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Trabajo pretende que los sindicatos tengan acceso a información sobre los algoritmos de empresas como Glovo

Imagen de archivo de un repartidor a domicilio de Glovo.

Laura Olías

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Cuenta atrás en la negociación sobre la llamada 'Ley Rider' para combatir los falsos autónomos en plataformas digitales. El Ministerio de Trabajo ha planteado este miércoles una última propuesta de texto normativo a los sindicatos y patronales con la intención de que los agentes sociales la evalúen y tomen posturas en un próximo encuentro, que pretende ser el definitivo para saber si hay o no acuerdo social sobre esta legislación. La novedad más destacada del último borrador es que Trabajo concede a los sindicatos acceso a información sobre las implicaciones laborales de los algoritmos de estas plataformas, como Glovo y Deliveroo. Estos algoritmos son claves en la organización y control de los trabajadores, según la Inspección de Trabajo y las sentencias judiciales que los han analizado.

La propuesta legislativa es muy breve. Consta de un artículo único y dos disposiciones adicionales. Aunque tiene una disposición clave que se refiere a las plataformas digitales de manera general, luego incluye un apartado que se detiene en especial (y solo) sobre los repartidores.

La disposición en cuestión es la adicional vigesimotercera, que incluye en el ámbito de aplicación del Estatuto de los Trabajadores y considera como empleadora (y por tanto responsable de asalariados) a: “Aquellas empresas proveedoras de servicios de intermediación en línea a través de plataformas, aplicaciones u otros medios tecnológicos informáticos o digitales que sean agente primordial de la actividad en el mercado o aporten o controlen los activos esenciales, aun cuando las facultades empresariales de organización, dirección o control se manifiesten de forma implícita o indirecta, sea o no a través de la gestión algorítmica del servicio, incluyendo los supuestos en que una eventual flexibilidad por parte de la persona trabajadora en la ejecución del trabajo sea solo aparente, bien llevar aparejada la posibilidad de cualquier consecuencia negativa o perjuicio algorítmico, bien poder tener repercusión en el mantenimiento de su trabajo, en su volumen o en el resto de sus condiciones de trabajo”.

A este, sigue un segundo apartado que recoge que: “De conformidad con lo previsto en el apartado anterior, se entienden incluidas en el ámbito de esta ley las personas que presten servicios retribuidos consistentes en el reparto o distribución por parte de una proveedora de servicios de intermediación en línea a través de plataformas, aplicaciones u otros medios tecnológicos informáticos o digitales, de cualquier producto de consumo o de mercancía a terceros, a través de cualquier clase de medios, incluidos los tecnológicos o derivados de algoritmos”.

Una de las dudas pendientes de la tramitación de esta ley contra los falsos autónomos es su alcance. En un comienzo, el Gobierno y los agentes sociales acordaron que la normativa tenía que ser amplia y referirse en general a los trabajadores de plataformas y no solo a los repartidores o riders, sobre los que se ha detectado la relación de falsos autónomos con mayor claridad. Sin embargo, había reticencias en el propio Ejecutivo (en la Vicepresidencia económica) y entre los empresarios con abrir “demasiado” la mano y limitar algunas actividades tecnológicas.

Con esta redacción, fuentes sindicales consideran que la ley no se ciñe solos a los llamados riders, que va más allá de los repartidores de plataformas, aunque lo que hace ese apartado dos es precisar y garantizar el cerco de laboralidad sobre este colectivo, que cuenta con sentencias judiciales y actas de la Inspección muy claras sobre su laboralidad. Y, pese a ello, las empresas como Glovo, Deliveroo y Uber Eats, entre otras, siguen operando con repartidores autónomos y sumando enormes cantidades de dinero que adeudan a la Seguridad Social.

Desde 2017 a 2020, la Inspección de Trabajo reclama a Deliveroo, Amazon, Glovo y Uber Eats la liquidación de cuotas impagadas a la Seguridad Social por falsos autónomos de casi 26 millones de euros, según explican fuentes conocedoras de estas actuaciones a elDiario.es. Finalmente, Stuart también ha sido perseguida por la Inspección de Trabajo por el abuso de falsos autónomos, según publicó El Periódico.

