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El Constitucional anula definitivamente la Ley de referéndum

El TC, durante una de sus reuniones

Gonzalo Cortizo

El Tribunal Constitucional ha declarado por unanimidad la inconstitucionalidad de la Ley de referéndum, aprobada por el Parlament el pasado 6 de septiembre. La Ley que permitió la celebración de la consulta del 1-O estaba ya suspendida de facto, tras el recurso aprobado por el Gobierno. Lo que ahora hace el TC es sentenciar en firme contra esa norma. 

El tribunal, que estima el recurso presentado por la Abogacía del Estado, afirma que la norma invade competencias estatales en materia de consultas de carácter refrendario y vulnera principios constitucionales como la soberanía nacional y la indisoluble unidad de España.

En su sentencia, el TC asegura que la aprobación de esa ley, incurrió en muy graves quiebras del procedimiento legislativo“, afectando a los derechos fundamentales de todos los ciudadanos a participar en los asuntos públicos mediante representantes. 

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Ollero, asegura que “un poder que niega expresamente el derecho se niega a sí mismo como autoridad merecedora de acatamiento”. 

El Constitucional se detiene en el análisis del pleno del Parlament que aprobó la citada ley, ahora anulada: “En la tramitación parlamentaria de lo que terminó siendo la Ley 19/2017 se incurrió en muy graves quiebras del procedimiento legislativo, que afectaron a la formación de la voluntad de la Cámara, a los derechos de las minorías y a los derechos de todos los ciudadanos”. 

La sentencia es de obligado cumplimiento y así se lo recuerda el TC a todos los cargos de la Generalitat, a quienes conmina a “impedir o paralizar cualquier iniciativa que pudiera suponer ignorar o eludir el fallo de esta sentencia”.

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