Requisitos actuales para recibir una pensión de incapacidad permanente total

Requisitos incapacidad permanente total

Javier Garrido

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La incapacidad permanente total es una pensión que se reconoce a un trabajador debido a causa de una lesión o enfermedad que no le permiten realizar las tareas propias de su profesión habitual.

Hay que tener en cuenta que la incapacidad permanente total para la profesión habitual no invalida para llevar a cabo otra profesión diferente. Eso sí, siempre que no se entre en conflicto con la situación de incapacidad reconocida por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Normalmente, la pensión de la incapacidad permanente total es equivalente al 55% de la base reguladora. Si embargo, puede llegar hasta el 75% de la base reguladora al alcanzar los 55 años de edad, especialmente cuando el trabajador no se encuentra laboralmente activo.

Otro detalle clave de la incapacidad total es que siempre es revisable por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Con carácter general, esta revisión suele realizarse cada dos años, aunque los periodos de revisión pueden variar.

Cuando se produce una revisión del INSS, es posible mantener el grado de incapacidad permanente, aumentar, rebajar o retirar el derecho a percibir dicha pensión.

Hay que tener en cuenta que no existe una incapacidad permanente no revisable. Sin embargo, cuando la pensión de incapacidad se obtiene a través de la Justicia, las revisiones son menos frecuentes.

Requisitos generales para la incapacidad permanente total

Desde el INSS han actualizado los requisitos para poder ser beneficiario de una pensión de incapacidad permanente total en 2022. Existen una serie de condiciones generales y algunos requisitos específicos marcados por la contingencia.

En este sentido, estos son algunos de los requisitos más importantes para recibir la incapacidad total en 2022, tal y como informan los profesionales de ‘CampmanyAbogados’:

  • Tener menos de 65 años de edad o haber alcanzado dicha edad siendo la causa de la incapacidad una contingencia común y no tener los requisitos para poder acceder a la jubilación contributiva.
  • Estar de alta o en situación asimilada de alta en la Seguridad Social.

Con respecto a este último requisito, en cado de que la incapacidad permanente total derive de enfermedad profesional o accidente de trabajo, y el empresario no hubiera dado de alta al trabajador, el alta se producirá de forma automática por parte del INSS.

Requisitos de cotización

En función del origen de la incapacidad, para que se reconozca un grado permanente total es necesario tener en cuenta una serie de requisitos de cotización. Por ejemplo, en caso de enfermedad común, si el trabajador tiene menos de 31 años en la fecha del hecho causante, debe haber cotizado un tercio del tiempo transcurrido entre el momento que cumplió los 16 años y el momento del hecho causante.

Por otra parte, si el trabajador es mayor de 31 años, debe tener cotizado una cuarta parte del tiempo desde los 20 años hasta la fecha del hecho causante; siempre con un mínimo de cinco años cotizados a la Seguridad Social.

Sin embargo, cuando el hecho causante es un accidente de trabajo o enfermedad profesional, el Instituto Nacional de la Seguridad Social no requiere de ningún periodo previo de cotización para ser beneficiario de una pensión de incapacidad permanente.

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