El Supremo tumba el contencioso contra el Clúster del Maestrazgo aunque admite defectos de forma en su tramitación
El Tribunal Supremo ha dado por buena la declaración de impacto ambiental (DIA) del Clúster Maestrazgo, el mayor proyecto eólico tramitado en España, pese a reconocer que el Ministerio para la Transición Ecológica evaluó los 22 parques en un único procedimiento sin que el órgano ambiental acordara formalmente unirlos, como exige la ley. La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo lo considera una “mera irregularidad formal no invalidante” y desestima el recurso contencioso de la Asociación Plataforma a favor de los Paisajes de Teruel contra la autorización del parque El Cid I, aprobada por el Consejo de Ministros en julio de 2024, y contra la DIA de diciembre de 2022 para el conjunto del proyecto: 22 parques y 882,85 MW en el Maestrazgo y Gúdar-Javalambre.
La sentencia, de 26 de octubre y el magistrado Fernando Román García como ponente, se notificó este martes y no admite recurso. Hasta ahora, los tribunales solo se habían pronunciado sobre las medidas cautelares, siempre en contra de los opositores al proyecto. El Supremo no impone costas a la plataforma por “las serias dudas de hecho y de derecho que el caso presentaba”.
Aunque el recurso se dirigía contra El Cid I, de 36,6 MW y promovido por Energías Renovables Ormuz –sociedad vehículo de Forestalia–, su autorización incluye la subestación Iglesuela y la línea de alta tensión hasta Morella (Castellón) por la que debe evacuar todo el clúster. Y la DIA que el Supremo valida es una sola para los 22 parques. La plataforma también la recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y el Supremo llegó a suspender en septiembre la deliberación para valorar la incidencia de ese otro pleito.
La acumulación que nadie acordó
Cada parque es, legalmente, un proyecto distinto, y la ley establece que cada evaluación ambiental se refiere, como norma general, a uno solo. Para estudiar varios juntos, el órgano ambiental, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental –dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica–, debe dictar una resolución de acumulación que una los expedientes y lo justifique. En el Clúster Maestrazgo ese acto no existe, y ni la Abogacía del Estado ni la promotora lo niegan.
El tribunal resta importancia a este “defecto” porque la evaluación conjunta permite, a su juicio, “un mejor y más completo examen” de los efectos acumulativos. Y se apoya en un acuerdo de acumulación de 17 de diciembre de 2020 que sí existe, pero que dictó otro órgano, la Dirección General de Política Energética y Minas –también del Miteco–, y que agrupaba la tramitación eléctrica de los parques, no su evaluación ambiental. La sentencia reprocha además que la organización del expediente “complica extraordinariamente su estudio”.
El resto de motivos decaen. Sobre la capacidad económica del promotor, la plataforma aportó las cuentas de 2023 de Ormuz, que a su juicio reflejan una actividad de asesoramiento sin apenas ingresos. El informe de la CNMC de mayo de 2023 admitía que no contaba con “los elementos de juicio necesarios para poder verificar la capacidad económica del titular”, y la dio por acreditada con datos del grupo de 2021. Para el Supremo, ese criterio “goza de suficiente razonabilidad”.
La sala aplica además la presunción de “interés público superior” de las renovables que recogen la normativa comunitaria: el proyecto solo cedería ante “pruebas claras e inequívocas” de daños que no puedan mitigarse ni compensarse, y la plataforma, concluye, no las ha aportado. Rechaza también que la DIA omitiera una evaluación específica de la Red Natura 2000, pese a que, según la recurrente, los hábitats prioritarios ocupan casi el 47% de la superficie de El Cid I. Y descarta que un proyecto de estas dimensiones requiriera una evaluación ambiental estratégica.
Lo que la sentencia no menciona
La resolución no hace ninguna referencia a la causa penal que instruye el Juzgado de Instrucción número 1 de Teruel en el caso Forestalia, que afecta a la tramitación ambiental del clúster. Un informe de la UCOMA de la Guardia Civil sostiene que el exsubdirector general de Evaluación Ambiental Eugenio Domínguez se asignaba casi todos los proyectos de Forestalia, entre ellos este, y que el proceso acabó en una resolución favorable contraria a la evaluación técnica original. El juez pidió en mayo al Ministerio el expediente completo.
El Clúster Maestrazgo, que Forestalia vendió al fondo danés Copenhagen Infrastructure Partners (CIP), prevé según las últimas cifras publicadas 122 aerogeneradores, 744 MW y una inversión superior a los 1.000 millones de euros. Las obras, que la propiedad preveía iniciar en el primer trimestre de 2025, no han comenzado: la autorización de construcción quedó en suspenso por vía administrativa a raíz de los recursos de la plataforma ante el Ministerio, y el juez de Teruel aplazó sin fecha en abril la vista para decidir sobre su paralización cautelar. Los alcaldes de los nueve municipios agrupados en la asociación Viento Alto reclaman desde hace meses al Ministerio que resuelva los recursos pendientes y permita empezar a construir.
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