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Tres meses sin noticias de la sentencia del Supremo sobre el 'caso De Miguel', el mayor de corrupción en Euskadi

De Miguel, al fondo, acompañado de Telleria, Ochandiano y su esposa, Ainhoa Bilbao, durante el juicio en 2018

Iker Rioja Andueza

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Este miércoles se han cumplido tres meses desde que el Tribunal Supremo lleva oficialmente deliberando sobre los recursos contra la sentencia en primera instancia de la Audiencia Provincial de Álava sobre el 'caso De Miguel', que es el mayor sumario de corrupción que ha habido en Euskadi y que se saldó con importantes penas de hasta trece años de cárcel para el principal acusado, el ex 'número dos' del PNV de Álava, Alfredo de Miguel. La sala de lo penal del alto tribunal, sumida en otras labores en este tiempo como el caso de los ERE de Andalucía o las revisiones de penas a agresores sexuales en el marco de los cambios por la ley del 'sólo sí es sí', guarda un mutismo absoluto sobre este expediente y va echando por tierra todos los plazos previstos. La única certeza es que hasta el 9 de enero se ha abierto un período inhábil por las festividades navideñas, así que será solamente a partir de entonces cuando el Supremo retome su labor ordinaria. “Hasta 2023”, sintetiza una fuente consultada. “No hay ninguna noticia. Novedades cero”, confirma otro letrado.

Ello hará que la sentencia firme -aunque cabría la posibilidad de elevar recursos al Constitucional o incluso a Estrasburgo- llegue 14 años después de que se iniciara la investigación y 18 después de que De Miguel y sus compañeros dirigentes del Araba Buru Batzar Koldo Ochandiano y Aitor Tellería crearan la empresa pantalla Kataia Consulting, el epicentro de una trama de cobro de comisiones, blanqueo de capitales y manipulación de contratos públicos. En concreto, la empresaria Ainhoa Alberdi acudió en diciembre de 2009 a la Fiscalía para alertar de que De Miguel la estaba presionando para cobrarle una mordida de 100.000 euros tras haberle facilitado a su empresa un contrato en el parque tecnológico de Miñano, a las afueras de Vitoria. En marzo de 2010 De Miguel, Ochandiano, Tellería, sus esposas, el socio de Alberdi -el constructor Jon Iñaki Echaburu- y el gerente de Miñano, el también peneuvista Alfonso Arriola, fueron arrestados por la Ertzaintza siguiendo instrucciones del juez Roberto Ramos. Fue entonces cuando De Miguel dejó la política. Cinco años después, en marzo de 2015, finalizó la fase de instrucción, que elevó por encima de la veintena los imputados después de que se destaparan otros negocios. Pero el macrojuicio no arrancó hasta enero de 2018. Acabó en diciembre de ese año y la primera sentencia condenatoria fue emitida en diciembre de 2019. Ahora se han cumplido tres años.

Ya aquel fallo rebajó las primeras penas por “dilaciones indebidas”. En concreto, se apuntaba a que en la “fase intermedia” entre el final de la investigación y el arranque del juicio, la magistrada María Eneida Arbaizar mantuvo dos años el expediente en 'stand by'. De hecho, incluso hubo que repetir un auto en el que simplemente se recogían las peticiones de pena contra los imputados por estar plagado de errores, 21 en total, como publicó este periódico en 2016. No es ni mucho menos el único gran caso relacionado con la corrupción que, en Euskadi, se ha visto condicionado por los retrasos de la Justicia. En el 'caso Margüello', en el que se investigaban externalizaciones irregulares de servicios sanitarios en la etapa del consejero Gabriel Inclán y que tenían como principal implicado al doctor José Carlos Margüello, las penas quedaron en mínimos. También en el 'caso Balenciaga', en el que se acreditaron las irregularidades económicas en la puesta en marcha del museo de Getaria dedicado al genio de la moda, ocurrió algo similar. En Gipuzkoa, en el caso de fraude fiscal en el que está imputado el exsenador y exdirector de Hacienda por el PNV Víctor Bravo son ya dos años sin noticias del recurso en segunda instancia, la Audiencia Provincial. En su caso, los hechos se remontan a 2007.

En el 'caso De Miguel', el Supremo tiene en sus manos una docena de recursos de quienes fueron condenados en primera instancia por un tribunal compuesto por los magistrados Jaime Tapia, Elena Cabero y Raúl Aztiria. La sala que analiza este voluminoso expediente la componen Pablo Llarena como ponente y Manuel Marchena, Antonio del Moral, Ana Ferrer y Juan Ramón Berdugo. Ante la negativa de la Fiscalía del alto tribunal a atender el criterio de los fiscales alaveses que llevaron el juicio, Josu Izaguirre y Manuel Pedreira, no hubo recursos para elevar las penas y, por lo tanto, la segunda sentencia solamente podrá decidir entre mantener tal cual el criterio de la Audiencia Provincial o rebajar total o parcialmente las condenas. Aunque caben recursos por vulneración de derechos fundamentales en instancias superiores, este fallo del Supremo sí será ya firme y, por lo tanto, ejecutivo. Ahora no será optativo que quienes reciban penas de cárcel entren a prisión. En primera instancia, hace ya tres años, se acordaron unas medidas cautelares como la prohibición de salir de España o la obligación de firmar en un juzgado periódicamente pero se estimó que era prudente esperar a los recursos antes de ordenar la entrada en la cárcel.

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