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ENTREVISTA | Elena Manzano, profesora de Derecho Tributario

“Hacienda tiene margen para extender las ayudas por guardería a todos los tipos de centros: Se han equivocado”

Elena Manzano, profesora de Derecho Financiero y Tributario de la Facultad de Derecho de la Universidad de Extremadura

Marina Estévez Torreblanca

Elena Manzano es profesora de Derecho Financiero y Tributario de la Facultad de Derecho de la Universidad de Extremadura, y también fue la experta designada por esta comunidad para la comisión que trabajó junto al Ministerio de Hacienda en una propuesta de reforma del sistema de financiación autonómica.

Una de las principales ramas de especialización de Manzano es la fiscalidad de género: cómo la configuración de los impuestos puede ayudar a la igualdad. A su juicio, los incentivos fiscales deben fomentar ante todo la incorporación o la vuelta de las mujeres al mercado de trabajo y acabar con la irregularidad laboral femenina en el ámbito doméstico. También debe acometerse el gasto necesario en servicios públicos, guarderías, centros de tarde, o centro de cuidados de día para mayores.

Uno de sus últimos caballos de batalla es el desarrollo de la Ley de Presupuestos de 2018, que deja fuera de la deducción de 1.000 euros por gastos de guardería aquellos centros que no cuenten con la autorización específica de las comunidades autónomas, que son las que tienen las competencias educativas. Cree que Hacienda deberá acabar rectificando una interpretación que excluye multitud de centros de cuidados autorizados por los ayuntamientos. “La finalidad de la ayuda para guarderías es la conciliación, no la educación”, sostiene.

¿Por qué cree que debe ampliarse la ayuda en IRPF por guarderías a centros distintos a los autorizados por las comunidades autónomas?

Por la propia finalidad de la medida. Está enmarcada en una deducción muy concreta que es la de madres trabajadoras. Además de abogar por el mantenimiento de la mujer en el mercado laboral (como con la deducción de 1.200 euros para madres trabajadoras de niños de 0 a 3 años) hay que propiciar la conciliación. Y esa conciliación se consigue propiciando el acceso de ese menor a que esté custodiado en una guardería. Cuando por fin se materializa en los Presupuestos de 2018 como medida de conciliación se pretendía que la madre tuviera la capacidad de poder elegir qué centro se adapta mejor a sus necesidades a la hora de custodiar a un niño entre 4 meses y 4 años. Un centro de cuidados que no tiene por qué ser un centro de educación infantil autorizado sino que puede ser una guardería al uso, tradicional, también las autorizadas por ayuntamientos. La finalidad de la medida es la conciliación, no la educación.

¿Cree que hay alguna posibilidad de que la Agencia Tributaria cambie de postura con este tema? Aseguran que cumplen la ley y que solo las comunidades tienen las competencias educativas, por lo que solo ellas pueden autorizar centros.

Sí, y creo que lo va a hacer, porque la ley lo dice. No estamos hablando de un cambio normativo, para mí lo que ha sucedido es un exceso reglamentario. La ley alude literalmente a guarderías o centros de educación infantil autorizados. Por tanto, una contribuyente que deje a su hijo en una guardería y que cumpla con todos los requisitos legales (estar por meses completos, inscripción y matricula, estancia…) debe poder aplicar una deducción que a día de hoy está vigente.

La administración ha aplicado un criterio erróneo, tiene tiempo para corregirlo y la ley lo ampara. No podemos cuestionar la vigencia de la medida, las contribuyentes se lo pueden aplicar. Si ellos han realizado una interpretación restrictiva errónea que impide que determinados centros hayan podido presentar los modelos, que insten al contribuyente a que lo corrija en su declaración.

Yo emplazo a las contribuyentes a que cumplan los requisitos que le soliciten en su declaración del IRPF, al igual que cualquier otro beneficio fiscal. La AEAT tiene margen para recomendar que se haga a través de información y comprobar caso a caso, ya que esos centros ya no van a poder mandarles los datos (las guarderías autorizadas por las autonomías tenían hasta el 15 de febrero pasado para hacerlo).

Esta ayuda a las guarderías está dentro de los incentivos fiscales para fomentar la vuelta al trabajo tras ser madre. ¿Le parece que, en general, este tipo de beneficios fiscales son suficientes y funcionan?

