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Un juez sentencia que un banco no puede ejecutar una hipoteca si cedió el préstamo a un fondo

Los embargos hipotecarios cayeron un 37,9 % en el primer trimestre de 2016

Javier Ramajo

“Al haberse producido una cesión a terceros del préstamo hipotecario en su día suscrito (...), la ejecutante [el banco] habría perdido su condición de titular acreedor del préstamo y, con ello, también las acciones destinadas a su restitución, incluida la acción hipotecaria”. Así se pronuncia el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Sevilla en una sentencia pionera en la capital hispalense y que sigue lo marcado por otras resoluciones recientes en España, como la del juzgado número 1 de Fuenlabrada (Madrid) y una en Málaga, entre otras, también por la cesión del préstamo a un Fondo de Titulización de Activos, en esta ocasión en una ejecución hipotecaria instada por Catalunya Banc.

Como explica esta sentencia, la primera de este tipo que se resuelve en Sevilla, la titulización de un préstamo consiste en que la entidad financiera o el banco titular del mismo fracciona los créditos en participaciones homogéneas y agrupa estas en un Fondo de Titulización de Activos que se configura legalmente como un ente sin personalidad jurídica, gestionado y administrado por una sociedad mercantil especializada en la gestión de negocios ajenos. Dicha sociedad gestora opera con ellos en el mercado de valores, transformando activos ilíquidos en activos financieros negociables, lo que supone la posibilidad de sanear los balances de las entidades financieras liberando los pasivos que servían de base a los activos cedidos.

“Deja de ser la acreedora”

Según indica el fallo, “la denominada titulización es práctica habitual de las entidades financieras” pero, como en otros casos referenciados, existe “falta de legitimación activa”. “La ejecutante no es titular del crédito hipotecario, por cuanto ha procedido a ceder el mismo a un Fondo de Titulización de Activos”, señala el fallo, que incide en que tal cesión se produjo “sin poner dicha circunstancia en conocimiento del juzgado y sin articular mecanismo alguno de sucesión procesal”.

“El negocio jurídico de la titulización del crédito es una cesión total del crédito objeto del procedimiento”, añade. En este sentido, la sentencia considera “ilustrativa” la tesis sostenida por el Banco de España en respuesta a una consulta de un abogado, en donde se manifiesta que “la titulización de un préstamo supone que la entidad concedió el mismo deja de ser la acreedora del préstamo, aunque conserve por ley la titularidad registral y siga manteniendo, salvo pacto en contrario, su administración”.

“Debemos concluir que la entidad ejecutante carece, cuando menos de forma sobrevenida, de la necesaria legitimación activa para continuar con la presente ejecución hipotecaria”, aunque pretanda continuar con ella “como si continuase ostentando la titularidad del crédito hipotecario objeto de cesión”.

Moción de Participa

En ese sentido, el grupo municipal de Participa Sevilla lleva este viernes al último pleno de julio una moción para visibilizar que la denuncia de las titulizaciones de hipotecas puede evitar desahucios. La moción se dirige a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, a la Junta de Andalucía, a las entidades financieras, al Colegio de Abogados, al Consejo General del Poder Judicial, al Congreso de los Diputados y al Banco de España para que tomen las medidas necesarias para que los procesos de estas titulizaciones sean públicos y las personas afectadas puedan utilizar esta defensa para evitar ser expulsados de su casa.

“Sin saberlo, tu hipoteca ha podido acabar en manos de varios fondos buitres que están especulando con ella. No nos podemos olvidar que esto es una consecuencia más de la burbuja inmobiliaria que ha provocado una situación de emergencia habitacional”, declaró la concejal Cristina Honorato.

Según Participa, como consecuencia de las titulizaciones que bancos y cajas han aplicado a todo tipo de créditos, especialmente las hipotecas, se ha generado “una grave confusión y, en consecuencia, una absoluta indefensión para las personas hipotecadas”. “Este método de titulizaciones lo empezaron a utilizar las entidades financieras para sanear sus cuentas tras conceder miles de hipotecas tóxicas o subprime saltándose los derechos de miles de personas”, recordó Honorato.

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