La Justicia condena a una cadena inmobiliaria por las nueve estafas de uno de sus agentes en Rivas Vaciamadrid
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado a la inmobiliaria Redpiso y a una de sus empresas franquiciadas a responder de forma civil subsidiaria a nueve indemnizaciones que suman casi 100.000 euros. Dichas cantidades debían ser abonadas inicialmente por uno de sus comerciales, condenado por estafar a una decena de clientes en una sucursal de Rivas, a los que cobró comisiones indebidas gracias a que les tentaba con pisos y locales muy por debajo de su valor en el mercado.
El tribunal ratifica una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que este año había condenado al citado comercial y a las dos empresas como responsables subsidiarias por la estafa, según un fallo al que tuvo acceso Somos Rivas. El modus operandi del comercial era ofrecer pisos o chalets que anunciaba la oficina inmobiliaria con enormes descuentos sobre su precio inicial de venta para asegurarse el cobro de unas arras que no eran válidas, con falsificación de contratos incluida en alguna de las operaciones.
Los hechos se remontan al año 2015 cuando, en uno de los casos, el comercial ofreció un chalet de 450.000 euros por tan solo 270.000, hecho que sirvió para que los compradores interesados pagaran 37.000 euros y firmaran un contrato al mes siguiente. Este documento, redactado por el comercial con la firma falsificada del vendedor -que se encontraba fuera del país-, sirvió para que los compradores llegaran a mudarse incluso a la casa, no sin antes abonar un alquiler de 1.500 euros durante 45 días en otra de las propiedades que comercializaba el condenado. La estafa se destapó con la llegada del propietario a la vivienda después de su viaje al extranjero, sin haber tenido conocimiento de transacción alguna.
En otra de las ventas fraudulentas, el comercial condenado ofreció por 230.000 euros una vivienda anunciada por 600.000, lo que motivó que la operación se cerrara rápidamente y los estafados desembolsaran una señal de 3.000 euros, de la que se apropió indebidamente el comercial. La sentencia describe otras ocho estafas similares, en algunos de ellos con el añadido de la redacción de contratos falsificados sin conocimiento de los compradores.
La sentencia inicial de la Audiencia Provincial condenó al comercial de Rivas a un año y seis meses de prisión por un delito continuado de estafa y otro de falsificación de documento privado. No fue mayor debido a que se aplicaron las atenuantes de drogadicción y de dilaciones indebidas. Aunque sí se indicó que debía indemnizar a los estafados por las cantidades reclamadas, que ascendían a 94.074 euros. También condenaba de forma subsidiaria al propio Grupo Inmobiliario y Financiero Redpiso y a una de sus empresas franquiciadas en la localidad, Estudio Rivas Vaciamadrid SL, ubicada en la avenida Aurelio Álvarez.
El comercial condenado no recurrió la sentencia al TSJM, pero sí lo hicieron Redpiso y su franquicia. En el fallo ahora conocido, al que ha tenido acceso Somos Rivas, el TSJM considera que han de responder de forma subsidiaria a las indemnizaciones porque quedó plenamente acreditado que “el acusado no solo les presentaba a firmar la documentación con los membretes de Redpiso, sino que además iba vestido con signos característicos de dicha entidad, utilizaba un vehículo con rótulo de la entidad, e iba con carpetas de la misma”, lo que conllevó a que los estafados le prestaran credibilidad.
“La mayoría de los testigos declararon que conocieron al acusado porque acudieron o llamaron a la oficina de Redpiso buscando asesoramiento para realizar alguna gestión inmobiliaria”, añade el fallo judicial. “Pensaban que contrataban en última instancia con Redpiso”, apostilla el tribunal para dejar clara la responsabilidad, a la vez que lamenta que no tuviera “un control a nivel de cada expediente de operación inmobiliaria”.
El fallo desestima los recursos interpuestos por Redpiso y Estudio Rivas Vaciamadrid en su totalidad y les condena a responder subsidiariamente a las indemnizaciones y a abonar las costas correspondientes.
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