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Sanción al sindicato de enfermería SATSE por ofrecer bonos turísticos a cambio de ir a votar

Imagen de archivo de una protesta de Satse.

Alberto Pozas

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El Tribunal Supremo ha decidido sancionar al Sindicato de Enfermería (SATSE) por ofrecer bonos de 100 euros a sus afiliados que fueran a votar a las elecciones sindicales en Madrid en mayo de 2019. Los jueces entienden que, con este bono, el sindicato no estaba comprando directamente el voto pero “se está persiguiendo ese mismo objetivo por la vía de promover la movilización para acudir a las urnas entre sus afiliados con aquel incentivo”. El sindicato ganó aquellos comicios en los centros adscritos a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid con un 17,85% de los votos y ahora tendrá que indemnizar a Comisiones Obreras con 3.000 euros por vulnerar su derecho a la libertad sindical.

Las tácticas de SATSE para fomentar el voto en esas elecciones sindicales fue desgranado por elDiario.es. El sindicato ofreció a sus más de 15.000 afiliados bonos de 100 euros para gastar en los “complejos turísticos de SATSE” en Jaca o Moncófar. También puso un servicio de taxis al servicio de sus afiliados. A cambio, los que quisieran beneficiar de este bono sólo tenían que presentar un justificante para probar que habían ido a votar ese 9 de mayo de 2019 en el que SATSE y el resto de sindicatos se jugaban estar en la mesa sectorial con la Consejería para negociar las políticas de salud.

El sindicato, que tiene más de 100.000 afiliados en todo el país, ganó las elecciones en votos en esa cita con dos puntos más que CCOO. Fue este segundo sindicato el que llevó el caso ante la Justicia alegando que esta estrategia de SATSE había vulnerado su libertad sindical. En un primer momento, el Tribunal Superior de Justicia de la capital desestimó la demanda y explicó que, a su juicio, el bono y los taxis incentivaban el voto pero no pedían el voto para el propio sindicato.

Ahora es la sala de lo social del Supremo la que llega a la conclusión opuesta e impone una sanción al entender que no puede ser tratado como si fuera “una simple infracción de las reglas de la ética en la práctica sindical”. Para el Tribunal Supremo, esta estrategia de SATSE “va mucho más allá de meras consideraciones sobre su mayor o menor honestidad, para entrar de lleno en el terreno de la ilegalidad, por la grave intromisión que supone en los resultados del proceso electoral”. El bono turístico y los taxis fue una maniobra que superó “los límites de las herramientas electorales a las que legítimamente pueden recurrir los sindicatos para conseguir el mayor número posible de votos en favor de sus candidaturas”. 

Los jueces reconocen que la oferta de SATSE no estaba condicionada a votar al sindicato, pero entienden que es cierto que “indirectamente se está persiguiendo ese mismo objetivo por la vía de promover la movilización para acudir a las urnas entre sus afiliados con aquel incentivo”. Los cien euros del bono turístico es para el Supremo una cuantía “ciertamente relevante, y no se trata de la mera y simple entrega de una insignia, distinción o cualquier clase de objeto de valor económico insignificante, a modo de recuerdo conmemorativo del día de la votación”.

El resultado es que esta manera de actuar de SATSE, que ganó aquellas elecciones, vulneró los derechos sindicales de sus rivales de CCOO y ahora debe indemnizar al otro sindicato con 3.000 euros. Los jueces son contundentes al afirmar que el peligro de dar luz verde judicial a este tipo de regalos a cambio de incentivar el voto puede “dar pie a convertir el proceso electoral en un mercadeo, de generalizarse y extenderse esas prácticas entre las diferentes sindicales que hayan presentado candidaturas”. Permitir que los que se presentan a unas elecciones pongan en marcha este tipo de maniobras, según el Supremo, “supondría un enorme menoscabo en la calidad democrática a la que deben ajustarse los procesos electorales, poniendo en peligro el principio de igualdad de armas bajo el que debe desarrollarse, hasta el punto, incluso, de cuestionar finalmente y deslegitimizar los propios resultados de la votación”.

El último dardo va dirigido al sindicato. Dice el Supremo que “bien pudiere pensarse que esa clase de ofrecimientos evidencia una manifiesta debilidad del sindicato, una falta de confianza en sus propios afiliados, hasta el punto de considerar oportuno ofrecerles una recompensa económica para promover su participación en el proceso electora”.

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