Un juez condena la gestión “gravamente negligente” de Bankia en su salida a Bolsa
El goteo judicial contra Bankia no cesa. Y los tribunales siguen dictando sentencias contrarias a los intereses de la entidad financiera por su fallida salida a Bolsa. El presidente de la Comisión Rectora del Fondo de Restructuración Ordenada Bancaria (FROB), Fernando Restoy, reconoció este martes que el banco ha recibido hasta el momento más de 2.400 demandas civiles por su oferta pública de suscripción de acciones de julio de 2011 por un importe cercano a los 70 millones de euros.
La cantidad económica seguirá creciendo en las próximas semanas, puesto que los datos aportados por Restoy en la Comisión de Economía del Congreso confirman un importante cambio de tendencia: se han dictado 236 sentencias hasta la fecha, de las que el 85% son contrarias a Bankia.
En esa estadística se incluye una nueva decisión judicial a la que ha tenido acceso eldiario.es, y que condena a la entidad que dirigió Rodrigo Rato por una gestión “gravemente negligente”. La sentencia firmada por Íñigo Landín Díaz de Corcuera, magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Santander, permite a unos inversores cántabros recuperar su dinero -6.000 euros- y reconoce que la entidad financiera “ocultó” su falta de liquidez ofreciendo una imagen de solvencia para “engañar deliberadamente” a sus clientes mientras pudo.
Según explica el abogado de los demandantes, José Ángel Ecenarro, el juez ha estimado íntegramente sus peticiones y ha declarado la nulidad por “error de consentimiento” de los inversores. De esta forma, condena a Bankia a devolver la cantidad invertida más los intereses legales, así como a abonar todas las costas judiciales. Ante esta resolución cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte días.
Además, este auto da un revés al trabajo de los organismos reguladores del mercado. Según explica el magistrado en el texto, que dieran el visto bueno a la oferta pública de suscripción de acción (validando con ello las cuentas presentadas por Bankia y que tuvo que rectificar posteriormente para ser rescatada), “no es una especie de sello acreditativo de la veracidad y la fiabilidad de la información contable facilitada”.
De hecho, da la vuelta a la argumentación de los responsables de Bankia e insiste en que “cabe plantearse hasta qué punto esos organismos desempeñaron sus labores de vigilancia con la debida diligencia”. “No deja en buen lugar la labor de supervisión de los organismos reguladores del mercado”, subraya la sentencia.
Temeridad y mala fe
Esta decisión judicial se une a la tomada por la magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Torrelavega, Patricia Bartolomé Obregón, que abrió una puerta a la esperanza de muchos accionistas de Bankia. En una contundente sentencia, en la que aprecia “temeridad y mala fe” en la salida a Bolsa de la entidad que dirigía Rodrigo Rato, la juez condena al banco rescatado con fondos públicos a hacer frente a las costas del proceso judicial y a devolver 3.000 euros a unos clientes que “no tienen por qué soportar el engaño, sea intencional, negligente o fortuito”.
La jueza asegura que “no es trascendente” determinar en este caso la “inexactitud” del folleto de emisión, sino decidir si la imagen de solvencia que reflejaba Bankia se correspondía o no con la realidad. Además, insiste en que se trata de una “venta asesorada”, en la que a los clientes se les recomienda la compra de un producto del propio banco, que es “intermediario y beneficiario” de la operación.
Y para justificar esta valoración, la juez hace un repaso a la 'historia negra' de Bankia y de otras muchas cajas de ahorro españolas. “Resulta difícil de sostener que alguien que no pase dificultades necesite semejante inyección de dinero público. Esto es de conocimiento público y no precisa mayor prueba”, aclara. Si estuviéramos ante una empresa “normal y saneada”, opina la magistrada, el Estado no hubiera tenido que intervenir.