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Quiénes son los agentes de movilidad y por qué pueden detener tu coche

El cuerpo de agentes de movilidad, en una foto del Ayuntamiento.

Alejandro López

Un “recetario” de multas electrónico y un silbato como armas para hacer valer su figura de la autoridad, solo en materia de tráfico. Porque en lo que tiene que ver con la circulación en Madrid, lo son. Así de claro lo deja el reglamento municipal del cuerpo, a pesar de las dudas que puedan existir tras el incidente protagonizado este jueves por Esperanza Aguirre y una pareja de agentes en la Gran Vía. Estos funcionarios “tienen la consideración de agentes de la autoridad subordinados a los miembros del Cuerpo de Policía Municipal”, según reza el reglamento municipal.

El procedimiento de actuación de un agente de movilidad es el siguiente, según fuentes del cuerpo: “No se puede parar un coche porque parezca sospechoso. Sólo se puede detener un vehículo si está cometiendo una infracción, pero también se puede parar a un vehículo por un piloto fundido o porque no lleve la pegatina de la ITV. No hace falta que sea algo flagrante. Tampoco se puede registrar el vehículo o pedir que te abran el maletero, pero sí puedes pedir que se te muestren los triángulos reglamentarios para averías”.

Cuando se ha parado el coche se informa de la infracción cometida y se requiere “siempre” la documentación del vehículo y el carné de conducir, “para comprobar que tanto el coche como el conductor están en situación legal para circular”, explican. También solicitan el resguardo del seguro, que “es obligatorio aunque se pueda comprobar con la base de datos. Una base de datos que, por cierto, es la misma que la de Policía Municipal”, señalan.

Jesús Méndez, portavoz del sindicato CSIT señala que Aguirre no llegó a aportar toda la documentación, ya que le faltaba el permiso de circulación del vehículo. “El conductor está obligado a entregar esos datos, y no hacerlo puede suponer incluso una denuncia por desobediencia”.

La labor del agente termina con la impresión de la notificación de la denuncia tras imprimirla con la PDA. Si hay complicaciones de otro tipo, los agentes tienen poco margen de maniobra. No están capacitados para detener a nadie, pero sí para retener sin el empleo de la fuerza, lo que implica la absoluta disposición del presunto infractor, según señalan desde el sindicato municipal CPPM. En caso de resistencia o caso omiso, su labor termina. “Si hay algún incidente de orden público, se pasan los datos a la Policía Municipal o la Policía Nacional, que son los que tienen competencias en esa materia”, señala Julián Leal, portavoz de CPPM.

Un cuerpo que creó Gallardón

Regulan el tráfico de Madrid desde junio de 2004 y se crearon, durante el mandato de Alberto Ruiz-Gallardón, con la finalidad de liberar la Policía Municipal de las labores de organización del tráfico en la capital del país y centrarlos en la seguridad ciudadana. A pesar de su corta historia, el cuerpo de los agentes de movilidad languidece dentro de la plantilla de funcionarios municipales. Se concibieron como un cuerpo de 1.200 efectivos para cubrir las necesidades que podía plantear la ciudad de Madrid hace una década. Hoy son alrededor de 650, según fuentes sindicales, y las últimas plazas nuevas se convocaron hace ya cinco años, en 2009.

Esta continua reducción de los miembros del cuerpo de Movilidad hace que muchas de las zonas que tienen que cubrir pasen la mayor parte del tiempo desatendidas. Fuentes del cuerpo señalan que la práctica actual, desde hace poco más de un mes, es que vigilen solos en los puestos fijos, en lugar de en parejas como hasta ahora. La glorieta de Atocha-Carlos V, la estación de Atocha Renfe, Cibeles o Colón son algunos de los enclaves en los que se ha reducido personal, según fuentes sindicales.

Esta organización del tráfico en soledad puede poner en entredicho sus actuaciones, ya que parte del procedimiento sancionador se hace en presencia del compañero, como por ejemplo, la declaración en la denuncia de que el infractor se ha negado a firmarla en el caso de que así fuera. “En estos casos, en el espacio reservado para la firma del denunciado se refleja que ha renunciado a hacerlo, pero siempre en presencia del compañero”, señala Leal.

El cuerpo se ha visto envuelto en la polémica en diversas ocasiones, sobre todo en cuanto a las atribuciones que les otorgó el Ayuntamiento de Madrid. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid consideró en 2010 nulas dos de las funciones que tenían asignadas: las relativas a la vigilancia y control de los transportes, tanto públicos como privados, para hacer cumplir sus normas reguladoras. El argumento del tribunal, que respaldó el Tribunal Supremo en mayo de 2012 ante los recursos municipales, fue “que tales agentes sólo pueden ejercer funciones de ordenación, señalización y dirección del tráfico en el casco urbano, y no funciones de vigilancia y control en relación con las normas reguladoras del transporte de pasajeros”, una competencia de la Comunidad de Madrid.

En 2011, ante la supuesta frecuencia con la que algunos agentes iban al cuarto de baño, el Ayuntamiento decidió adoptar la medida de descontarles el tiempo perdido. En un caso se suspendió al agente de empleo y sueldo siete días por ir desde el puesto asignado al servicio de la unidad, ubicada a 200 metros. Según datos del sindicato CSI.F, en un colectivo de 600 agentes se han abierto más de 500 expedientes por distintas causas.

Más recientemente, los agentes y su uniforme fueron motivo de una de las quejas de los miembros del COI que evaluaron la última candidatura olímpica de Madrid: argumentaron que una vestimenta tan parecida a la de los policías y una diferencia tan grande de funciones podía ocasionar confusiones importantes entre los visitantes extranjeros.

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