Se pone la lupa sobre los algoritmos

El texto legal modifica además, y esta es la novedad más significativa del último borrador, el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores, sobre los 'Derechos de información y consulta y competencias' de los representantes legales de los trabajadores. Se altera la letra f) del artículo 5, que regula las materias en las que “el comité de empresa tendrá derecho a emitir informe, con carácter previo a la ejecución por parte del empresario de las decisiones adoptadas”.

La nueva letra f) daría acceso a la información sobre: “La implantación y revisión de sistemas de organización y control del trabajo, estudios de tiempos, establecimiento de sistemas de primas e incentivos y valoración de puestos de trabajo, incluido cuando deriven de cálculos matemáticos o algoritmos”.

Los sindicatos UGT y CCOO habían reclamado al Ministerio de Trabajo un Registro de Algoritmos, en el que las empresas tuvieran que inscribir sus algoritmos y hacer públicos. Sin embargo, el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, advirtió de que esta posibilidad excedía las competencias del Ministerio y de esta regulación laboral. Trabajo abre ahora otra 'puerta' para que los representantes de la plantilla conozcan mejor los algoritmos a través de sus implicaciones laborales mediante esta propuesta de modificación del artículo 64.

El Ministerio que dirige Yolanda Díaz no está solo en esto. El documento para la consulta pública de la Carta de Derechos Digitales que prepara la vicepresidencia económica de Nadia Calviño coincide en este caso y plantea algo similar. “Se informará a los representantes de los trabajadores y las personas directamente afectadas sobre el uso de la analítica de datos o sistemas de inteligencia artificial en la gestión, monitorización y procesos de toma de decisión en materia de recursos humanos y relaciones laborales”, recoge el documento, aún abierto al debate y negociación.

El mando “invisible” del algoritmo

La información sobre los algoritmos de estas empresas no es un tema baladí. Desde los sindicatos señalan que en una economía cada vez más digitalizada y en la que la inteligencia artificial se va abriendo camino en las relaciones laborales, los algoritmos son determinantes en las condiciones de los trabajadores.

Así lo entienden también la Inspección de Trabajo y varios tribunales que han evaluado el modelo laboral de empresas como Glovo y Deliveroo, en cuyos análisis destacan la importancia de los algoritmos en la organización de los trabajadores y su control. Estas herramientas tecnológicas no son neutras, sino que están diseñadas por las compañías para que cumplan los objetivos que ellas determinen. Por ejemplo, un reparto más rápido para aumentar sus ganancias.

Los jueces, incluido los del Supremo, han señalado justamente los algoritmos para desmontar la supuesta libertad de los trabajadores que anuncian las empresas y en los que se escudan para defender su modelo de autónomos. Los magistrados del Alto Tribunal consideraron por ejemplo que la libertad de horarios de los riders que defiende Glovo es “teórica”, pero que en la práctica el sistema de valoración de los mensajeros (diseñado por Glovo) “condiciona su libertad de elección de horarios porque, si no está disponible para prestar servicios en las franjas horarias con más demanda, su puntuación disminuye y con ella la posibilidad de que en el futuro se le encarguen más servicios”. Al final, rechazar pedidos, no repartir en horas asignadas y esa supuesta libertad para no trabajar equivale “a perder empleo y retribución”.

A la espera de posiciones de sindicatos y patronales

Trabajo ha planteado este borrador con la intención de que sea el último y que los agentes sociales lo evalúen, manden sus propuestas y tomen posición para un encuentro definitivo en el que quede zanjada esta promesa de la coalición. Los empresarios, divididos internamente en este tema, han intentado retrasar la normativa durante la negociación y no han mandado ninguna propuesta oficial al respecto.

“Esto no se puede dilatar más, no tiene sentido, la patronal no está planteando ninguna propuesta y lo que hace es bloquear”, apuntan fuentes sindicales, que consideran que es lógico que el diálogo social sobre esta norma se cierre con prontitud después de los trabajos realizados. “Tenemos que analizar la propuesta, pero esto es lo que es, no se puede dilatar mucho más”, añaden. Hay que recordar que la ministra de Trabajo ha emplazado la reapertura de la mesa de diálogo social sobre la reforma laboral a que concluyan los trabajos sobre la Ley Rider.

CCOO y UGT han mandado un comunicado este jueves en el que consideran que la última propuesta del Gobierno contiene elementos “positivos, aunque mejorables”, y expresan su esperanza de alcanzar un acuerdo en breve, “en la siguiente reunión de la mesa de Dialogo Social, que esperamos sea la próxima semana”.

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