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Las cosas que la RAE sí reconoce que se podrían cambiar de la Constitución para hacerla inclusiva

Ejemplar de la Constitución de 1978 firmado por el rey Juan Carlos I

Belén Remacha

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Ya está listo. Tras algún retraso, la Real Academia Española (RAE) ha enviado a Carmen Calvo el informe (no vinculante) con recomendaciones sobre el uso del lenguaje inclusivo en la Constitución de 1978 que la vicepresidenta encargó en julio de 2018, cuando mantenía las competencias en materia de Igualdad que ahora pasan al Ministerio de Irene Montero. La RAE, en palabras de su director, Santiago Muñoz Machado, que lo ha hecho público, considera que el lenguaje de la Carta Magna “es impecable”, “tanto en 1978 como en 2020”. No es necesario, según sus criterios, modificar el empleo general del masculino plural y singular.

Eso quiere decir que, basándose en “la práctica general de los hispanohablantes”, para la RAE expresiones como 'los españoles' (el grupo nominal más repetido) y 'los ciudadanos' “tienen indudable valor inclusivo en nuestra Constitución”. Sin embargo, la “institución tricententaria” (así se autodefine en el documento) no está cerrada a algunos cambios. Aunque reivindique el masculino como forma inclusiva y gramaticalmente correcta, acepta otras formas, como el desdoblamiento (“los españoles y las españolas”) y los sustantivos colectivos (“la ciudadanía española”). También, como avanza en la nota introductoria, considera que “cuando proceda” sí sería “aconsejable” hacer algunos cambios para adecuar la redacción “a las realidades de hoy”.

La reina y el rey

En lo que más claro es el informe de la RAE, que con los anexos suma 155 páginas, es en la conveniencia de hacer modificaciones a los artículos que hacen alusión a la Corona. Esto es porque, de todas las menciones que hay al rey, la palabra “reina” solo aparece dos veces, las dos en el punto 58. “La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales”, se lee en él. También, en otros, “los reyes”, una fórmula que “oculta en cierta forma que la titularidad de la Corona corresponde solo a un miembro de la pareja”.

Para evitar esa “potencial ambigüedad” y teniendo en cuenta “que el próximo Jefe del Estado tendrá previsiblemente sexo femenino”, estarían a favor de que la Constitución reflejara expresamente “que el titular del trono puede ser un hombre o una mujer”. Invitan a que no solo se use la disyuntiva “el Rey o la Reina”, sino a alternarlo con “la Corona” o “la Jefatura del Estado”. Por otro lado, el sustantivo “princesa” no aparece en todo el texto, cuando sí “príncipe”. Por los mismos motivos, se abren a que esto cambie. Eso sí, recalcan que “hasta el día de hoy, después de 41 años de vigencia” nada de esto “ha planteado problemas de interpretación”.

“La presidenta y el presidente” puede ser reiteración

La RAE no lo ve tan obvio con otros cargos y oficios únicos, como el de presidenta del Gobierno, o del Congreso, o del Senado, o el de Defensora del Pueblo. Todos ellos tanto en plural como en singular aparecen en la Carta Magna como masculinos. Para ellos, eso no equivale a “el varón que ocupe el puesto”, sino a “la persona que ocupe el puesto”. Lo reafirman en que es así en todas las constituciones analizadas de países hispanohablantes y con lenguas romances, excepto en la de Venezuela, y en que ha habido tres presidentas del Congreso, dos del Senado y una Defensora del Pueblo y “como es lógico” ningún jurista ha percibido irregularidades.

A pesar de esto, por razones “políticas o sociológicas”, y valorando “el valor simbólico y representativo de la Constitución”, entienden que haya quien pida que ésta enfatice “la absoluta igualdad de hombres y mujeres” en el acceso a responsabilidades. Por eso, sí plantean dos soluciones: desdoblar ocasionalmente los cargos (“el presidente y la presidenta), o al menos la primera vez que se mencionen; y desdoblarlos todo el rato, alternando con fórmulas impersonales como ”quien ocupe la presidencia“ o ”la Presidencia“.

Pero las dos opciones pueden ser problemáticas. Una porque “podría darse a entender” que cuando no se mencione explícitamente a las mujeres, estas no están incluidas; la otra porque “requiere reiteraciones y paráfrasis”. Así que, si bien “no corresponde a la RAE elegir”, señalan que lo único que no presenta inconvenientes lingüísticos es dejarlo como está: manteniendo el masculino.

Los hijos, las hijas y el matrimonio homosexual

Como también especifican los académicos en su nota introductoria, la adaptación del lenguaje a las realidades de hoy se ve sobre todo en las voces relacionadas con el matrimonio y otras relaciones familiares. Así que luego, en el desarrollo, concretan que en los artículos 39.2, 39.3 y 39.4, hablar de “los hijos”, “los niños” y la protección de sus progenitores es inclusivo y se extiende a “las niñas”, pero hablar solo de “los padres” sí parece “contraponerse” a “las madres”.

Así que sugieren otras fórmulas, como “tanto los padres como las madres”, para que se entienda mejor. Además, lo que recuerdan es que la Constitución no hace referencia a los permisos ni de paternidad ni de maternidad, y que tampoco contempla la posibilidad, en 1978 inexistente pero no en 2020, de que un matrimonio esté formado por dos personas del mismo sexo o de que un menor tenga dos padres o dos madres. Aunque tampoco ha dado problemas jurídicos a nadie, “sí podría ser más explícita”.

“Disminuidos”: un anacronismo

La RAE reconoce un anacronismo en la Constitución: en el artículo 49 se habla, para exponer las políticas públicas para el tratamiento e integración de las personas con discapacidad, de “disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos”. “Si llegaran a plantearse en algún momento otras actualizaciones de la Constitución en materia de léxico”, comenta el informe, “cabría considerar” cambiarlo por “discapacitados”, “mucho más común en la actualidad”.

El ejército

La Academia valora el uso del masculino plural en todo momento como “inclusivo”, pero hace una excepción: los artículos (30.2 y 30.1), sobre “las obligaciones militares de los españoles” y al “derecho y deber de defender España”. “Es probable que en 1978 no tuviera valor inclusivo” en ese caso, reconocen. Es porque, en ese momento, la mili era obligatoria, pero solo para los varones. Así que el legislador no pudo pensar en las mujeres al escribirlo, “aun cuando pudiera tener valor inclusivo en la actualidad”. Sin embargo, como “la lectura no inclusiva no parece ya posible”, no ven imprescindible acometer una reforma constitucional solo por este apartado.

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