Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

La Junta recurrirá la sentencia que anula la megaplanta solar de Iberdrola en Los Llanos de Cáceres

Planta solar de Iberdrola

elDiarioex

0

La Junta de Extremadura recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) que anula la modificación del Plan General Municipal (PGM) de Cáceres para regular la instalación de plantas para la producción de energía solar fotovoltaica en el Suelo No Urbanizable de Protección de Llanos (SNUP-LL) y que permitió la construcción de la megaplanta de la compañía Iberdrola.

La consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, Olga García, ha recalcado este miércoles que se trata de “un tema urbanístico” y ha explicado que, aunque la Junta acata la sentencia, hay aspectos que no comparte, por lo que, “dentro del plazo establecido”, está trabajando en la elaboración para presentar un recurso ante el Tribunal Supremo, que se unirá posiblemente al que ya ha anunciado el Ayuntamiento de Cáceres.

El Gobierno regional entiende que las instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de renovables “están declaradas expresamente de utilidad pública por la legislación básica estatal y son de interés general”, para señalar después que es “uno de los principales instrumentos” que la ley de cambio climático contempla precisamente para “el cumplimiento de esos objetivos de reducción de emisiones de CO2”.

La consejera ha subrayado que la energía renovable es “sinónimo de energía sostenible” y la Junta de Extremadura mantiene su compromiso en el despliegue renovable “definido, concertado y acordado con los agentes económicos y sociales” del Plan Extremeño Integrado de Energía y Clima. “Desde la Junta vamos a trabajar para que la inversión en renovable continúe sin contratiempo y con plena seguridad jurídica”, ha apostillado.

Sin embargo, la sentencia del TSJEx da la razón a la asociación ecologista Adenex, que había recurrido la modificación puntual del PGM, por parte del Ayuntamiento de Cáceres, por considerarla perjudicial para la protección ambiental de la zona. La modificación se promueve, entiende el alto tribunal extremeño, “por el interés privativo de una sociedad mercantil”, sin que se acredite una clara y evidente motivación de interés general ni de necesidades del municipio de Cáceres.

Etiquetas
stats