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Fin de una “larguísima batalla judicial”: 23 trabajadores afiliados a CCOO recibirán más de 300.000 euros que se les debe desde 2016

Matadero

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La Audiencia Provincial de Cuenca ha desestimado el recurso de los administradores del concurso de la desaparecida empresa cárnica Luis Loriente SL y ha ratificado la sentencia condenatoria que les impuso el juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Cuenca en octubre de 2020 a instancias de CCOO. Así acaba una “larguísima batalla” judicial, y 23 trabajadores afectados deberán recibir casi 300.000 euros.

Según recuerda CCOO, estos administradores concursales, un abogado y un economista, deberán pagar ahora personal y solidariamente un total de 292.846,06 euros, más los intereses legales, a los 23 trabajadores de la extinta empresa cárnica afiliados a CCOO a los que en su día dejaron sin abonar los salarios que les debía la empresa en concurso alegando que no quedaba dinero suficiente (“masa activa”) para hacer frente a esa deuda.

Ahora bien, tras comunicar la “insuficiencia”, los administradores concursales sí pagaron a otros trabajadores de la empresa cárnica, señalan desde el sindicato, todo lo que se les debía, pero no procedieron al “prorrateo pertinente” con los afiliados a CCOO. “E incluso saldaron también deudas de naturaleza mercantil a otros acreedores de Luis Loriente SL, pese a que la Ley Concursal obliga a atender de forma prioritaria las deudas salariales”, recalcaron.

Por eso, desde el sindicato entendieron que se estaba sufriendo un “grave perjuicio económico” y una “discriminación e injusticia”. “La labor de la asesoría jurídica de CCOO CLM ha sido excepcional, en todos los sentidos de la palabra. Y también lo es la propia sentencia. En las bases de datos jurisprudenciales de uso habitual por abogados, jueces y juristas no hemos encontrado ningún precedente de resolución judicial que haya condenado al administrador de un concurso a resarcir con su patrimonio el daño causado a trabajadores por postergación indebida del abono de derechos salariales”, ha señalado la secretaria general de CCOO Cuenca, María José Mesas.

“Así que, además de felicitar a los 23 compañeros de la extinta Luis Loriente que al fin van a cobrar lo que es suyo; nos satisface también la transcendencia que esta sentencia va a tener para la salvaguarda de los derechos de los trabajadores cuyas empresas se vean inmersas en procesos concursales”, destaca Mesas.

“Ha sido una larguísima y muy ardua batalla judicial, en dos procesos diferenciados, que se ha prolongado durante más de cuatro años; a los que cabe añadir los nueve años durante los que la mercantil Luis Loriente SL estuvo en Administración Concursal, desde que los ahora condenados fueron designados administradores, en mayo de 2008, hasta que presentaron la rendición de cuentas para poner fin al concurso en 2017”, recalca Mesas.

La Audiencia provincial ha ratificado ahora íntegramente una sentencia de 2020, rechazando el recurso de apelación de los administradores concursales; a los que, además, condena en costas y penaliza con la pérdida del depósito que hubieron de depositar para entablar su recurso. En la sentencia se concluye que “si las partes consideran que cabe recurso de casación, por razón de interés casacional, y de interés procesal (en este último caso cuando concurra interés casacional y se admita conjuntamente un recurso de casación interpuesto conjuntamente contra la Sentencia)”, deberán anunciarlo ante la propia Audiencia en el plazo de 20 días contados desde el siguiente al de la notificación de la presente Resolución“.

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