Un año a la espera del nuevo Plan de Vivienda de Castilla-La Mancha
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Ha transcurrido más de un año desde que se publicase en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el “Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016”. Como todos los planes estatales éste precisa de un desarrollo normativo autonómico a partir de la firma de convenios bilaterales que concreten cual va a ser la financiación que reciba cada Comunidad autónoma para su puesta en marcha.
En Castilla-La Mancha periódicamente la consejera de Fomento, Marta García de la Calzada, anuncia la inminencia de la publicación del decreto que apruebe el nuevo Plan regional de Vivienda pero nunca llega. La última vez fue el 28 de febrero pasado cuando presentó el proyecto al Consejo de Gobierno, incidiendo en el fomento del alquiler y en la rehabilitación, pero dos meses después sigue sin publicarse en el Diario Oficial.
Gente sin casa, casas sin gente
Según el Instituto Nacional de Estadística en 2011 existían en Castilla-La Mancha 202.657 viviendas vacías, es decir desocupadas, disponibles para su alquiler o venta, e incluso abandonadas. Del total de viviendas vacías existentes en Castilla-La Mancha un 29,8 % fueron construidas en los últimos diez años y no encuentran comprador, como es el caso de las 2.394 viviendas con protección pública de promoción privada que, según la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, están sin vender en la región. Además existe un importante stock de viviendas con protección pública promovidas directamente por la Junta, unas 800, que no se han vendido ni alquilado.
Paradójicamente el Registro de Demandantes de Vivienda con protección pública de la Junta de Comunidades tiene 27.477 inscritos, según los datos ofrecidos por la Defensora del Pueblo y que se recogen en su informe sobre vivienda protegida vacía, hecho público recientemente.
La existencia de un importante stock junto con un número apreciable de demandantes de vivienda con protección pública se explica por la supresión de las ayudas públicas a la adquisición y el endurecimiento del acceso a la financiación. Además los precios de la vivienda libre han bajado hasta competir con los de las protegidas.
Las medidas adoptadas hasta ahora por la Junta de Comunidades tienen un alcance reducido, tanto para dar salida al stock de vivienda con protección pública como para estimular la nueva construcción que atienda una demanda que sigue existiendo, con particularidades locales.
Iniciativas en otras comunidades
Mientras en Castilla-La Mancha seguimos a la espera de un Plan de Vivienda mientras en otras Comunidades, como Extremadura, ya los están aprobando, incluso sin esperar a la firma de los Convenios de las autonomías con el Ministerio de Fomento para el desarrollo del Plan Estatal 2013-2016 (que se anuncia para “las próximas semanas” por fuentes del Ministerio desde hace meses), o al menos están modificando la normativa de vivienda con protección pública con mayor alcance, como es el caso de Castilla y León, donde se ha bajado el precio máximo un 20 %, ampliado los ingresos máximos para acceder a una vivienda protegida, reducido el plazo de protección y facilitado su descalificación o su puesta en alquiler cuando existe un motivo de movilidad laboral, así como se permite adquirir viviendas con protección a personas que no reúnan requisitos siempre que las ofrezcan en alquiler a quienes sí los reúnan. Además de prever reducciones y aplazamientos en el pago de alquiler o cuotas de compra en viviendas públicas (en Castilla-La Mancha sólo se prevé el aplazamiento del pago de la renta).
Por su parte en Andalucía se ha promulgado la Ley 4/2013 de medidas para asegurar la función social de la vivienda que, además de recoger la medida más publicitada que es “expropiar temporalmente” las viviendas para que sus ocupantes no tengan que salir de ellas por ejecución hipotecaria, incluye la creación de un Registro de viviendas deshabitadas, elaborado a partir de un procedimiento de declaración de carácter contradictorio de aquellas que se encuentren sin ocupar más de seis meses continuados (excluidas las segundas residencias) o que no lo han sido nunca y para determinarlo se prevén una serie de indicios entre los que destacan los que proporcionen las empresas de suministros. Al tiempo se establecen una serie de medidas de fomento para favorecer que las viviendas deshabitadas se pongan en arriendo: intermediación pública en el arrendamiento, aseguramiento de riesgos, medidas fiscales, subvenciones…
En Cataluña algunos ayuntamientos ya están aplicando la penalización, mediante multas coercitivas, de las viviendas vacías propiedad de entidades financieras, medida que se preveía en la Ley 18/2007 del Derecho a la Vivienda.