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España no pagará la defensa de Llarena en Bélgica por sus “actos privados”

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena en una conferencia en Oviedo.

Marcos Pinheiro

El Gobierno de España está dispuesto a defender el sistema judicial y su soberanía en el procedimiento abierto en Bélgica a raíz de la demanda interpuesta por el expresidente catalán Carles Puigdemont. Sin embargo, el Estado no asumirá “en ningún caso la defensa del juez Pablo Llarena por los actos privados que se le atribuyen”.

Así lo detalla el Ministerio de Justicia en una nota de prensa, en la que advierten de que el Estado español se personara en la causa abierta en Bélgica “en defensa de la soberanía e inmunidad jurisdiccional de los tribunales españoles”. Esto se hará si “la autoridad judicial belga menciona siquiera entre sus argumentos hechos o datos de la causa penal abierta en España” contra los exconsellers.

“La demanda presentada en Bruselas incluye también referencias a expresiones o manifestaciones privadas realizadas por el juez Llarena ante las que el Gobierno no puede actuar, puesto que supondría defender a un particular por afirmaciones de carácter privado ajeno a su función”, sostiene el Ministerio de Justicia.

La demanda que puso Puigdemont en Bélgica responde unas declaraciones que hizo Llarena en febrero, en las que afirmaba que Oriol Junqueras y el resto de miembros del Govern en prisión “no son presos políticos”. “Emitió una opinión antes del juicio y fuera de los tribunales y por tanto prejuzgó”, dijo uno de los abogados del expresident.

Así, el Gobierno entiende que no procede costear con dinero público la defensa en un procedimiento que se abre por una declaraciones privadas del juez del Tribunal Supremo. Otra cosa es que durante el procedimiento se cuestiona la jurisdicción española, momento en el que el Ejecutivo “actuará en la medida proporcional y adecuada para proteger la inmunidad jurisdiccional del Reino de España y su potestad soberana del ejercicio de la jurisdicción”.

“En lo que se refiere a la función jurisdiccional del magistrado, cualquier mención a la misma por parte de la autoridad judicial belga supondría una vulneración del principio acta iure imperii, en virtud del cual los Estados extranjeros no pueden ser demandados ni sometidos a la jurisdicción de los tribunales de un determinado país”, añade el Ministerio de Justicia.

Para poder personarse en la causa, España tendrá que recurrir a un bufete privado porque la Abogacía del Estado no puede actuar en un procedimiento fuera de nuestro país.

“Esa personación es necesaria al ser el paso previo imprescindible para poder ejercer las acciones pertinentes, si fuese preciso, ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea o el Tribunal Internacional de Justicia de La Haya”, concluye el Ministerio.

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