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¿Debemos cambiar el actual modelo andaluz de acogimiento residencial de menores?
A lo largo de la historia toda sociedad ha construido un sistema de protección social para que aquellos niños, niñas y adolescentes que no disponían de una familia donde crecer y desarrollarse pudiesen hacerlo. Estos sistemas han variado a lo largo de los años y han evolucionado desde la mera caridad hasta la concepción de crear un sistema de protección social que gire en torno a los derechos del niño.
En Andalucía, cuando la comunidad autónoma se creó y asumió la competencia en materia de servicios sociales se produjo una gran transformación en esta materia: en primer lugar, se introdujo normas para que el sistema de protección fuese profesionalizado y no dependiente de instituciones de caridad, en segundo lugar, se creó la red preventiva que tenía como objeto evitar situaciones de riesgo, y por último, se apostó, de manera decidida, por el acogimiento familiar frente a una estancia en residencias.
Las medidas puestas en marcha han provocado que se produzca una radical transformación del perfil de menores de los servicios de protección en entornos residenciales. En los centros de protección de menores ya no hay niños y niñas pequeños, esta realidad ya ha sido superada porque estos tienen, en la mayoría de las ocasiones, una alternativa familiar. Por el contrario, en el entorno residencial de protección de menores nos solemos encontrar a adolescentes, en su inmensa mayoría, que no cuentan con alternativa familiar y que van a tener que vivir en los centros de protección de menores hasta que cumplan la mayoría de edad. Son adolescentes que ingresan tarde en el sistema, que pueden presentar daños por las situaciones del maltrato que han vivido y con un bajo nivel formativo. Para terminar de construir este nuevo perfil, no debemos olvidar los menores sin acompañamiento familiar, muy presentes en el actual sistema de protección de menores de nuestra Comunidad y prácticamente unos desconocidos en el mismo hasta mediados del año 2006, cuando empezaron a incorporarse.
Es por ello que podemos considerar que hoy en día es necesario adaptar el sistema existente a la realidad que estamos viviendo, y no hay mejor momento que el actual. Para esto es necesario que la ley de infancia de Andalucía sea modificada, para recoger los principios de la legislación marco estatal.
Numerosos estudios, principalmente del catedrático Jorge Fernández del Valle, acreditan que entorno al 60% de los menores en protección precisan de una especial atención psicológica. Para estos menores se debe de generar un sistema que repare los daños que han sufrido durante años en su entorno a causa de diferentes tipos de maltrato. También acreditan los mismos autores que para que se produzca un adecuado buen trato el entorno residencial no debería tener mas de 6 residentes, eliminando por completo las macro residencias de 30 o mas menores que desafortunadamente aun existen.
Pero hay otro porcentaje no pequeño de personas que necesitan del sistema de protección a la infancia y que en principio tienen una gran capacidad de resiliencia y un alto grado de autonomía. A esta circunstancia debemos sumar la proximidad a la mayoría de edad de muchos de estas jóvenes.
Un sistema social que quiera proteger a niños, niñas y jóvenes de forma eficaz, y que pretenda que estos no sean dependientes de la red de servicios sociales de por vida, debe apostar por trabajar de forma adecuada la transición hacia la vida adulta y adaptarla en la medida de lo posible a la media de edad de la población general. Es anacrónico y poco realista pretender que un joven del sistema de protección de menores se emancipe de forma exitosa a los 18 años cuando la media de edad de la población general esta entorno a los 35. Es por ello que se debe apostar por un sistema flexible, en donde se produzca una transición en la que primen las circunstancias de cada joven y no la referencia anacrónica a los 18 años. Este sistema debe basarse en la necesidad de que los usuarios del mismo tengan garantizado el éxito académico y una adecuada inserción laboral, a fin de evitar dependientes del sistema de ayudas sociales del estado.
Hay diversos ejemplos, principalmente en el norte de nuestro país, de como se puede trabajar de manera eficaz esta materia. Principalmente se debería de apostar por unidades de convivencia muy pequeñas en donde se pudiera realizar un trabajo en autonomía personal en función de la madurez de cada residente, y que con claridad se pudiera extender, en casos necesarios, hasta los 25 años. Este trabajo intensivo en emancipación debería de comenzar, al menos, a los 16 años de edad.
Todo este trabajo de adaptación del sistema de protección a la infancia se debe de realizar bajo el prisma de entender al niño como un sujeto de derechos que puede ejercer por si mismo en función de su grado de madurez, y no como una persona con falta de capacidad.
En una sociedad moderna como la nuestra, y considerando el gran esfuerzo presupuestario que supone mantener una red de centros, se debe apostar por un sistema donde exista la supervisión del mismo y se realicen practicas basadas en la evidencia, algo que en otros campos de la ciencia es muy evidente, pero que se niega, bajo diferentes excusas, para el sistema de protección a la infancia. Por último, se debe primar que los profesionales del mismo tengan unas buenas condiciones de trabajo, que tengan formación especializada y reciclaje. Deben ser estas circunstancias las que primen en concursos y adjudicaciones, porque esto será la nota definitoria que hará del sistema de protección a la infancia un sistema de calidad.
Francisco Lupiañez Garcia, director de Inserta Andalucía
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