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La Audiencia Provincial archiva el caso del joven con discapacidad que murió en Gijón tras ser retenido por agentes de seguridad y policías

Eleazar, junto a sus familiares, el día en que murió.

Javier Martínez Mansilla / Marcos Pinheiro

22 de marzo de 2021 16:56 h

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La Audiencia Provincial de Oviedo ha archivado el caso contra los policías locales y los vigilantes de seguridad que participaron en la detención de Eleazar García, un joven de etnia gitana con parálisis cerebral y una discapacidad del 75%, y que falleció en las inmediaciones del estadio de El Molinón tras ser detenido por la fuerza por varios policías y agentes de seguridad.

La decisión de la Audiencia Provincial choca con lo que había decidido la jueza instructora del caso, que veía indicios de homicidio imprudente y otros delitos en la actuación de policías y agentes de seguridad, y había acordado mandarles a juicio. “Lo único cierto es que mi sobrino fue un día a ver un partido de fútbol y ya no lo hemos vuelto a ver”. La familia de Eleazar García ya había presentado hasta el escrito de acusación ante el juzgado de instrucción número 2 de Gijón.

Pedían 15 años de prisión para los agentes locales y 9 años para los vigilantes de la empresa Prosegur involucrados. “Nadie tiene el derecho a quitar la vida a nadie, queremos que se diriman responsabilidades”, explicaba a elDiario.es Diego García, tío de Eleazar. Los delitos: homicidio imprudente, de lesiones, contra la integridad moral y, además, en el caso de los policías municipales, de detención ilegal.

Los jueces de la Audiencia Provincial aseguran que los informes forenses calificaron la muerte de “natural”. Eso sí, señalan que al “shock cardiogénico” se añadió “el efecto estresante de la inmovilización y reducción” por parte de los agentes. Aseguran que las lesiones físicas que presentaba el cuerpo son compatibles con una actuación policial proporcionada. Para justificarlo, aluden a su corpulencia y a su agresividad, agravada, dicen, por los medicamentos que tomaba.

El auto insiste que hay que tener el cuenta los antecedentes médicos de Eleazar: que padecía epilepsia, obesidad y que consumía fármacos para el tratamiento de la ansiedad. Concluyen que de “no haber existido esas patologías previas” las maniobras de detención, reducción e inmovilización no habrían causado la muerte de Eleazar, sostienen los jueces.

Añaden, además, que los vigilantes de seguridad no tenían que haber detectado la discapacidad del 75% que padecía, y que el comportamiento de Eleazar podía ser compatible con haber consumido drogas o alcohol. “No es apreciable brutalidad en la actitud de los guardias de seguridad”, sostiene el auto, y añaden que hay que tener en cuenta que esos agentes sabían que había cámaras de seguridad grabándoles y testigos observando su actuación.

George Floyd y Eleazar García

En el escrito de acusación al que ha tenido acceso elDiario.es, la acusación particular establece una relación entre el caso de Eleazar con el de George Floyd. En mayo de 2020, Floyd, ciudadano afroamericano, moría asfixiado por un agente de policía de Mineápolis; en septiembre de 2019, Eleazar García fallecía por parada cardiorrespiratoria tras un episodio de estrés grave, tras presuntamente recibir una paliza y ser retenido.

Un millón de euros es lo que reclamaba la familia García en materia de responsabilidad civil a los acusados o, de forma subsidiaria, al Ayuntamiento de Gijón en representación de los policías o a la empresa Prosegur en la de los vigilantes. “Lo cierto es que se ha cometido un crimen contra un discapacitado”, añade el tío del fallecido. Ahora, tras la decisión de la Audiencia Provincial de cerrar provisionalmente las diligencias, anuncian que recurrirán.

