia encontrarse en “situación de vulnerabilidad”. Si bien el Gobierno aclaró que por “situación de vulnerabilidad” se entendía la irregularidad, no aparecía reflejado con claridad en el texto normativo, según ha indicado el Consejo de Estado. Por lo que Migraciones aclarará en el real decreto “que se entenderá por vulnerable toda aquella persona que haya llegado a España antes del 1 de enero de 2026 y lleve cinco meses en situación irregular en el momento de presentar la solicitud”. Está por confirmar si será necesario presentar algún tipo de documentación extra, como un informe elaborado por entidades sociales, para justificar dicha vulnerabilidad.

Según Migraciones, las moficiaciones no alterarán el alcance de la regularización previsto inicialmente. De ser así, los requisitos para optar a estos permisos extraordinarios se mantendrían con respecto a los anunciados por el Ejecutivo hace meses.

Requisitos conocidos hasta ahora

Según el borrador inicial de la normativa, todas las personas extranjeras que demuestren haber llegado a España antes del 31 de diciembre de 2025 y haber vivido un mínimo de cinco meses en el país de forma continuada antes de registrar la solicitud. También pueden acogerse los solicitantes de asilo que hubiesen registrado su petición hasta esa misma fecha. La autorización será de residencia con permiso de trabajo, válida en todo el territorio nacional y para cualquier sector, confirman fuentes oficiales de Migraciones. El permiso inicial será temporal, con una vigencia de un año. Superado ese plazo, los migrantes regularizados por esta vía podrán solicitar uno de los permisos ordinarios regulados en el actual reglamento de extranjería.

El primer borrador apuntaba que los soliciantes podían probarlo con “cualquier documento público, privado o una mezcla de ambos”. Más allá del empadronamiento, los migrantes también podrán demostrarlo con otro tipo de documentos que evidencien una vida continuada en el país, como facturas de la luz, informes médicos, resguardos de servicios municipales, etc. Se desconoce si el texto definitivo acotará las fórmulas con las que los solicitantes podrán probar su tiempo de vida en el país, dado que Interior pidió algunos cambios al respecto.

El Gobierno no ha detallado por el momento cuándo entrará en vigor la normativa. Tras el anuncio de la regularizción, el Ministerio preveía que los solicitantes pudiesen empezar a registrar sus peticiones de regularización a partir de abril. Según los plazos iniciales, que podrían cambiar, una vez registrada, la Administración tiene un máximo de 15 días para admitir a trámite la solicitud. Tras la admisión a trámite, aunque no haya una resolución en firme, las personas tienen un permiso de residencia temporal que les permitirá trabajar y evitará que puedan ser expulsadas.

Posteriormente, se estudiará en profundidad la solicitud. Según el texto inicial, la tramitación de la petición puede durar máximo tres meses, según Migraciones. La resolución positiva conllevará un permiso temporal de residencia y trabajo de un año.

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