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Qué pasa con las multas y posibles reclamaciones tras la decisión del Constitucional por el estado de alarma

Un control de la Guardia Civil en mayo de 2020, durante la vigencia del estado de alarma

elDiario.es / Agencias

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La decisión del Tribunal Constitucional (TC) de tumbar, a petición de Vox, el real decreto por el que el Gobierno declaró el primer estado de alarma en lo relativo al confinamiento abre la puerta a la anulación de las multas impuestas por saltarse las restricciones de circulación vía presentación de recurso. En concreto, los magistrados han estimado nulos la limitación del circulación de personas y vehículos en espacios y vías públicas que fijaba la norma, así como la capacidad del Ministerio de Sanidad para modificar y ampliar las medidas de contención en la actividad comercial y la potestad del Ministerio del Interior para acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos por razones de salud pública.

Fuentes jurídicas han indicado a Europa Press que el fallo del Constitucional permitirá, en principio, que se puedan anular las multas –firmes y no firmes– relativas a los apartados del decreto-ley que el tribunal de garantías ha declarado inconstitucionales. Este escenario será posible ante la interposición de recurso, dado que el fallo por sí mismo no se traducirá automáticamente en la anulación de las sanciones.

De hecho, la sentencia incorpora un apartado en que se especifica que el fallo del TC no bastaría para que los ciudadanos puedan reclamar el dinero de las sanciones y que, en todo caso, sería necesario un trámite administrativo con las alegaciones habituales. El texto del TC dice así: “La inconstitucionalidad apreciada en esta sentencia no será por sí misma título para fundar reclamaciones de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas, sin perjuicio de lo dispuesto en el art 3.2 de la Ley Orgánica de los estados de alarma, excepción y sitio”.

Sin embargo, fuentes del tribunal consultadas por elDiario.es califican ese añadido como “papel mojado” frente a futuras reclamaciones al Estado, informa Gonzalo Cortizo. “Cualquier ciudadano español podría quejarse ahora por haber sido encerrado en su casa y, por tanto, reclamar compensaciones”, aseguran a esta redacción. Hace ya meses que muchos despachos de abogados trabajan en la posibilidad de demandas conjuntas para pedir compensaciones derivadas del parón ciudadano motivado por el confinamiento.

Uno de los más activos ha sido el exconsejero de esperanza Aguirre y actualmente abogado en ejercicio, Manuel Lamela, que ya en 2020 anunciaba querellas en nombre de la Sanidad privada para reclamar compensaciones por la falta de negocio que les supuso tener a su clientela encerrada en casa. Los hospitales privados denunciaron que especialidades como traumatología se quedaron sin público en las consultas. Algunos de ellos, como contó elDiario.es en marzo del pasado año, llegaron a pedirle a sus trabajadores que se cogieran vacaciones ante la falta de negocio.

Al margen de lo anterior, no habrá consecuencias sobre comercios y hostelería, ya que la sentencia es específica al no discutir los límites que se impusieron a estos sectores al calor del estado de alarma. También se ha rechazado de manera específica la censura que Vox proponía sobre los límites que se impusieron entonces sobre los velatorios y servicios funerarios en el momento más crudo de la contabilización de víctimas.

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