El Prismático es el blog de opinión de elDiario.es/aragon.
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Algo ha cambiado en este año y tres meses con la nueva gestión del IASS. Demasiado poco para nosotros. Nos han abierto las puertas, nos escuchan, son más las personas dependientes atendidas, se ofrecen más servicios, pero no acaban de despejarse los nubarrones.
Hasta julio, la valoración era abiertamente negativa. Con 800 dependientes menos en la lista de espera, se necesitaban 17 años para dejarla en cero. Hasta septiembre, últimos datos oficiales disponibles, la reducción ha sido de 1.238. Con esta reducción de 438 personas en dos meses, harían falta algo más de 5 años para liquidar la lista de espera de 13.485 de septiembre. Eso si se mantiene el ritmo de estos últimos meses y no aumenta el número de solicitudes. Número de solicitudes por debajo de la media española (3,38% frente a 3,46%, cuando nuestra población está más envejecida) que debería aumentar. Como debería aumentar el número de Dictámenes: en Aragón sólo se resuelven el 89,5% de las solicitudes frente al 94% en España. O sea, que a los 13.485 en lista de espera con derecho a ser atendidos, hay que añadir los 4.692 en lista de espera para ser valorados. Falta agilidad en la gestión y, por supuesto, información puntual al ciudadano.
¿Falta dinero? En el I Encuentro del año pasado, el Gerente del IASS estaba moderadamente satisfecho. Consideraba suficiente el presupuesto logrado para abordar el enorme déficit legado por la anterior Administración PP-PAR. Pero por dos veces este año, las Cortes de Aragón tomaron recursos de la partida de dependencia, en abril un tercio del presupuesto y en octubre 10,5 millones, para cubrir otros huecos. “no haría falta tanto dinero como el presupuestado ...”, aseguraron desde el Gobierno del PSOE. Incluso se dijo que sobraba dinero porque no se habían reclamado tantos atrasos como habían previsto. ¿Cómo se puede quedar sin ejecutar parte del presupuesto con tantos derechos reconocidos sin atender, y reclamaciones desestimadas en los tribunales mediante argucias legales que no legítimas? ¡Inaudito! Y la lista de espera sin disminuir significativamente.
Una gestión es deficiente si no es capaz de ejecutar todo el presupuesto disponible. Falta un impulso para desarrollar los servicios de atención a la dependencia como establece la Ley.
Las estadísticas del sistema de la dependencia en Aragón evidencian un enorme déficit en la oferta de servicios. Es verdad que el PSOE ha puesto en marcha ahora servicios que todavía no se ofrecían en Aragón y que en España llevan años funcionando. Pero todavía hoy la comparación es muy llamativa:
Siempre nos quedará la Justicia. Como escribe en un reciente artículo Beatriz Zalaya, abogada que forma parte de nuestro Espacio como persona afectada, “tras un largo recorrido en vía administrativa a base de reclamaciones y recursos, varias personas reconocidas como dependientes, … han llegado a los tribunales recurriendo en sede contencioso administrativa las Resoluciones dictadas por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, relativas al sistema de prestaciones”.
En uno de los supuestos se reclamaban las cantidades que en concepto de Prestación Económica para cuidados en el entorno familiar el IASS había dejado de pagar a la persona dependiente por aplicación de la Disposición Adicional Séptima del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio …. Desde el Espacio, escribe Beatriz Zalaya, “entendemos que la aplicación con carácter retroactivo del periodo suspensivo de dos años en el pago de la prestación económica por cuidados en el entorno familiar no se ajusta a derecho por cuanto se trata de una norma que recorta los derechos de los dependientes que no tienen por qué sufrir la desidia de la administración al tardar en algunos casos hasta cinco años en aprobar el llamado PIA (Programa Individual de Atención) …, en el caso que nos ocupa, la cantidad a pagar como ayuda para cuidar al dependiente en el entorno familiar” El juzgado nos ha dado la razón condenando al IASS.
“En otro de los supuestos …, continúa Beatriz Zalaya, se reclamaban las cantidades que debía de haber pagado el IASS en concepto de prestación vinculada al servicio, a una persona dependiente de grado III, que ingresó en Centro Residencial, y sin embargo el IASS nunca aprobó el PIA que le correspondía. El Juzgado ha condenado al IASS a abonar a la dependiente las cantidades que le debía de haber pagado como prestación vinculada al servicio”.
Beatriz Zalaya concluye así su artículo “Estos resultados judiciales son a nuestro juicio muy positivos y nos hacen avanzar en la defensa de los derechos de las personas dependientes, … que son los grandes olvidados de la llamada justicia social y por ello desde el Espacio de Información, Promoción y Defensa de los Derechos Sociales instamos a todas y cada una de las instituciones a que pongan en práctica dicho reconocimiento y asimismo instamos a todos aquellos que de uno u otro modo se ven afectados por situaciones de dependencia a que reclamen lo que la Ley les reconoce: el derecho subjetivo a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia mediante la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas y la garantía por la Administración General del Estado de un contenido mínimo común de derechos para todos los ciudadanos en cualquier parte del territorio del Estado español. (Art. 1 de la Ley Promoción de la Autonomía Personal y Promoción de las Personas Dependientes).
Siempre nos quedará la Justicia. Pero no tiene sentido tanto sufrimiento, tanto tiempo de espera, a menudo concluido con la muerte, cuando la Ley es clara, los derechos evidentes y sólo el incumplimiento de la Administración impide el disfrute de sus derechos a tantas personas dependientes y sus familias.
Desde el Espacio de Información, Promoción y Defensa de los derechos sociales, continuaremos escuchando a la gente (¡somos personas, no somos expedientes!), luchando por nuestros derechos en los despachos, en la calle y en los tribunales como última instancia.