Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Instituciones Penitenciarias suspende la investigación con descargas para reducir la agresividad en personas presas

Vista del exterior del centro penitenciario de Córdoba, una de las dos prisiones donde se realizó el ensayo

Javier Ramajo

“Esta semana se ha comunicado al investigador la paralización definitiva de la investigación”. Instituciones Penitenciarias ha decidido suspender la realización en el interior de la cárcel de un estudio de la Universidad de Huelva (UHU) que incluía una corriente continua de muy baja intensidad (1.5 mA) aplicada a personas presas para evaluar posibles cambios en la agresividad.

Fuentes del departamento del Ministerio del Interior informan a eldiario.es Andalucía de que ha imposibilitado definitivamente la continuación de la investigación, que estaba paralizada cautelarmente desde hacía unos meses y cuyas últimas pruebas se habían ejecutado en el primer semestre del año pasado, cuando aún dirigía el Gobierno el Partido Popular, que a finales de 2015 dio su permiso para el desarrollo del estudio dentro de las cárceles.

“Los internos no pueden ser objeto de investigaciones médicas más que cuando éstas permitan esperar un beneficio directo y significativo para su salud y con idénticas garantías que las personas en libertad”, señala el artículo 211 del Reglamento Penitenciario, que ha sido uno de los motivos fundamentales para la paralización definitiva de la investigación, añaden las fuentes, que también aluden a un informe de 2016 del Ministerio de Sanidad en el que no se recomienda la estimulación cerebral al no tener “evidencia de calidad” y a la ausencia de un equipo multidisciplinar entre los investigadores.

Se trataba de una técnica de estimulación transcraneal denominada tDCS para explorar la relación entre determinadas áreas del cerebro y la agresividad, que fue aplicada el año pasado a 41 personas presas de los centros penitenciarios de Córdoba y Huelva, en el marco de un estudio académico dirigido por Andrés Molero, profesor titular y coordinador del Área de Psicobiología de la UHU, quien había pedido ampliar el estudio el pasado diciembre.

Una corriente eléctrica suave y continua durante 15 minutos, y en tres días consecutivos, permitió que los internos participantes presentaran posteriormente niveles más reducidos de agresividad, según las primeras conclusiones del 'experimento', publicadas en la revista internacional de divulgación científica New Scientist. Cuando trascendió la investigación, voces en el sector penitenciario y activistas por los derechos humanos clamaban contra lo que consideran una “vulneración de los más esenciales derechos fundamentales de las personas presas”, principalmente por tomar a los internos como 'conejillos de indias' en un contexto como el penitenciario.

Propuesta “ciertamente controvertida”

Instituciones Penitenciarias reconoce en su escrito de suspensión definitiva, según informa Europa Press, que “el alcance y metodología de la investigación eran desconocidos para el actual equipo de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias” y que este tipo de propuesta “no hubiera sido autorizada en la actualidad” debido a que es “ciertamente controvertida”.

“No se encuentra con el parangón de este tipo de investigaciones con población reclusa en países de nuestro entorno y tampoco existe unanimidad en la comunidad científica respecto de la utilidad, pertinencia y finalidad del uso de técnicas de esta naturaleza”, explica en su resolución el director de Prisiones, que añade: “Ni siquiera es una técnica que forme parte habitual del repertorio de las utilizadas en el ámbito de la salud pública”.

Instituciones Penitenciarias alude al informe del Defensor del Pueblo mostrando su preocupación por este proyecto sobre todo por las “dudas sobre el otorgamiento verdaderamente libre del consentimiento dado por los internos objeto de la investigación y sobre el cumplimiento estricto de la normativa nacional e internacional”. Esas “consideraciones éticas” se han tenido también muy en cuenta, apuntan las fuentes de Instituciones Penitenciarias.

