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El juez García-Castellón archiva la causa contra Cifuentes en el caso Púnica

La expresidenta de madrileña Cristina Cifuentes. EFE/J.J. Guillén/Archivo

Pedro Águeda

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El instructor del caso Púnica, Manuel García-Castellón, ha archivado la causa contra la expresidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes por los delitos de prevaricación y cohecho por los que estaba siendo investigada en relación con la adjudicación del contrato de servicio de cafetería, cocinas y comedor de la Asamblea de Madrid en los procesos de licitación de 2009 y 2011 al empresario Arturo Fernández, donante del PP. Además, el magistrado considera que no se ha acreditado que Cifuentes participara en la presunta financiación ilegal del PP de la Comunidad de Madrid.

El juez se encarga de recordar en su auto que la imputación de Cifuentes respondió a un informe de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil en el que se aludía a las presuntas irregularidades cometidas en el contrato de cafetería, cocinas y comedor en la Asamblea de Madrid. El atestado policial partía de donaciones por parte de algunos empresarios a la Fundación para el Desarrollo Económico y Social de la Comunidad de Madrid (Fundescam), entre ellos Arturo Fernández, y del hecho de que la adjudicación de los contratos referidos, perteneciendo Cifuentes a la mesa de la Asamblea que los había acordado, contaban con irregularidades.

Después de todas las diligencias realizadas, el juez concluye que no se ha acreditado que Cifuentes tuviera participación alguna en la gestión económica de Fundescam, la fundación con sede en Génova que utilizaron empresarios como Arturo Fernández, del Grupo Cantoblanco, para financiar de forma irregular al PP madrileño. La imputación de que Cifuentes tuviera un previo conocimiento de la existencia de aportaciones por parte de empresarios a las cuentas de Fundescam “se basa en una mera especulación, ausente de todo elemento indiciario que la sustente”, explica el magistrado.

El juez añade que no ha resultado acreditado que Cifuentes ostentara cargo alguno en la citada Fundación. En definitiva, “no se desprende de lo actuado hasta el momento indicio alguno que permita sostener que la Sra. Cifuentes tuviera conocimiento de quienes eran los donantes de la Fundación Fundescam, ni ha resultado acreditada su participación en actividad alguna que tuviera relación con las funciones de administración, gestión, o contabilidad referida a la fundación”. Se trataba, únicamente, de ejercer como patrona, añade.

Por todo ello, escribe el juez, no se puede sostener que tuviera conocimiento de las donaciones vinculadas a Arturo Fernandez, por lo que no se puede sostener que su actuación en el proceso de licitación del servicio de cafetería, cocina y comedores de la Asamblea de Madrid “estuviera presidida por una voluntad de favorecer a este empresario por las donaciones que éste había realizado en la Fundación señalada”.

El magistrado asegura que el grupo que resultó adjudicatario era notoriamente conocido por gestionar esta clase de servicios. En el mismo sentido, concluye que no ha resultado tampoco acreditado que Tatiana Recorder realizara ninguna voluntad injusta o manifiestamente contraria a la ley, en orden a asegurar la adjudicación al Grupo Cantoblanco. En consecuencia, el juez archiva también la causa contra el empresario Arturo Fernández y de Tatiana Recorder.

El juez rechaza la participación de Cifuentes en la financiación ilegal del Partido Popular de la Comunidad de Madrid a través de la empresa SWAT: “No se sustenta en ningún tipo de indicio que permita corroborarla, tratándose de una mera sospecha ausente de fundamento alguno”. La resolución señala que la imputación se sustenta en las manifestaciones referidas por la directora de Comunicación de Esperanza Aguirre, Isabel Gallego, y que tanto Cifuentes como otro empresario aludido, Juan Miguel Madoz, lo han negado. El juez dice que a esto se añade que los documentos incorporados permiten constatar que “además que la señora Cifuentes no ostentaba cargo alguno vinculado con la contabilidad, gestión o administración de las elecciones del año 2008”.

 

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