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Seis claves para entender el nuevo registro de la jornada laboral en Extremadura

Valerio: las empresas "no se han tomado en serio" el registro de jornada

Jesús Conde

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1-Quiere evitar el fraude. El nuevo Real Decreto del Gobierno controla que los trabajadores no hagan horas extras, o que cuando se hagan sean dentro de los límites máximos y que las cobren. También supone un control de las cotizaciones a la Seguridad Social y un ingreso para las arcas públicas, que dejan de ingresar entre 2 y 3 millones según algunos cálculos en Extremadura.

2-Sanciones graves. Incorpora sanciones recogidas en el artículo 7.5 de la Ley de Infracción del Orden social, con cuantías de entre 625 y 6.000 euros. La sanción depende del número de trabajadores y a cuántos afecte, o el tiempo durante el que se ha mantenido la infracción.

3-No ha habido denuncias en Extremadura en su mes de vigencia. La Dirección General de Trabajo, que ha consultado a las dos inspecciones provinciales, confirma que hasta el momento no se ha instruido ninguna denuncia por este motivo.

El pasado 10 de junio se publicó el criterio técnico por el que se regirán los inspectores para el control de la jornada. La directora general de Trabajo, Sandra Durán, explica que en breve comenzará una campaña específica del control horario desde la inspección y la Junta espera que comiencen a aflorar posibles incumplimientos.

4-Competencias sancionadoras compartidas entre el Estado y la Junta. Son los inspectores de Hacienda los que abren expediente en el caso del incumplimiento del registro horario, mientras que la Dirección General de Trabajo de Extremadura es la que sanciona. Los inspectores son los encargados de hacer la investigación y abrir el procedimiento, mientras que la Dirección General recibe el acta de infracción.

La inspección es un cuerpo compartido entre el Gobierno central y la administración autonómica. Las competencias en relaciones laborales, que es donde está incluido el tiempo de trabajo, recae en la administración extremeña. También es de su competencia la seguridad y salud, donde se incluye la prevención de riesgos laborales. Por otro lado sería competencia del Estado el trabajo regular de extranjeros y Seguridad Social.

Si la inspección detecta una infracción de la norma que controla el tiempo de trabajo podría producirse una dualidad entre administraciones y sanciones: un incumplimiento del artículo que regula el tiempo de trabajo (competencia de la Junta) y una infracción en materia de Seguridad Social por la no cotización.

5-Negociación colectiva para su aplicación. El Real Decreto detalla que el control horario debe ejecutarse mediante la negociación colectiva, o con acuerdos de empresa que determinarán cómo pondrá.

La directora general de Trabajo de la Junta explica que la maquinaria está empezando a rodar. El Decreto empezó el 12 de mayo en vigor, y las empresas, con los representantes de los trabajadores, están determinando aún cómo se articula.

En todo caso, y ante las denuncias de los sindicatos ante posibles vulneraciones, la responsable de Trabajo traslada que si las organizaciones sindicales tienen constancia de un incumplimiento concreto pueden presentar una denuncia. “No hay que esperar a que haya una campaña específica del control de la jornada”.

6-Era una demanda europea. El nuevo registro horario ha venido a poner en orden es algo que venían demandando tanto las sentencias judiciales como la UE para que se pusiera coto a este registro de jornada para que esas horas extras que no se pagan ni se cotizan se controlaran. Para que los trabajadores tuvieran organizado su tiempo de trabajo y su vida.

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