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Los directores dirán a qué profesores hay que descontar dinero por faltar al trabajo

La Consejería de Educación se pone más 'seria' con las faltas a clase sin baja.

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Los docentes extremeños podrán faltar un día al trabajo sin necesidad de aportar un certificado médico, bastará a partir de ahora con una declaración jurada que, eso sí, tendrá que validar el director del colegio o instituto. En la próxima nómina de este mes de diciembre se aplicarán unas nuevas normas de descuento de dinero por ausencias sin baja médica, que no se se sabe si mejorarán la situación, pero sí ponen a los directores de los centros en una posición difícil.

Serán ahora ellos quienes se conviertan en ‘chivatos’ o ‘policías’, según los términos usados por los sindicatos, ya que decidirán en primer lugar si admiten como válida o no la declaración jurada por faltar un día, pero sobre todo en el caso de que la ausencia se prolongue, indicarán a la Consejería de Educación a quiénes hay que empezar a descontarles en la nómina.

La Consejería de Educación no ha respondido a la petición de este diario, que quería saber a qué se deben las nuevas normas, y en qué pueden mejorar la situación.

Hasta el momento a los docentes con baja médica por enfermedad se les venían haciendo descuentos desde el primer día, el problema eran las ausencias sin parte de baja, que también daban lugar a descuentos pero que según la Consejería de Educación se hacían difíciles de controlar por “incompatibilidad técnica” entre la plataforma informática Rayuela, en la que los directores dan cuenta oficialmente de las ausencias sin parte de baja, y la plataforma Profex, que es la que practica los descuentos en nómina.

Cambio de normas

Las nuevas instrucciones de la Consejería de 18 de noviembre, y que se espera se apliquen en el sueldo de diciembre, cambian tres cosas principalmente: cómo justificar el primer día de ausencia sin baja médica, cuántas faltas de ese tipo y de qué manera se pueden cometer sin que se produzca una reducción de sueldo, y quién se encarga de controlar que pasado ese límite hay que proceder al descuento.

En el primer aspecto hasta ahora un profesor podía faltar un día al trabajo sin tener que darse de baja pero aportando –en teoría, otra cosa es que no se hiciera—un certificado del médico. Con la nueva norma no se necesita certificado pero sí formular una declaración jurada de que se ha estado enfermo, declaración que es el director el que tendrá que dar por válida.

En segundo lugar, el límite de días sueltos (no continuos) en que se podía producir la ausencia sin certificado ni descuento, pasa de cuatro al año, a cuatro por curso académico.

Pero el cambio más drástico es el tercero, la función de ‘avisador’ para la Administración que el director del centro tendrá a partir de ahora, señalando qué docente ha superado los cuatro días de ‘gracia’ que tiene para faltar sin baja médica ni descuento en nómina.

“No es agradable que les pongan de chivatos”, conviene Manuel Pascual, secretario regional de CSI-F Enseñanza. Desde PIDE Alfredo Aranda opina que la nueva normativa “es igual de mala que la anterior, la Junta lo ha querido clarificar pero enmpantana a los directores”.

En el fondo, coinciden, la intención es “sólo económica, ahorrar dinero”.

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