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Poner al rey en el lugar que se merece

La Asamblea de Madrid en una imagen de archivo

Javier Pérez Royo

El vicepresidente tercero de la Asamblea de Madrid, José Ignacio Arias Moreno, ha sustituido en su despacho un cuadro en el que se podía leer “Todos somos iguales ante la ley” por una imagen del rey Felipe VI, argumentando que ya era hora de “poner al rey en el lugar que se merece”.

¿Anécdota o categoría? ¿Se trata de un acto intranscendente al que no hay que prestarle mayor atención o nos encontramos, por el contrario, ante un mensaje político cargado de sentido con el que se reivindica la trayectoria de la monarquía en la España constitucional?

La monarquía ha sido a lo largo de toda nuestra historia constitucional el instrumento para la negación, domesticación o devaluación del principio de igualdad, que en su proyección a través del principio de soberanía nacional o popular es el principio de legitimidad propio del Estado Constitucional, aquello que lo diferencia radicalmente la monarquía como forma política. Porque la institución monárquica puede formar parte de la arquitectura del Estado Constitucional, pero el principio de legitimidad propio de la monarquía no puede ser el principio de legitimidad del Estado Constitucional. No es la monarquía, sino el principio monárquico como principio de legitimidad lo que no tiene cabida en el Estado Constitucional y, sobre todo, en el Estado Constitucional Democrático. La incompatibilidad entre el principio monárquico y el principio de legitimidad democrático es radical e insubsanable.

En nuestra historia constitucional desde principio del siglo XIX hasta 1931, con brevísimos paréntesis (el Trienio Liberal, algunos de los años de vigencia de la Constitución de 1837 y los años del Sexenio Revolucionario) el principio monárquico, en la forma de monarquía absoluta con Fernando VII, o  en la forma de principio monárquico-constitucional con las Constituciones de 1845 y 1876, ha presidido la organización constitucional del país. España no ha sido antes de 1931 un Estado Constitucional, sino una monarquía constitucional, que es algo distinto. Por eso las Constituciones del siglo XIX eran Constituciones de la monarquía española. No del Estado o de la Nación española, sino de la monarquía. España no podía no ser monárquica.  El principio de igualdad ha sido, por tanto, un principio “domesticado”, subordinado a la institución monárquica.

Desde 1931 ya no es así. Hemos sufrido una negación brutal de la democracia por el régimen del General Franco, pero no un retorno a la monarquía española. A finales del siglo XX, tras la ola del constitucionalismo democrático en Europa posterior a la Segunda Guerra Mundial, ningún Estado podía prescindir del principio de igualdad, es decir, de la soberanía nacional/popular como principio de legitimación del poder. Y en España tal principio se reconocerá en el artículo 1.2 de la Constitución: “La soberanía nacional reside en el pueblo español del que emanan los poderes del Estado”. En el artículo 14 se reconoce el principio de igualdad, como presupuesto y límite de los derechos fundamentales.

Ahora bien, si la Constitución no descansa en el principio monárquico, tampoco lo hace desaparecer. El principio monárquico condiciona el reconocimiento del principio de soberanía nacional/popular. Frente a la fórmula europea que hace derivar de la soberanía popular “todos” los poderes del Estado, en La Constitución española, con ambigüedad calculada, derivan “los poderes”, pero no todos los poderes. Del rey no se dice que sea un poder del Estado, pero tampoco que no lo sea.

Pero es que, además, en la definición constitucional de las Cortes Generales se introduce una “desviación calculada” del principio de igualdad en la composición y fórmula de elección del Congreso de los Diputados y una negación de dicho principio en la composición y elección del Senado. Hay una devaluación de origen en la institucionalización parlamentaria del principio de legitimidad democrática, diseñada para que no se acabe poniendo en cuestión la Restauración de la monarquía.

No estamos en la monarquía española anterior a 1931, pero tampoco estamos ante una monarquía parlamentaria como las demás monarquías europeas. El principio monárquico sigue gravitando sobre nuestra fórmula de gobierno en detrimento del principio de igualdad y de su proyección en la soberanía nacional/popular.

Esto es lo que ha expresado el vicepresidente de Vox de la Asamblea de Madrid. El lugar que ocupaba “la igualdad de los ciudadanos ante la ley”, es decir, la legitimidad democrática, es el lugar que se merece el rey.

Me temo que es lo que realmente piensa. Él y el partido al que pertenece.

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