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Se abre el proceso de admisión y matrículas en los ciclos formativos impartidos en Extremadura

Un profesor explica a unos alumnos de formación profesional el funcionamiento de una máquina

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El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado la convocatoria del proceso de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos en régimen presencial completo, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2015-2016.

Las Delegaciones Provinciales de Educación determinarán la capacidad total de cada uno de los ciclos formativos de Formación Profesional (FP) que se vayan a impartir en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2015-2016. Los centros escolares publicarán en su tablón de anuncios dicha oferta.

Accederán de forma directa a los ciclos formativos de grado medio quienes estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y también podrán acceder quienes, careciendo del requisito académico mencionado, tuvieran aprobada la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio.

Además, se podrá acceder de manera directa a los ciclos formativos de grado medio si se posee el título de Técnico Auxiliar; el título de Técnico; el de Bachiller; haber superado el segundo curso del Bachillerato Unificado Polivalente, o acreditar tener un máximo de dos materias pendientes en el conjunto de los dos primeros cursos de esa enseñanza.

También se puede acceder si se ha superado el segundo curso del primer ciclo experimental de la reforma de las enseñanzas medias; el tercer curso del plan de estudios de 1963, o segundo curso de comunes experimental de las enseñanzas de artes aplicadas y oficios artísticos; haber superado, seis cursos completos de Humanidades y al menos uno de Filosofía, o cinco de Humanidades y al menos dos de Filosofía, de la carrera eclesiástica; o haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Por su parte, para acceder a los ciclos formativos de grados superior se requiere estar en posesión del título de Bachiller, también podrán acceder quienes, careciendo del requisito mencionado, tuvieran aprobada la correspondiente prueba de acceso. Asimismo, podrán acceder quienes carezcan del requisito académico mencionado pero tengan superada la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

Igualmente, se podrá acceder de forma directa si se tiene el título de Bachiller; se ha superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental; el curso de orientación universitaria o preuniversitario; o se dispone del certificado acreditativo de haber superado el Curso Preuniversitario.

Además, se puede acceder si se está en posesión del título de Técnico Especialista, Técnico Superior o equivalente a efectos académicos; se tiene una titulación universitaria o equivalente; se han superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con el título de Bachiller; o se tiene el título oficial de Maestro o Maestra de Enseñanza Primaria.

Tendrán prioridad los alumnos que soliciten plaza en junio sobre los que la soliciten en septiembre.

SOLICITUDES

Los interesados presentarán una única solicitud en el centro educativo que soliciten en primer lugar. El impreso podrá cumplimentarse, además, a través de los formularios de la plataforma educativa Rayuela en la dirección https://rayuela.educarex.es/

El primer período de solicitud será del 16 de junio al 1 de julio; y el segundo, del 2 al 4 de septiembre.

Por otro lado, el plazo para la admisión y matriculación será del 24 al 26 de junio de primer y segundo curso, siendo el 6 y 7 de julio los días para la matrícula del nuevo alumnado admitido a segundo curso.

Finalmente, la fecha de matrícula del alumnado que promociona o repite será del 7 al 11 de septiembre.

PROGRAMAS ESPECÍFICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA

En otro orden de cosas, el DOE también ha publicado hoy una resolución de la Secretaría General de Educación y la Dirección General de Formación Profesional y Universidad, por la que se establece la organización de Programas Específicos de Formación Profesional Básica, en la modalidad de Talleres específicos, así como concretar los criterios de selección y de certificación.

Esta publicación va destinada a los centros educativos sostenidos con fondos públicos y a aquellas entidades públicas o privadas autorizadas por la administración educativa, que impartan Programas específicos de Formación Profesional en la modalidad de Talleres Específicos, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Tendrán prioridad el alumnado que no haya cursado con anterioridad un Programa de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) o un Programa Específico de Formación Profesional Básica, así como el alumno de menor edad y el alumnado que esté escolarizado en el centro educativo en el que solicita el Programa, criterio exclusivo para centros educativos sostenidos con fondos públicos.

Se establecen un total de siete Programas Específicos de Formación Profesional Básica: modalidades de talleres específicos de Electricidad y Electrónica; de Carpintería y Mueble; de Agrojardinería y composiciones florales; de Arreglo y reparación de artículos textiles y de piel; de Artes gráficas; de Alojamiento y lavandería; y de Limpieza y trabajo doméstico.

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