Eleazar García tenía 30 años y parálisis cerebral grave. “Era un niño dentro de un cuerpo de hombre”, afirman sus familiares. El 8 de septiembre de 2019 asistía en compañía de su padre y un amigo al partido de la Selección Española de Fútbol contras Islas Feroe en el estadio El Molinón de Gijón. Salió del recinto desorientado y trató de volver acceder al mismo sin llevar su entrada.

Los agentes de seguridad -a los que luego se sumaron los policías- lo inmovilizaron y golpearon, como así afirmaron varios testigos oculares ante la jueza Belén García. También así lo afirma el escrito de la acusación: “Lo posicionaron boca abajo, con las manos en la espalda, y le golpearon reiteradamente, causándole innumerables contusiones y eritemas, erosiones en ambas muñecas, erosiones profundas en ambas rodillas, contusiones en ambos pómulos, erosiones en cara interna de pirámide nasal, en ambos brazos y pierna, en región lateral del cuello y en cara superior del tórax a la altura de la clavícula”. Así se recoge en el documento donde, además, se añaden varias circunstancias modificativas: los agravantes de abuso de superioridad y de motivos racistas además de la evidente discapacidad de la víctima.

La Fiscalía pidió archivar el caso

Que era violento, que estaba borracho, drogado o, incluso, que podía ser un terrorista, fue lo que afirmaron los vigilantes de la empresa Prosegur para justificar su actuación. Sin embargo, la magistrada que ha instruido el caso ha ido desmontando estas teorías en cada uno de los autos que ha ido emitiendo, y que ahora se han visto rebatidos por la Audiencia Provincial.

Eleazar fue detenido por un delito de atentado a un agente de la autoridad. Sostienen los vigilantes que, al negarle el paso, actuó de forma agresiva golpeando a una trabajadora de Prosegur. Aún no se sabe quién dio la orden de arresto. “Fue una detención ilegal”, afirma el portavoz de la familia de la víctima, “no le leyeron sus derechos”.

Los jueces de la Audiencia Provincial rechazan los argumentos de los agentes sobre que podía ser un terrorista o un ultra. Pero entienden que no hubo detención ilegal porque Eleazar empujó a uno de los miembros de seguridad del Estadio, y ese era motivo suficiente para detenerle.

La policía local trasladó a Eleazar, muy alterado, al centro de salud del Parque-Somió. Allí, después de volver a inmovilizarlo, sufrió un ataque epiléptico y fallo cardíaco que le causó su muerte minutos más tarde. La autopista practicada por los forenses indica que fue una muerte natural.

En enero, tras finalizar la instrucción, la Fiscalía solicitaba el archivo del caso al “no apreciar indicios de criminalidad” en la actuación de los vigilantes de seguridad y los policías locales. Consideraba, de esta manera, que la muerte de Eleazar García había sido natural y, la detención, dentro de la legalidad, sin violencia física de ningún tipo. Además, argumentaba que los ocho vigilantes y cinco policías acusados desconocían la condición de discapacitado del fallecido. Sin embargo, la magistrada desestimaba esta petición de la Fiscalía y se reafirmaba en su postura.

Las penas

La familia de Eleazar pedía penas que llegan hasta los 15 años de prisión. Por delito de homicidio imprudente, cuatro años de cárcel; por lesiones, tres años; dos años por delito a la integridad moral y finalmente seis años de prisión y ocho de inhabilitación por detención ilegal. En suma, los guardias jurados y los policías municipales de Gijón se podrían haber enfrentado a condenas de 9 y 15 años respectivamente además de una indemnización a los padres de Eleazar.

“Estas personas tienen que dar cuenta de sus actos como lo tienen que hacer los entes que las respaldan”, comenta Diego García. La familia exige el pago de 500.000 euros a cada parte involucrada, la de los vigilantes y la de los policías locales. En el caso de que los acusados no pudiesen afrontar dichas cantidades, la acusación exigía que tanto la empresa de seguridad privada Prosegur como el Ayuntamiento de Gijón (también propietario del estadio donde sucedió el incidente), respondan subsidiariamente de esta indemnización.

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