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El Tribunal Superior de Justicia de Navarra impide el toque de queda solicitado por el Gobierno de Chivite

La presidenta de Navarra, María Chivite

Alazne Aldayturriaga

20 de julio de 2021 14:21 h

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La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha rechazado la entrada en vigor de un toque de queda desde este miércoles en la comunidad foral, como había planteado el Gobierno de María Chivite. La sala, que en otras ocasiones había avalado la restricción de derechos fundamentales al margen del estado de alarma, ya tumbó una medida similar en mayo al considerarla desproporcionada. El Gobierno de Navarra podrá recurrir la sentencia ante el Supremo.

El auto del TSJN argumenta que el Gobierno de Navarra debería haber concretado los municipios que quedarían afectados, además de presentar los datos de contagios de esas localidades, por lo que no se ha visto “posibilitado” para aceptar la limitación de circulación de personas en horario nocturno. “No se ha acompañado ni lista que los identifique ni los datos que han determinado que se encuentren en esa situación de riesgo extremo. Los datos aportados son los relativos al aumento de contagios, a la situación hospitalaria y a la utilización de los servicios asistenciales de UCI y a la vacunación referidos a toda la Comunidad Autónoma, y no a esas concretas localidades que pudieran quedar afectadas por el toque de queda propuesto. Sin esa concreción esta Sala está imposibilitada para realizar el triple juicio antes indicado, es decir, no puede pronunciarse sobre si la limitación del derecho fundamental de libre circulación de los ciudadanos es medida idónea, y sobre todo si es necesaria en el sentido de imprescindible para la finalidad pretendida frente a otras menos gravosas y proporcionada a las circunstancias de esas localidades”, sostiene el Tribunal.

“De los informes aportados se desprende que la alta incidencia acumulada que presenta el virus en este momento en Navarra tiene su origen en eventos con múltiples contagios asociados fundamentalmente al ocio nocturno , y la medida permitiría, al impedir la libre circulación, que estos se produjeran en las vías públicas, pero insistimos, los informes aportados no individualizan la situación epidemiológica de cada localidad, como sí ocurría para las perimetraciones municipales autorizadas en otras fases de la pandemia y tampoco son suficientes los informes policiales que se refieren a la dificultad de control de los macro botellones que se vienen sucediendo como forma actual de ocio nocturno porque no permiten conocer si esa dificultad en el control se da en incluso en localidades con poca población que sin embargo sí podrían estar afectadas por la medida propuesta”, concluye la Sala.

Al contrario, la sala ha autorizado las demás medidas solicitadas por el Gobierno foral. Así, quedarán limitadas a un máximo de 10 personas las reuniones y se prohiben las 'kalejiras' o pasacalles, comidas populares y los eventos taurinos de calle (encierros). El TSJN ha considerado estas medidas “idóneas, necesarias y proporcionadas” para poder para contener la actual propagación del virus que en palabras del Gerente del SNS está siendo explosiva por efecto de la variante Delta que ya alcanza el 86% de los contagios secuenciados y que presenta un mayor transmisibilidad y cierto grado de evasión al efecto de la vacuna“. Estas medidas estarán en vigor hasta el 29 de julio.

La COVID-19 se ha disparado en Navarra estas últimas semanas a causa de la aparición de varios brotes relacionados, en gran medida, con la población más joven. Es el caso de los estudiantes que se infectaron durante el viaje de estudios en Salou, que superó el millar de contagios, o las fiestas de San Fermín en Lesaka, donde se ha llegado a una tasa de 2.200 casos por cada 100.000 habitantes y se detectaron 265 positivos en el cribado que se llevó a cabo en la zona de salud. Es por eso que el viernes pasado la consejera de Salud del Gobierno de Navarra, Santos Induráin, anunció la intención del Ejecutivo de recuperar la limitación de la movilidad durante la noche. La medida ahora no autorizada iba a afectar solamente a los municipios que concentren un índice de contagios alto, superior a los 250 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días y más de 125 en los últimos 7, según explicó Induráin.

Aunque el TSJN defendió en su día la “eficacia” del toque de queda, finalmente no lo ha dado por bueno. Y todo a pesar de que, tras el varapalo de mayo, en vez de aplicar un toque de queda general, para toda la comunidad foral, se limitará solamente en las zonas que la requieran por su situación epidemiológica. “Siempre se le aportan al TSJN informes de salud pública, de la evolución epidemiológica, de la situación asistencial hospitalaria. Las medidas son proporcionadas y necesarias con la situación actual. Consideramos que son las medidas mínimas imprescindibles para contener esta progresión tan exponencial que está teniendo el virus e intentando que tengan la menor repercusión en el nivel económico, en el nivel social y en el nivel social de los ciudadanos”, indicó Induráin.

“La habilitación constitucional y legal es correcta y corresponde a la autoridad sanitaria competente (CCAA), fuera del estado de alarma, la adopción de las medidas concretas, cualesquiera que estas sean y ya sean individuales y/o colectivas, siempre sometidas al control judicial de los TSJs ( ex artículo 10.8 LJCA) para apreciar su idoneidad, necesidad y proporcionalidad. Las medidas habilitadas son cualesquiera que cumplan esos parámetros de control judicial pues estamos ante una cuestión de competencia y no del grado de intensidad de las medidas restrictivas”, sugirió el TSJN en mayo, al finalizar el estado de alarma, cuando desestimó una orden de Induráin en la que se incluía el toque de queda, lo que había suscitado un optimismo no disimulado en la Administración navarra.

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