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El juez destaca las “incoherencias” de Bárcenas en el juicio de los discos duros y absuelve al PP

El extesorero del PP Luis Bárcenas, tras una de sus comparecencias en la Audiencia Nacional. / EFE

Pedro Águeda

El Partido Popular no puede ser condenado por destruir información de su caja B contenida en los ordenadores que había utilizado Luis Bárcenas porque no hay ninguna constancia de que esos discos duros guardaran esa o cualquier otra documentación. Esta es la tesis principal de la sentencia dictada por el juez Eduardo Muñoz de Baena en la que resulta absuelto el PP y los otros tres acusados. El magistrado se explaya para explicar lo que considera incoherencias y falta de fiabilidad del testimonio del extesorero, quien compareció como testigo en la vista porque durante la fase de instrucción ya había renunciado a acusar a su antiguo partido.

“No es coherente que el señor Bárcenas dijera el 15 de julio de 2013 que el pendrive contenía la totalidad de lo almacenado en el Toshiba y que, sin embargo, en las intevenciones en esta causa haya afirmado que quedaron datos en el ordenador; especialmente si se repara en la extrema imprecisión de la respuesta del testigo en el juicio”, escribe en su fallo el titular del Juzgado de lo Penal número 31 de Madrid. Muñoz de Baena se refiere a la extensa declaración en la que Bárcenas confesó la financiación irregular del PP durante dos décadas ante el juez Pablo Ruz y al pendrive que contenía las anotaciones que la plasman.

“Podría llegar a aceptarse, por más que resulte extraño, que el grado de exactitud del recuerdo se incremente progresivamente con el transcurso de tiempo si, de forma paralela se ha aumentado el esfuerzo memorístico. Lo que ya no puede aceptarse es que el cambio en el relato afecte a aspectos esenciales de una vivencia personal que han tenido que quedar sólidamente fijados en la memoria”, recoge el juez.

El Partido Popular estaba acusado de destruir a conciencia las memorias de dos ordenadores que Bárcenas dejó en la sala que se habilitó tras su “despido en diferido”. Las acusaciones populares, que han anunciado recurso, le atribuyen un delito de daños informáticos porque una persona jurídica no puede responder de encubrimiento, aunque alegan que el fin último del borrado fue obstruir la investigación de la caja B del PP, con lo que rebaten la aplicación de la doctrina Botín.

La Fiscalía, por el contrario, considera que el PP no debía ni ser juzgado porque la acusación popular no está legitimada, de acuerdo con la citada jurisprudencia que el Tribunal Supremo inauguró con el banquero, para acusar en solitario. El juez da la razón al Ministerio Público, pero defiende la celebración del juicio para que la Audiencia Provincial, que resolverá los recursos, pueda pronunciarse en su conjunto.

Luis Bárcenas ha venido defendido que en los discos duros había información relevante sobre la contabilidad de la caja B que no está en poder de la Audiencia Nacional. Llegó a denunciar al Partido Popular por irrumpir en la sala que se le había destinado de la sede de Génova, pero la denuncia fue archivada y el extesorero, tal y como se encarga de recordar el juez, no recurrió ese archivo. “Lo cierto es que, si su interés estaba principal o únicamente volcado en la información digital, no lo exteriorizó ni lo dejó traslucir en modo alguno. No ya en la denuncia policial, sino siquiera en su declaración judicial del 13 de marzo de 2013”, dice ahora el magistrado que ha juzgado el caso de los ordenadores de Bárcenas.

El juez Muñoz de Baena se encarga de recalcar que el hecho de que Bárcenas no resulte creíble sobre lo que guardaban los ordenadores no afecta a la existencia o no de una contabilidad B en el Partido Popular, pendiente de juzgar en la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. “El contenido de los equipos durante la primera mitad de 2013, de un lado, y la supuesta contabilidad oculta en el partido, de otro, son hechos independientes entre sí, material y procedimentalmente, del mismo modo que son independientes las valoraciones que puedan hacerse en una y otra causa de las declaraciones del sr. Bárcenas. Por ello, que aquí se estime que su testimonio sobre el contenido de los discos duros no es fiable, es compatible con la eventual credibilidad que se le pudiere otorgar sobre el funcionamiento contable y financiero del Partido Popular”, escribe en su sentencia de absolución al PP.

Bárcenas se sumó a la querella contra el PP en los juzgados de Plaza de Castilla por la destrucción de los ordenadores, pero a dos meses del arranque del juicio de Gürtel decidió retirarse y lo explicó con dos versiones diferentes. Primero, alegó que era una cuestión económica, que su abogado negó, y después que lo hacía para facilitar la gobernabilidad de España. “No sería prudente descartar la posibilidad de que en caso de colisión o de interferencias entre su deber de mostrarse veraz en este procedimiento y su estrategia de defensa en la causa en que ya ha sido acusado [la caja B, pendiente de juicio], hubiera optado por dar prioridad a ésta última. No en vano, en la testifical del señor Bárcenas en el plenario declaró asistido de abogado”, apunta el juez en el fallo.

Esas incoherencias en los dos testimonios de Bárcenas se extienden, según la sentencia, a la titularidad de los ordenadores. El magistrado considera acreditado que uno de los dos terminales pertenecía al Partido Popular y no a Bárcenas y que es imposible determinar con rotundidad a quien pertenece el otro.

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