Diferencias claves entre incapacidad permanente y discapacidad

Diferencias entre incapacidad permanente y discapacidad

Javier Garrido

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Muchas personas utilizan de manera indistinta los conceptos de incapacidad permanente y discapacidad. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que se trata de términos que guardan cierta similitud y que también presentan diferencias importantes.

Por un lado, la discapacidad es el reconocimiento de una deficiencia física, psíquica o sensorial por parte del organismo que corresponda en cada Comunidad Autónoma. Así lo definen los profesionales de ‘CampmanyAbogados’.

Si bien, la incapacidad permanente se trata de una pensión económica que se concede a un trabajador que no puede realizar una actividad laboral debido a una lesión o enfermedad.

Diferentes entre discapacidad e incapacidad permanente

Otra diferencia importante entre ambos términos se encuentra en la forma de establecer sus diferentes niveles. Es decir, la incapacidad permanente se mide en grados: Parcial, total, total cualificada, absoluta y Gran Invalidez. Mientras, la discapacidad se mide por diferentes porcentajes.

En cualquier caso, es necesario destacar que existe un vínculo importante entre incapacidad permanente y discapacidad. Y es que cualquier beneficiario de una incapacidad permanente ya se le reconoce una discapacidad del 33% automáticamente.

En definitiva, la gran diferencia entre la discapacidad o incapacidad permanente es la percepción de una pensión, que es la razón de ser de una incapacidad permanente.

Por su parte, las personas con discapacidad únicamente pueden percibir una pensión con una discapacidad igual o superior al 65%. Además de igual o superior al 45% en situaciones excepcionales.

La diferencia clave, la pensión

La razón de ser de una incapacidad permanente es la percepción de una pensión en cualquiera de sus grados debido a que una lesión o enfermedad impide trabajar a la persona. Igualmente, una persona beneficiaria de una pensión de incapacidad, contará de forma automática con una discapacidad reconocida del 33%.

En el caso de la discapacidad, solo pueden percibir una pensión como tal aquellas personas con grado superior al 65%. Si bien, si que es posible acceder a una pensión de jubilación anticipada por discapacidad, que no es lo mismo.

Sin embargo, la discapacidad según el grado contempla una serie de beneficios fiscales y sociales, algo que no ocurre como tal en el caso de la incapacidad permanente.

Hay que tener claro que un grado de discapacidad inferior al 33% no contempla ningún tipo de beneficio en este sentido. Sin embargo, un grado de discapacidad entre el 33% y el 64% entraña una serie de ventajas fiscales, sociales y laborales.

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