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Cuatro militares de Badajoz y empleados de gasolineras, implicados en un caso de malversación

Camiones militares en una foto de archivo

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Un cabo mayor y tres cabos de la base militar de Bótoa en Badajoz, y varios empleados de gasolineras de Trujillo y Riolobos en la provincia de Cáceres, están implicados en un caso de presunta malversación, organización criminal y delito contra la hacienda pública, ya que podrían haber falseado la cantidad de combustible que se echa a vehículos militares en sus rutas.

Ese asunto judicial que afecta al Grupo Logístico de la Base General Menacho de Badajoz (Bótoa) lo llevará definitivamente el Juzgado Togado Militar Territorial nº 12 de Madrid, después de un dilema de competencias con el Juzgado de Instrucción 1 de Badajoz en el que el Tribunal Supremo ha acabado ordenando que sea el tribunal militar el que lo juzgue.

El puesto de la Guardia Civil de Valdebótoa-Badajoz incoó, con fecha 28 de mayo de 2020, un atestado por la presunta comisión de los delitos continuados de malversación, organización criminal y contra la hacienda pública.

En el caso estaban implicados cuatro militares profesionales destinados en el Grupo Logístico y varios civiles, empleados de estaciones de servicio de las localidades de Trujillo y Riolobos (Cáceres), considerados cooperadores necesarios en la comisión de los referidos delitos.

Los militares son un cabo mayor y tres cabos primeros, según recoge la disposición del Supremo.

Tras el atestado de la Guardia Civil, el Juzgado de Instrucción nº 1 de Badajoz, por auto de 5 de junio de 2020, acordó la incoación de las diligencias previas de procedimiento abreviado, pero tras la emisión de un informe sobre competencia por parte del Ministerio Fiscal, por auto de fecha 2 de julio de 2020 el juzgado de Badajoz se inhibió del conocimiento del procedimiento a favor de la jurisdicción militar.

Una vez recibidas las actuaciones en el Juzgado Togado Militar Territorial nº 12 de Madrid, por auto de 20 de julio 2020 se acordó la formación del sumario, al considerar que los hechos podían ser constitutivos de un delito contra el patrimonio en el ámbito militar, contemplado en el artículo 82 del Código Penal Militar.

Sin embargo, después de haberse acordado en dos ocasiones la ampliación de las diligencias de investigación frente a otros civiles empleados de otras estaciones de servicio, también considerados como cooperadores necesarios de la trama delictiva, con lo que eran ya 11 los civiles investigados, mediante auto de 29 de noviembre de 2022 el juzgado militar propuso al Tribunal Militar Territorial Primero el sobreseimiento provisional de la causa respecto de seis de ellos, al no habérseles tomado declaración antes de la expiración del periodo de instrucción contemplado en el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, continuándose conforme a derecho respecto a los demás investigados.

Algo similar ha ocurrido también en Córdoba, donde varios soldados de acuerdo con un teniente habrían echado menos combustible del que se pagaba, repartiéndose, y con una comisión a empleados de gasolineras, el dinero resultante, hasta que un capitán lo descubrió y denunció.

Este verano pasado el Tribunal Supremo ordenó a un tribunal militar que juzgara de nuevo al teniente que fue absuelto, al no ver los jueces del Supremo motivo justificado como para sentenciar que no estaba al corriente de lo que hacían sus subordinados.

 

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