El TSJA obliga a la Universidad de Sevilla a reintegrar a la docencia a una profesora sancionada por plagios

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Javier Ramajo

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a la Universidad de Sevilla que obligó a la institución académica a reintegrar a la docencia a una profesora sancionada por plagios en su producción científica. La sentencia de primera instancia, ahora confirmada, declaró nula la modificación de las condiciones de trabajo de una contratada doctora a la que se le suprimieron sus funciones docentes hace un año. La Hispalense, paralelamente, la suspendió de funciones durante tres años por faltas graves de atentado a la dignidad por incurrir en “plagio intencionado”, según recogió el fallo de primera instancia.

La profesora S.O. había presentado un recurso de suplicación ante el TSJA, que ha sido desestimado, por entender que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia por los correos electrónicos emitidos en marzo de 2016 por un catedrático del departamento de Historia de América donde ponía en conocimiento de más de 61 personas su preocupación por la situación que se vivía en dicho departamento de la Hispalense. La profesora argumentó que la Universidad lo había permitido y pedía una indemnización económica por daños morales que no ha sido aceptada.

La sentencia del TSJA es el último episodio del cruce de acusaciones en el seno de la Hispalense contra esta profesora, que tiene cuatro artículos retirados por revistas especializadas de España y del extranjero, cuya tesis además ha provocado que varios autores hayan escrito al rector de la Hispalense quejándose de haber sido plagiados, entre ellos el doctor Pedro Pérez Herrero, director del Instituto Universitario de Investigación en Estudios Latinoamericanos (IELAT) de la Universidad de Alcalá de Henares (Madrid); Jorge Gelman, profesor titular en la Universidad de Buenos Aires e investigador superior del CONICET en el Instituto Ravignani; y la doctora Sara E. Mata, directora del Instituto de Investigaciones en Ciencias Sociales y Humanidades-CONICET de la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional de Salta.

“La profesora consideró que se habían modificado sus condiciones laborales al apartársela de la docencia el curso pasado por el Departamento dadas las quejas presentadas por un grupo sustancial de alumnos. Dada la sentencia, la profesora vuelve a estar integrada en sus actividades docentes. La Universidad no hace ningún comentario de sentencias y se limita a cumplir con las mismas, lo que en este caso ya ha hecho”, manifestó la Universidad respecto a este caso.

Miembro del comité de contratación

La sanción por tres años sin empleo ni sueldo por artículos plagiados está recurrida por la profesora en la vía contenciosa pero eso no ha sido óbice para que forme parte de la Comisión de Contratación del Departamento de Historia de América en relación con la contratación un profesor o contratado doctor, según ha podido comprobar este periódico.

Desde el propio departamento han llegado voces que han trasladado al Vicerrectorado de Profesorado, respecto a esta profesora, que “está demostrado que su profesionalidad está más que cuestionada, como mínimo por la desautorización de cuatro revistas especializadas de artículos suyos. Esto sin contar los plagios detectados en su tesis doctoral y, derivado de ello, en el libro publicado por la Universidad de Sevilla”.

Este periódico ha preguntado a la Universidad por la presencia de la profesora en dicha comisión. “Los miembros de las comisiones son elegidos por sorteo de forma periódica para todos los departamentos de la Universidad de Sevilla según se establece en el Estatuto de la propia Universidad de Sevilla. Actualmente el contencioso está paralizado y no se pueden adoptar sanciones administrativas contra la profesora. Además, los motivos de recusación están tasados en la Ley y no se contempla ninguno que le afecte actualmente”, responden fuentes oficiales.

Según las fuentes discordantes con la presencia de S.O. en la citada comision, “el contencioso no paraliza es el hecho consumado de que cuatro revistas han retirado artículos suyos, ni tampoco produce el efecto de que las revistas (una de las cuales del del CSIC y otra internacional) deban restituir los artículos”, apuntan, citando la Ley de la Ciencia, Tecnología y la Innovación, así como la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que “establecen claramente las características que deben reunir las comisiones encargadas de seleccionar el personal, funcionario o contratado, que aspire a acceder a una plaza en la Administración Pública” en lo concerniente a que los procesos de selección respetarán los principios de … imparcialidad y profesionalidad de los órganos de selección.

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