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Quien piense que en la España del siglo XXI no se ordena el derribo de conventos históricos catalogados tendría que conocer a la alcaldesa de Teruel. Hace unas semanas, el ayuntamiento turolense declaró el estado de ruina inminente del convento de Capuchinos y lo condenó a la demolición. Aunque no son inusuales en Aragón acciones contra el patrimonio que muestran el grado de desprecio de las administraciones por la cultura y el legado histórico, es difícil que dejen de sorprenderle a uno planteamientos tan bárbaros.
Comencemos diciendo que el convento de Capuchinos está incluido en el Catálogo del Patrimonio Cultural del Plan General de Ordenación Urbana de Teruel aprobado inicialmente por el ayuntamiento el 29 de julio de
2024, es decir, hace menos de un año. El edificio no posee una catalogación menor en dicho plan, sino que goza de una “protección estructural” que expresamente prohíbe su demolición total y parcial y que solo permite intervenciones de conservación, restauración, consolidación, mejora de prestaciones y eliminación de elementos disconformes.
De acuerdo con el resumen histórico que Luis Longás Otín realiza en su libro “Los conventos capuchinos de Aragón (1598-2004)”, el actual edificio se conformó entorno de la ermita de Santa María de Villavieja, iglesia que, según el padre Faci (como recoge también Longás), se reedificó en 1708 y era “por su capacidad y hermosura muy suntuosa”. Al parecer, antes de la llegada de los capuchinos en 1816, el conjunto había servido como casa de retiro de los obispos de Teruel y seminario conciliar. Tras la desamortización y el abandono del convento, este fue cedido a los padres paúles en 1867, que lo habitaron hasta 1935.
El siguiente episodio del edificio justificaría por sí solo su conservación, pues el conjunto fue utilizado como centro de concentración de los presos políticos que el régimen franquista usó como esclavos para la reconstrucción de Teruel tras la guerra civil. En ese sentido, es un testimonio espacial muy destacado de la represión franquista de posguerra y de su sistema concentracionario y penitenciario, y es, sin duda, un lugar de memoria democrática. Quién sabe si es justamente eso, el recuerdo de la verdad, más que la supuesta ruina, lo que esté impulsando al borrado de este vestigio a aquellos que precisamente derogaron con argumentos bárbaros la Ley de Memoria Democrática de Aragón, que preveía la protección de este tipo de espacios.
El edificio se encuentra en un estado deficiente de conservación. Lo que eso significa en un contexto civilizado no es que deba ser demolido, sino que el ayuntamiento debe adoptar las medidas necesarias para que la propiedad garantice su correcta conservación, a la que está obligada por el artículo 254 de la Ley de Urbanismo de Aragón, y, si los propietarios no lo hacen, intervenir subsidiariamente con el mismo objetivo. Si el convento ha llegado al estado al que se encuentra es precisamente porque el municipio no ha cumplido con su obligación de velar por la protección del patrimonio cultural haciendo uso de las competencias que posee. Asistimos de este modo, una vez más, a un proceso que se repite desesperantemente: la propiedad de un bien incumple su deber legal de conservación ante la indiferencia de la administración, que no adopta ninguna de las medidas de tutela a su alcance para permitir finalmente la burla de la legislación protectora a través de la puerta de atrás de la declaración de ruina.
Es cierto que, quienes observamos lo que sucede con el patrimonio cultural, estamos acostumbrados a que las administraciones burlen flagrantemente el espíritu de las leyes y sus propias normas y a que la justicia, no pocas veces más sensible al poder que a la cultura, tolere los atentados contra el patrimonio histórico. Pero no debemos perder la esperanza de que un día las leyes se cumplan y se imponga el respeto a nuestro legado histórico. La ciudadanía turolense debería movilizarse para que sus dirigentes no consumen este nuevo atentado al patrimonio cultural de la ciudad.
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