El derecho tributario tiene que examinarse en su conjunto. Para mí la igualdad está fundamentada en la independencia económica y la promoción profesional y que se pueda desarrollar una profesión pese a la maternidad o las situaciones de cuidado. Lo que quiero son incentivos que promuevan la incorporación de las mujeres, lo puedo hacer a través de Sociedades, no solo Renta. Y no solo en cargos directivos, sino puestos intermedios y bajos.

Y en segundo término hay un gran problema de irregularidad laboral femenina en el ámbito doméstico. Estoy convencida de que las cuidadoras tienen que ser profesionales que cotizan. Debe haber deducciones por la contratación de una empleada doméstica, para cuidado de niños, mayores y dependencia. No me parecen acertados los incentivos fiscales de mero cuidado, porque estamos promoviendo el rol de cuidadoras no profesionales que no cotizan en la Seguridad Social y que el día de mañana, cuando esa persona que están cuidando desaparezca, van a pasar a ser mujeres en situación de dependencia a su vez.

¿Puede poner algunos ejemplos?

Una deducción que nació en Valencia con la mejor de las intenciones: por tareas no remuneradas en el hogar sin exigir vínculo profesional. Todas esas deducciones deben eliminarse porque al final favorecen una situación de desigualdad: que una mujer este en su casa desempeñando unas labores por las que no cobra, no cotiza a la Seguridad Social y que además ese beneficio fiscal se lo puede aplicar el marido en tributación conjunta porque su mujer se queda en casa.

Eso incide en la desigualdad y es una situación de partida muy difícil de combatir. Todos los incentivos fiscales en los que creo tienen que tener que ver con el mantenimiento de la mujer en el mercado laboral y su incorporación.

Para mí un error grave de la ley de dependencia era que una sobrina o una nieta recibiera un dinero por cuidar de su abuelo. No, yo quiero cuidadoras profesionales. Quiero que tengan un oficio, una profesión.

Otro ejemplo de Extremadura, de donde soy. Que una mujer tenga un vehículo supone independencia, que pueda desempeñar su profesión, por qué no deducir en vehículos en tracción mecánica. O a víctimas de violencia de género, en donaciones, en caso de que se les done una casa para dejar su entorno.

Este tipo de incentivos se aplican para hijos de 0 a 3 años, pero la carrera profesional de la madre muchas veces se puede ver afectada después.

Creo que quizá el punto clave en el que una mujer sopesa continuar con su carrera profesional o parar para cuidar suele ser cuando acaba de tener hijos, los primeros meses. Pero continúa después, cuando hay más exigencia de presencia por la educación de esos niños. Yo siempre he propuesto que la deducción por maternidad se mantenga. Lo ideal sería que llegara a los 6 años, que es cuando empieza la enseñanza obligatoria. La igualdad de género debe ser un elemento fundamental de toda la política tributaria. Es la única forma de combatir problemas de despoblación, motivar la natalidad y conseguir los beneficios para la economía de la incorporación de las mujeres.

Muchos incentivos fiscales son indirectos, en un contexto de baja recaudación como España ¿no es preferible que sea directo, en función de la renta? No es lo mismo una mujer que gane 100.000 euros al año que otra que gane 10.000.

Creo que el incentivo debe aplicarse en la declaración personal de renta de acuerdo con la capacidad económica. Cuando hablo de gasto no hablo de subvenciones concretas sino de prestación de servicios públicos, guarderías, centros de tarde, o centro de cuidados de día para mayores.

Es verdad que para madres trabajadoras se dan 1.200 euros para todas las mujeres, pero la progresividad del impuesto es la que hace el trabajo que no hace la deducción: a la hora de cuantificar el rendimiento tenemos progresividad y a la hora de liquidar el rendimiento también. Lo ideal sería que las deducciones fueran totalmente personalizadas, pero sería imposible de gestionar.

Hay un discurso de expertos en Fiscalidad que dice: hay que eliminar los incentivos y todo debe ser por la vía del gasto, pero para mí eso es muy peligroso. Los beneficios fiscales deben ser los mínimos posibles y lo más eficaces. Desconfío de las subvenciones o rentas.

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