Entre los defectos, la resolución cita la falta en el equipo investigador de especialistas médicos en neurofisiología clínica o la falta de acreditación de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps). “No existe evidencia de calidad sobre la efectividad de la tDCS en el tratamiento en ninguno de los trastornos estudiados hasta el momento”, concluye Instituciones Penitenciarias en la resolución, que agota la vía administrativa pero que se puede recurrir en alzada.

Ningún incidente, defiende el profesor

Andrés Molero explicó en su momento a este periódico en que consistía la investigación: “Aplicamos una corriente continua de muy baja intensidad (1.5 mA) durante 15 minutos en la región cerebral objetivo (la corteza prefrontal), durante tres días consecutivos, y evaluamos los posibles cambios en la agresividad autopercibida de los participantes con respecto a las puntuaciones obtenidas antes de la estimulación. No se registró ningún incidente en el estudio, los participantes no reportaron ningún efecto relacionado con el estudio, y, en el caso de los participantes que recibieron estimulación real (frente aquellos que recibieron estimulación falsa), sus puntuaciones en agresividad autoinformada se redujeron significativamente”.

La técnica tDCS, que se aplica con unos electrodos colocados en la frente, decía Molero que “está validada científicamente, es segura y no induce efectos adversos importantes”. Los más frecuentes son “algo de picor y calor en la zona de la piel bajo el electrodo”, señala, añadiendo que la técnica “se emplea en numerosos hospitales y centros de salud de todo el mundo con un potencial terapéutico y de investigación muy alto”. Las personas presas que participaron en el estudio fueron diferenciados según el grado de agresividad (con condena por asesinato y sin ella), a quienes se se evaluaron cuatro dimensiones de agresión mediante un cuestionario estandarizado.

El profesor explicó los motivos que le llevaron a realizar el estudio, publicado también en ScienceDirect: “Debido a la relevancia científica que supone conocer mejor las áreas del cerebro relacionadas con la agresividad, solicitamos permiso al Ministerio del Interior para realizar el estudio en prisiones, que nos concedieron en 2016 y nos ratificaron en febrero de 2019. Los participantes eran voluntarios, no recibieron ninguna compensación o privilegio de algún tipo por su participación, y solo aquellos que cumplieron con los criterios de inclusión y exclusión, y firmaron el consentimiento informado, el documento de información del estudio y la hoja de condiciones de exclusión del estudio, pudieron participar”. Al tratarse de dos prisiones distintas se realizaron dos solicitudes, una para cada prisión, apunta el profesor, en ambos casos autorizadas por Instituciones Penitenciarias.

El contexto penitenciario

María Luisa Díaz Quintero, vocal de la Subcomisión de Derecho Penitenciario del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), declaró a este periódico que no conseguía “encontrar el marco normativo que ampare tal indignidad y tal vulneración de los más esenciales derechos fundamentales de las personas presas, ni las razones éticas que pudieron llevar tanto al Ejecutivo anterior como al actual, a autorizar 'experimentos' de tal calibre”.

“¿Acaso pretenden hacernos creer que una persona presa puede otorgar consentimiento libre y voluntario estando bajo la custodia de una maquinaria en posición de superioridad como es la Administración Penitenciaria?”, señaló en un artículo publicado en el blog penitenciario del CGAE. En esta misma línea se mostró José Revilla, abogado de la Federación Enlace en Huelva consultado por este periódico: “Además de las dudas médicas que levanta y de que la inocuidad no esté demostrada, las personas presas tienen una relación de sujeción especial y su supuesto consentimiento se da en un contexto muy particular como es el penitenciario”.

“El carácter voluntario del consentimiento queda vulnerado desde el momento en el que es solicitado por personas en una posición de autoridad y sin que le queden muchas opciones para rechazar, reflexionar o decidir libremente. Y este es el caso que nos ocupa; una persona bajo custodia de la Administración penitenciaria carece del principio más relevante de este consentimiento, cual es la autonomía de ser libre en la adopción de su decisión”, concluía María Luis Díaz.

Etiquetas
stats