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Un juzgado madrileño pide a Paraguay que tome declaración al médico de una fallecida en el CIE

Imagen de archivo de una manifestación frente al CIE de Aluche, Madrid (FOTOGRACCIÓN)

Europa Press

Madrid —

El Juzgado de Instrucción número 38 de Madrid ha librado una comisión rogatoria a Paraguay para que se tome declaración “en calidad de imputado” a uno de los médicos que atendió en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Aluche a Samba Martine, fallecida en 2011 tras 38 días recluída sin que el equipo médico del centro le hubiera diagnosticado enfermedad.

La providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, atiende a la reclamación cursada por la acusación popular que ejercen SOS Racismo y Ferrocarril Clandestino, conforme adelantó la Cadena SER, después de que el juzgado imputase a dos médicos y dos sanitarios del centro, así como a la directora de la empresa que gestionaba el servicio en aquella época.

Para la acusación popular, es determinante la declaración de este facultativo, J.E.O., que actualmente vive en Paraguay, pues fue quien realizó “el reconocimiento médico inicial” a Samba Martine, fue “quien más veces la asistió durante su internamiento en el CIE” y, además, “pudiera ser el médico que se encontrara presente el día de su fallecimiento”.

Con la comisión rogatoria, que plantea la posibilidad de que el médico preste declaración “a través de sistema de videoconferencia”, el juez da un paso más en la instrucción antes de decidir si el caso queda finalmente sobreseído o se dicta la apertura de juicio oral, tal y como explican a Europa Press en fuentes de la acusación.

Samba Martine fue internada para su deportación en el CIE de Madrid el 12 de noviembre de 2011 procedente del Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes de Melilla, donde le habían realizado una analítica de VIH que dio positiva. Permaneció en el centro 38 días, durante los que requirió asistencia médica en al menos diez ocasiones, y después falleció.

Según la acusación, que ejercen tanto las citadas ONG como la familia de Martine, que dejó huérfana a una niña de 9 años, en ningún momento se le practicó prueba diagnóstica alguna para averiguar las razones de su mal estado de salud y sólo en una ocasión contó con un intérprete durante la atención médica.

Aunque inicialmente el caso fue archivado, la Audiencia Provincial de Madrid ordenó el pasado mes de enero la reapertura al entender que se cerró indebidamente y sin que se hubiera indagado suficiente en los múltiples indicios de posible responsabilidad penal por parte del servicio médico del CIE.

Aquel auto mencionaba, entre otras cuestiones, que el examen médico inicial que se le hizo al ingreso en el CIE dice que Samba Martine estaba “bien”, algo que a juicio de la Audiencia Provincial “no parece comparecerse con los requerimientos del precepto”, especialmente porque ese mismo día la fallecida acudió al servicio médico al encontrarse mal.

Asimismo, valoraba el hecho de que existían testigos del mal estado de salud de Martine durante las tres semanas de internamiento y destacaba que existían contradicciones entre la historia clínica manuscrita de la joven y el informe remitido al juzgado por el servicio médico, contradicciones éstas que “aparentemente tratan de ocultar el conocimiento por parte del personal médico de síntomas relevantes que debieran haber hecho pensar la existencia de padecimientos graves y no fueron tomados en consideración”.

“Si este personal hubiera dejado de indagar suficientemente las causas del mal estado de la interna, dicha insuficiencia pudiera haber transformado el riesgo de morir de una infección en un riesgo que rebasa las fronteras de riesgo permitido, en un riesgo prohibido e imputable a los facultativos en cuestión”, decía el magistrado de la Audiencia argumentando así la necesidad de revocar el sobreseimiento y continuar con la instrucción.

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