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Pablo Hasél, la cárcel como mordaza

El rapero Pablo Hasél, en una imagen de archivo en una de sus comparecencias ante la Justicia. Ramon Gabriel
24 de febrero de 2026 22:20 h

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Pablo Hasél tiene 37 años y lleva cinco en prisión. No está encerrado en prisión por lo que hizo, sino por lo que dijo, lo que cantó, lo que tuiteó. Por lo que incomoda, lo que molesta, lo que enfada al sistema. Antes de la sentencia, la voz de Pablo Hasél era ya la medida exacta de la inconmensurable injusticia que sería su encarcelamiento y del miedo que el Estado tiene a la palabra que le señala. El rapero fue condenado en 2018 por la Audiencia Nacional a dos años y un día de cárcel, y a una multa de casi 30.000 euros, por enaltecimiento del terrorismo e injurias y calumnias a la Corona y a las instituciones del Estado. Ese fue el castigo. Los hechos, 64 tuits y una canción en YouTube en los que aludía a ETA y a los GRAPO. En las resoluciones judiciales se insiste en que sus mensajes suponían una “exaltación de la violencia” y un supuesto peligro para el orden constitucional. Como si unas rimas radicales fueran equiparables a una pistola cargada. En 2021 se ordenó su ingreso en prisión para cumplir condena firme. Tenía antecedentes previos porque los cuerpos de seguridad reprimían desde siempre su voz.

Amnistía Internacional ha recordado una y otra vez que su condena por esos mensajes fue injusta y desproporcionada y que entre febrero de 2021 y marzo de 2023 cumplió pena de cárcel por actos vinculados al ejercicio de su libertad de expresión. Sigue encarcelado por otras causas, similares aunque ajenas a esta. Es un preso político en la España de 2026. Por su parte, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha avalado la condena por injurias a la Corona, considerando “infundada” la defensa de Hasél y negando la desproporción de la sentencia, en una decisión que legitima la punición del insulto al monarca. Como si el rey fuera más vulnerable que cualquier otra persona, y no al contrario. En el trasfondo jurídico laten artículos como el 578 del Código Penal —el del “enaltecimiento”—, utilizados de manera arbitraria contra expresiones políticas y artísticas, y criticados por organizaciones de derechos humanos, que los consideran una mordaza disfrazada de protección frente al “discurso del odio”. La cárcel como mordaza política. Que un rapero sea privado de libertad por sus canciones y sus tuits en una democracia europea debería ser una anomalía intolerable, no un expediente rutinario de la Audiencia Nacional. La desproporción de las penas se vuelve obscena si además se tiene en cuenta que ETA dejó de matar hace años, mientras que se penaliza como “terrorismo” la provocación verbal dirigida contra el Estado y sus símbolos.

El castigo a Hasél envía un mensaje disciplinario: el poder decide cuál es el límite de lo decible. A quien rebasa ese límite, se le encierra; no por lo que hace, sino por lo que expresa. De manera que, en una democracia europea, en un Estado de derecho, la prisión no funciona como posible respuesta a un daño real, sino como escarmiento ejemplarizante, como aviso a la ciudadanía en general y a las comunidades artísticas y militantes que denuncian la impunidad policial, la corrupción monárquica o la violencia de Estado. A través del infame artículo 578 el Estado español está reprimiendo ciertas (que no otras) expresiones políticas o provocadoras en redes sociales y en el ámbito artístico, erosionando la libertad de expresión en España. Los estándares internacionales de derechos humanos exigen que solo se castigue penalmente las expresiones que inciten, de forma directa y con probabilidad real, a cometer delitos identificables. Algo muy distinto de la retórica incendiaria de un rap combativo. Por muy ferozmente que se haga, convertir la crítica al rey, a la policía o al Gobierno en delito de injurias o de odio rebaja el listón democrático y sitúa al Estado en la cuerda floja del autoritarismo. Cuando un tribunal equipara la ofensa simbólica al terrorismo, está admitiendo que la monarquía y las instituciones se sostienen bajo una piel muy fina, que solo puede protegerse a golpe de Código Penal.

A Hasél empezaron a vigilarle cuando en la España estafada por el poder la indignación se volvió necesaria y fue aluvión en las calles. Desde aquel caldo de cultivo hasta el contexto protofascista actual, su encarcelamiento no supone solo una injusticia jurídica, sino un abuso político y moral. Nos dice que en el Estado español se puede ir a prisión por señalar a la Corona como corrupta, por maldecir a la policía, por recordar la masacre de El Tarajal o por invocar la memoria de luchas y violencias armadas, mientras queda impune la violencia estructural, que mata en las fronteras y en los CIE. Que se utilice el discurso del odio como coartada para perseguir el discurso del hartazgo, de la rabia y de la memoria histórica que el Estado preferiría ver silenciadas, mantiene viva la indignación. Que se pretenda domesticar el arte político para convertirlo en un producto inofensivo, descafeinado, mientras se santifica la susceptibilidad del rey y se blanquea la historia de la violencia institucional, mantiene viva la indignación. Cuando la cárcel se utiliza contra un rapero por sus palabras, lo que se está encerrando es un determinado tipo de discurso: antimonárquico, anticapitalista, antifascista, insumiso, indignado con tanta injusticia.

El caso de Hasél debería volver a sacar la indignación a la calle. La indignación de artistas, intelectuales y activistas, de mucha gente que debiéramos asumir que defender a Hasél es defender el derecho de cualquiera a cantar contra el poder, sin miedo a una celda. Porque Pablo Hasél no es solo Pablo Hasél. Pablo Hasél se ha convertido en un termómetro: cuanto más tiempo pase tras los muros, más claro quedará que lo que se pudre no es solo la libertad de expresión, sino la propia credibilidad democrática del Estado que le mantiene preso. Frente a tal podredumbre, la indignación es la más mínima manifestación de decencia política.

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