Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

La Justicia establece que la empresa de buses Arriva dio a la Xunta datos erróneos con los que se deshizo de personal

Autobuses de Arriva y sentencias del TSJG

David Reinero

Arriva Noroeste, filial de la multinacional alemana de transporte de viajeros Deutsche Bahn, que prestaba el servicio público regular de autobuses en la costa de Lugo hasta que en 2017 lo perdió a manos de otra firma más pequeña, comunicó entonces a la Xunta y a la empresa que la sucedió un número de trabajadores adscritos a ese servicio, y que por lo tanto debían ser subrogados por la nueva concesionaria, muy superior al real. Así lo han reflejado en los últimos meses varias condenas judiciales que han obligado a que sea Arriva quien asuma a esos trabajadores y no la nueva concesionaria. Y así lo señala una nueva sentencia emitida el pasado 25 de septiembre por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) que anula la decisión de la Xunta de rescindir el contrato a la segunda firma por no aceptar hacerse cargo de tanto personal como pretendía Arriva, “interesada en desprenderse de trabajadores”, según la sentencia.

En el largo proceso de reestructuración de todas las líneas de bus interurbano de Galicia que está desarrollando la Xunta, Arriva Noroeste perdió en 2017 los servicios que venía prestando en la Mariña lucense a manos de una Unión Temporal de Empresas (UTE) de dos empresas más pequeñas (Autos Morán y Autocares Rodríguez Domínguez). En ese proceso de reestructuración de líneas los sindicatos consiguieron que la Xunta estableciese que, cuando hubiese cambio de concesionarias, los trabajadores que venían prestando los servicios en cuestión fuesen asumidos por las nuevas adjudicatarias, para lo cual las anteriores empresas debían comunicar el personal concreto adscrito a ese servicio.

Arriva Noroeste, cuyo gabinete de comunicación ha sido consultado por este diario pero no quiso realizar comentarios, comunicó a la Xunta y a la nueva concesionaria un número muy superior de trabajadores de los que realmente prestaban el servicio, y la nueva empresa se negó a asumirlos a todos abriendo así un conflicto a varias bandas entre las dos empresa, la Xunta y los trabajadores, una docena de los cuales quedaron durante meses en un limbo laboral.

Tras llevar varios trabajadores sus casos a los juzgados, en los últimos meses el TSXG emitió varias sentencias obligando a Arriva a asumir a parte de ese personal que según los datos que había facilitado a la Xunta debían pasar a manos de la nueva UTE. En una sentencia del pasado febrero el TSXG ratificó que según las condiciones del nuevo concurso debían ser subrogados por la nueva empresa adjudicataria el 25% de los trabajadores que prestaban servicio para Arriva en la anterior concesión, que fue dividida en varias más pequeñas. Arriva comunicó que la anterior concesión contaba con 50 trabajadores, por lo que la nueva adjudicataria debía asumir a 13. Sin embargo, el TSXG considera probado que realmente el total de empleados eran 20 y que por lo tanto solo debían ser subrogados 5. Arriva, dice el TSXG, “certificó un número mayor de trabajadores adscritos a la concesión de los que en realidad se ha declarado probado que estaban realmente adscritos”.

Según otra sentencia del mismo TSXG del pasado diciembre, Arriva incluso intentó hacer pasar por personal adscrito a la línea de transporte en cuestión, para que así fuese asumido por la nueva adjudicataria, a una técnica financiera que trabajaba “para los servicios centrales” de la empresa y que por lo tanto “no es personal subrogable o asumible por la nueva concesionaria”.

Arriva, dice esa otra sentencia, “no ha probado que la trabajadora demandante estuviera adscrita al servicio o línea adjudicada a la UTE ni a ningún servicio específico relacionado con la misma, sino que como personal de gestión financiera, era la encargada de realizar tareas contables y financieras de la empresa Arriva, con carácter general”.

Cuando Arriva comunicó a la Xunta que la nueva UTE debía hacerse cargo de 13 trabajadores, ésta se negó y solo asumió a 5. La Xunta dudó de los datos que le estaba dando Arriva, con un certificado sobre los trabajadores a subrogar del que dijo que “no se corresponde” con otros datos de la empresa o con lo recabado con sus inspecciones. Pero a la espera de que se pudiese demostrar su falsedad anuló la concesión a la nueva UTE por no cumplir la obligación establecida en los pliegos de condiciones de asumir el personal. Sin embargo, permitió que la UTE siguiese prestando el servicio, hasta la actualidad, a la espera de que a finales de este año se resuelva el concurso definitivo sobre esa y el resto de líneas de toda Galicia que están siendo reestructuradas.

En todo caso, la Dirección General de Movilidad de la Xunta denunció la posible comisión por parte de Arriva de una infracción contra la libre competencia ante el Consejo Gallego de la Competencia, que abrió un expediente en el que según fuentes autonómicas estableció de manera indiciaria que la empresa facilitó datos erróneos pero que aún no se ha concretadi en una sanción firme.

Por su parte, la nueva UTE se querelló contra Arriba por delitos de falsificación de certificado, estafa, alteración de precios en concurso público y contra los derechos de los trabajadores, causa que aún no ha sido resuelta. Al tiempo, recurrió también judicialmente contra la decisión de la Xunta de retirarle formalmente la concesión, causa que acaba de ser resuelta el pasado 25 de septiembre dándole la razón. En la sentencia el TSXG recoge un dictamen del Consello Consultivo de Galicia que ya se pronunciaba de manera desfavorable a la decisión de la Xunta de retirarle la concesión señalando que Arriva identificó como trabajadores a subrogar a “un importante número que no cumplía con los requisitos para su subrogación”. Esa última sentencia del TSXG refleja cómo la empresa saliente “no cumplió” con su deber de proporcionar la información correcta sobre el personal a subrogar “estando Arriva interesada en desprenderse de trabajadores”.

Durante este tiempo, la Justicia también ha anulado una sanción de suspensión de empleo y sueldo durante 15 días que Arriva impuso a un trabajador, representante sindical, por protestar contra la manera en que la empresa estaba gestionando la pérdida de la concesión. “Nos estás estafando”, dice la sentencia que le dijo el representante sindical al director general de la empresa, frase que los jueces no consideran que sea, en el contexto de la reunión laboral, una falta de respeto tal como para ser sancionada como lo hizo Arriva.

Etiquetas
stats