La Audiencia de Sevilla ratifica la multa de 5.700 euros a la actriz María León por agredir a un policía
La Audiencia de Sevilla ha confirmado la multa de 5.700 euros a María León por un delito de resistencia y otro leve de lesiones por haber agredido a la Policía Local de la capital hispalense en el mes de octubre del año 2022 junto al Parque de María Luisa. Con ello, se ha rechazado los recursos de los agentes atacados que ejercen la acusación particular y de la Fiscalía de Sevilla contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 12 de Sevilla para que se incluyera la pena de cárcel, según ha adelantado el Grupo Joly y confirmado elDiario.es.
Contra esta resolución solo cabe recurso de casación. Además, cabe recordar que, en la sentencia de marzo del año pasado, el juzgado condenaba a la acusada al pago de una multa de 4.800 euros por un delito de resistencia y al abono de una multa de 900 euros por un delito leve de lesiones, concurriendo la atenuante de reparación del daño.
Asimismo, la investigada tendrá que indemnizar a la agente lesionada en la cantidad de 100 euros, a cuyo fin se destinará la cantidad de 150 euros consignada por la propia acusada antes de la celebración de la vista oral, con devolución en su caso del sobrante. De otro lado, el juzgado absuelve a los otros dos acusados que fueron enjuiciados junto a la actriz por delitos de atentado, resistencia y desobediencia.
Pena de cárcel
En el juicio, la Fiscalía solicitó para la acusada un año y nueve meses de cárcel por un delito de atentado y el pago de una multa de 720 euros por un delito leve de lesiones, así como que indemnizara a la policía lesionada con 100 euros. Asimismo, pidió para un segundo investigado un año de prisión por un delito de atentado, y para el tercer acusado reclamó nueve meses de cárcel por un delito de resistencia.
La magistrada considera probado que los hechos tuvieron lugar sobre las 4.45 horas del día 1 de octubre de 2022, cuando los tres acusados paseaban por la avenida de María Luisa de la capital hispalense junto con otros acompañantes, uno de ellos en bicicleta, procedentes de una cena y en busca de un local abierto.
De este modo, dos agentes de la Policía Local que se encontraban de servicio en coche patrulla y uniformados, exhibiendo placa emblema, procedieron a dar el alto al ciclista y le requirieron para que se sometiese a las pruebas de determinación del grado de impregnación alcohólica, para lo cual solicitaron la presencia del vehículo policial que portaba el denominado test de aproximación y, tras su realización y a la vista de su resultado, pidieron la presencia de furgón policial para la práctica de prueba con etilómetro evidencial.
La sentencia considera probado que, durante esta actuación, la actriz acusada fue requerida por los agentes para identificarse, mientras que, posteriormente, le informaron de que iba a ser conducida a dependencias policiales para su identificación en forma, motivo por el que la acusada se introdujo por su propio pie en el vehículo policial.
Propinó un puñetazo a una agente
Al hilo, la jueza añade que, una vez iniciada la marcha por el vehículo policial, uno de los acusados “se situó delante del mismo, impidiendo que continuase avanzando, mientras los agentes desde el interior hacían indicaciones con gestos para que se apartara hasta que, finalmente, descendieron del vehículo para poder reanudar la marcha”, momento en el que una persona no identificada abrió la puerta trasera del vehículo policial.
Los dos agentes del vehículo policial “fueron tras ella y trataron de sujetarla cada uno por un brazo”, momento en el que la acusada, “movida por el ánimo de oponerse a la actuación policial y asumiendo causar con ello un menoscabo físico a la agente, forcejeó y lanzó un puñetazo con el brazo izquierdo a la agente en la mejilla derecha, perdió el equilibrio y cayó al suelo, desde donde le lanzó también una patada al tiempo que se dirigía a ella diciéndole ”hija de puta, zorra“”.
En este punto, la magistrada considera igualmente probado que, la acusada “trató de eludir a los agentes, intentando huir de los mismos, hasta que le dieron alcance, reteniéndola contra una valla, donde la agente trató de ponerle los grilletes, precisando la ayuda” de dos compañeros en tanto la condenada “gritaba que no la tocaran”.
Tal y como recoge la sentencia, mientras la agente “trataba de proceder a la detención” de la investigada, “otra persona, con total desprecio por el principio de autoridad y asumiendo la posible causación de menoscabo físico a la agente, la sujetó del chaleco protector que llevaba, zarandeándola con intensidad para impedir que pudiera esposar” a la acusada, “cesando en su actitud sólo cuando fue separado por otro agente”, aunque la jueza no considera que el autor de tales hechos fuera uno de los acusados que ha sido por ello absuelto.
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